Como es bien sabido, desde esta columna venimos insistiendo en la temática Penitenciaria como uno de los insumos imprescindibles en materia de Seguridad pública.
Por Gabriel Iezzi
Archivo: Celina Mutti Lovera / La Capital
En agenda. El proyecto anuncia inversiones para afrontar la saturación carcelaria y la falta de móviles y guardiacárceles.
Como es bien sabido, desde esta columna venimos insistiendo en la temática Penitenciaria como uno de los insumos imprescindibles en materia de Seguridad pública.
Nos hemos referido profusamente a los problemas que traen aparejados la carencia de una Política Penitenciaria de alcance Nacional, que no solo se comprometa con uno de sus principales objetivos, cual es el de la reentrada social de las personas con penas privativas de la libertad, sino que también avance en otra de sus obligaciones, esto es, la de contribuir con un accionar estratégico, planificado y coordinado con otras agencias de seguridad pública, en la lucha contra el crimen en cualquiera de las modalidades en que este se manifieste.
Una de las maneras de hacerlo es precisamente, contando con capacidad operativa para el alojamiento de los internos de acuerdo a sus diferentes tipologías delictivas y retornando a un modelo de categorización por riesgos, tal el esquema de los servicios penitenciarios de vanguardia a nivel mundial.
Los conflictos producto de la falta de cupos para el alojamiento de personas detenidas por las diferentes fuerzas de seguridad, ha cobrado en esta etapa post pandémica, una inusitada relevancia, producto quizá, de la diferencia de lecturas que las distintas administraciones hacen del tema.
Mientras que el Servicio Penitenciario Federal alega que no puede recibir nuevos internos, toda vez que registra una sobrepoblación carcelaria que (según estadísticas de la propia Fuerza de Seguridad), al 25 del corriente es del 4,80 por ciento, fuerzas policiales como la de la ciudad de Buenos Aires, se atiborran de detenidos vulnerando los más elementales derechos humanos ya que no pueden (por no ser esta su función, ni contar con los recursos adecuados), garantizar un trato digno a quienes la misma fuerza ha detenido en ocasión de la comisión de diversos delitos.
Las consecuencias han sido enumeradas oportunamente desde esta columna (https://www.infobae.com/opinion/2022/11/11/carceles-y-sistema-penal-la-pandemia-como-inductora-de-una-necesidad-postergada/), viendo que a la fecha, la situación no solo no ha logrado revertirse sino que ha empeorado.
Hace unos días el sitio memo.com, publica una nota de la colega Gabriela Guilló, quien señala, como la Justicia Federal con jurisdicción en la Provincia de Mendoza, habría dispuesto la prisión domiciliaria de catorce internos detenidos en el marco de delitos por infracción a la Ley de drogas, como consecuencia de que el Complejo Penitenciario Federal VI de Cacheuta, no los recibía, fundamentando la medida, una vez más, en la falta de cupos de alojamiento.
Al respecto cita a la Subsecretaria de gestión Penitenciaria Garrigos, quien sostiene que han recibido a lo largo del año varios internos de la justicia federal de Mendoza, incluso llegando a duplicar la cantidad de alojados un año atrás, pero ante la carencia de celdas en Cacheuta se deberá estar a la espera de la ampliación de espacios, proyectada en dicho establecimiento.
La solución, que esperen en prisión domiciliaria hasta tanto el S.P.F., tenga nuevas celdas y decida recibirlos.
El Informe Estadístico 2022 de la Procuración Penitenciaria de la Nación señala que el número de personas con prisión domiciliaria rondaría los 11.800 presos, de los cuales solamente 5000, contarían con monitoreo electrónico. Resulta preocupante que casi 7000 privados de la libertad de manera alternativa a la carcel, no cuenten con pulseras electrónicas.
Esta modalidad de detención, que va in crescendo, representa casi el 10 por ciento de la totalidad de personas privadas de la libertad en nuestro país, toda vez que los registros de personas alojadas en establecimientos penitenciarios, rondarían los 120.000 presos.
Si bien coincidimos en que no deberían existir casos de sobrepoblación penitenciaria, no podemos dejar de observar en perspectiva, que el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires administra espacios de encierro con una tasa de sobre alojamientos cercana al 110 por ciento de su capacidad operativa, y que a pesar de ello, no ha cerrado la admisión de nuevos internos procedentes de ámbito policial (el caso extremo es la Unidad 42 de Florencio Varela con una sobrepoblación del 278 por ciento, aloja 1.111 internos sobre una capacidad operativa de 294 plazas).
En tanto el S.P.F. que hasta 2019 alojo un universo cercano a los 14000 internos, a la fecha registra 11457 personas bajo su jurisdicción, alegando sobrepoblación cuando en rigor de verdad, lo que ha reducido son sus plazas de alojamiento.
Hasta el inicio de la pandemia, su capacidad operativa era de 12198 cupos de alojamiento que, en función de la supresión de espacios alternativos adaptados como pabellones, han reducido sus plazas (al 25 del corriente) a 10932 lugares residenciales de internos.
No parece haber sido una decisión acertada, sobre todo, previendo que post pandemia (tal como lo anticipara la por entonces interventora GARRIGOS), la tasa de encarcelamiento volvería a sus índices pre pandémicos.
Finalmente, la duda radica en comprender, si para la ciudadanía en general es menos nocivo convivir con internos que por carencia de infraestructura carcelaria, son dispuestos con medidas alternativas a la prisión, o bien, la misma sociedad, entiende como menos gravoso, tolerar que las prisiones atiborradas de reclusos, sirvan como meros contenedores de personas, separadas transitoriamente del resto de la comunidad.
Ambas opciones son arbitrarias, pues violentan los más elementales derechos de las personas, estén libres o privadas de la libertad. De ahí la urgencia de resolver estos problemas que afectan, por sus consecuencias, a la sociedad en su conjunto.