Rosario cuenta con jardines públicos y privados bajo la órbita del Ministerio de Educación y, por otro lado, con jardines particulares cuya habilitación y regulación es responsabilidad municipal; con la supervisión de la Dirección de Infancias.
La propuesta plantea un sistema de cuidado y educativo que otorga posibilidades a las familias de escoger el establecimiento que decidan de acuerdo a sus preferencias, garantizándose en tales establecimientos las condiciones necesarias para su estadía, así como para el acceso y la permanencia de las niñas y los niños en la continuidad de la educación de nivel inicial.
"Cuidar y educar son términos inescindibles, que el sentido de uno y otro marchan inexorablemente juntos y sumando valor, dado que en los entornos habitados por niñas y niños la cultura del cuidado y el vínculo sensible hacen posible la conformación de los entornos más adecuados para su desarrollo, siendo allí, en el vínculo, donde el despliegue del mundo emocional, las oportunidades de socialización, los primeros pasos en el armado de una identidad propia y el apuntalamiento de la autonomía progresiva", sostiene la iniciativa.
En su articulado, Raspall distingue dos ciclos: desde los 45 años de vida hasta los 2 años, y luego de allí hasta los 4 años, edad en que comienza la obligatoriedad en la enseñanza que brinda el Estado.
Luego de un primer capítulo dedicado a aspectos académicos, pedagógicos y sociales para todo este universo de niños y niñas, se pasa a las condiciones exigibles para la habilitación de los jardines no incorporados a la enseñanza oficial.
Ya sean personas físicas o jurídicas quienes tramiten por perfil digital el pedido de habilitación, ya sea a título personal o en su función de representante de la persona jurídica privada, deberá presentar certificado de antecedentes penales. De pasar este filtro la vigencia del permiso será por 10 años, pero a los 5 años de otorgada la licencia se deberá realizar una inspección integral intermedia por parte de la Dirección General de Inspección con el objetivo de verificar el sostenimiento de los requerimientos para obtener la habilitación del establecimiento.
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Proyecto integral educativo
Pero además, cada jardín deberá presentar un proyecto integral educativo, que será evaluada por el municipio, pudiendo emitirse un certificado aprobatorio provisorio con una vigencia de hasta un año, mientras se llevarán a cabo las evaluaciones, supervisiones y asesoramientos pertinentes.
Finalizado dicho período y cumplidos los requisitos correspondientes, se otorgará la aprobación definitiva por un plazo de 10 años. En todos los casos, la institución continuará siendo evaluada por el área de supervisión técnico-pedagógica de la Dirección General de Infancias y Familias.
Exigencias
Para obtener el permiso de habilitación deberán presentar una verificación de instalación eléctrica, confeccionado por un matriculado. Verificación de Gas confeccionado por gasista matriculado, una verificación técnica de juegos infantiles, informes de Bomberos en prevención de incendios, desinfección, desinsectación, desratización con certificado cada 3 meses. Acreditar póliza de seguridad de responsabilidad, cobertura médica permanente, entre otros requisitos como el curso de RCP acreditado por el personal docente y auxiliar.
Por su parte, para establecer la capacidad máxima de concurrencia de niñas y niños en cada una de las salas, se establece un factor ocupacional que se deberán destinar como mínimo 1,3 metros cuadrados por cada alumno.
Tras repasar condiciones de áreas de descanso, división por edades de, lactarios, sectores para higiene, baños y comedor, la norma impone que no podrán instalarse piletas de recreación.
Quien se desempeñe en la función de dirección de la institución deberá poseer título de profesora de Nivel Inicial o Maestra Jardinera, profesora de Educación Preescolar o con equivalente formación pedagógica. Para los auxiliares se exige haber cursado un piso de hasta tercer año de estas carreras. El personal docente deberá acreditar la misma exigencia. Y en ningún caso podrán constituirse salas integradas que incluyan a las niñas y los niños lactantes. En los casos del personal de higiene, limpieza, y manipuladores de alimentos se establece otra serie de requisitos en cuanto a normas de higiene y seguridad.
Todo el personal de los jardines de infantes deberá realizar el examen médico-psicológico que deje constancia, al momento de la evaluación, de su salud física y psíquica. Éste se realizará en los hospitales públicos o privados con los estampillados correspondientes. Y tendrá validez al momento del ingreso laboral o luego de su reincorporación de una licencia por salud mental.
Y otra novedad. Al momento de la incorporación de docentes a la planta del jardín particular, se deberá presentar un certificado de antecedentes penales expedido por la autoridad competente.
Penalidades
Si el jardín de infantes se encontrara funcionando sin haber obtenido la habilitación respectiva se procederá a su clausura preventiva hasta el otorgamiento de su habilitación. Le corresponderá clausura definitiva e inhabilitación si funciona bajo la dirección de una persona sin título habilitante.
La tercera infracción grave podrá originar el retiro del permiso de habilitación. Todo ello sin perjuicio de denunciar los antecedentes a la justicia penal, cuando se tenga conocimiento de la comisión de algún delito de acción pública.