El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat analizó la recientemente aprobada ley de pago soberano y consideró que “es un paso adelante” en la recuperación de la soberanía legislativa y jurisdiccional argentina pero advirtió que hay que ir por más. “Esta ley es como una aspirina, no remedia pero quita el dolor”, subrayó.
Si bien el gobierno nacional logró convertir en ley el proyecto que establece el pago local de la deuda a bonistas con títulos reestructurados con el fin de evitar que esos recursos puedan ser bloqueados por el juez neoyorquino Thomas Griesa en el marco del litigio que el país mantiene con fondos buitre, Barcesat sostiene que es momento de repensar la legislación interna.
El especialista en temas jurídicos indicó que es necesario volver al estadio en que aquellas cosas que ocurren o producen efectos en el territorio de la Nación queden sometidas a la ley y jurisdicción argentina, algo que cambió la dictadura militar en 1976 y aún no se modificó. “En el Código Civil se establece que el lugar de cumplimiento de una obligación por un contrato es el que fija ley de jurisdicción aplicable. Pero esto se quiebra bajo la dictadura cívico militar mediante un movimiento muy sinuoso, porque no se toca el Código Civil, solamente el código de procedimiento civil y comercial”, detalló Barcesat antes de una presentanción que realizó en la sede del Rectorado de la Universidad Nacional de Rosario (UNR), invitado por la Cátedrá del Agua.
En ese sentido, destacó que cuando la Argentina esté inmersa en el debate de la convención internacional en la ONU va a ser el momento de repensar su legislación interna. “Sería un poco fuera de lugar que tuviéramos una legislación internacional impulsada por Argentina, ejemplar en el tema, y en el orden interno tuviéramos el patio sucio. Las normas impuestas por la coerción económica financiera tienen que ser removidas bajo un procedimiento muy claro que es el de la nulificación, que implica volver al momento previo”, precisó.
—¿Cuál es su mirada sobre la recientemente aprobada ley de pago soberano?
—Creo que es un paso adelante en la recuperación de la soberanía legislativa y jurisdiccional argentina. Desde luego no es todo lo que uno habría aspirado. Recordemos que este proceso se inicia en 1976 cuando bajo la dictadura cívico militar, Martínez de Hoz provoca un cambio en la legislación, concretamente en el Código Civil y Comercial de la Nación quebrantando el principio de territorialidad de las jurisdicciones. Mediante este mecanismo se facilita que todos los contratos de la deuda externa argentina contraída bajo la dictadura estén sometidos a ley y jurisdicción del estado de Nueva York. Esto desgraciadamente no ha sido cambiado en la transición democrática, y el Estado con esto queda sometido a aquellos que puedan imponer su jurisdicción y su ley, que es lo que ocurrió en este caso.
—¿Se podría haber modificado la legislación para que las renegociaciones de 2005 y 2010 sean bajo ley y jurisdicción argentina y así evitar la intervención del juez Thomas Griesa?
—Se consideró, entiendo, que no había condiciones para imponerle a los acreedores además de un sablazo del 60% de los créditos y plazos más largos quitarles lo que podrían considerar su seguridad jurídica.
—¿Cuáles son las alternativas para salir de este escenario?
—La situación también se agrava con los tratados internacionales de protección de inversiones extranjeras, los tratados bilaterales de inversión. Nos sometemos a la intervención del tribunal del Banco Mundial, el Ciadi, que es un tribunal de árbitros, que para cada caso se arma con tres integrantes. Pero los países emergentes estamos siempre dos a uno en contra en el mejor de los casos, porque a veces es tres a cero. Esta situación empieza a cuestionarse en América latina a partir de actitudes como la de Venezuela, Ecuador y Bolivia de denunciar el convenio Ciadi. La propuesta que elevamos a la Unasur, que hice a título personal colaborando con los gobiernos Venezuela, Ecuador y Bolivia, es de anular las cláusulas en donde se entrega la jurisdicción y junto con eso automáticamente la legislación aplicable.
—¿Habría que hacer una declaración conjunta?
—Cada país tendría que tomar la iniciativa pero podría haber una declaración desde la Unasur, que ya está acordada, en el sentido de instar a que los países rompan sus lazos de dependencia neocolonialistas con el BM.
—¿Qué análisis hace de la propuesta impulsada por Argentina en la ONU para armar un marco regulatorio para las renegociaciones de las deudas soberanas?
—Políticamente es una iniciativa muy buena y el número de adhesiones que logró es importantísimo pero tenemos que saber que es un tramite de aprobación de una convención internacional lleva tiempo. Un año se fijó para tratar el proyecto, primero tiene que ser aprobado en el seno de las Naciones Unidas y luego ratificado por un número de países y recién después operadas esas ratificaciones en los respectivos Parlamentos. Además, es para un futuro, la norma no puede ser retroactiva. Pero todos los ordenamientos internos en materia concursal establecen que el acuerdo homologado sea vinculante para todos, los que se presentaron y aprobaron, los que no se presentaron y los que votaron en contra.
—Estados Unidos es uno de los países que no apoyó el proyecto en Naciones Unidas.
—No apoyó el proyecto pero su ley interna a la que se acogieron American Airlines y United Airlines establece el requisito de dos tercios de los acreedores y de monto de capital verificado para operar el concordato de un acuerdo con acreedores. Si hubiesen aplicado la ley estadounidense, y no hay ningún inconveniente para que se aplique la misma ley ya que nada diferencia a la persona jurídica del derecho privado de la del derecho estatal, hubiera bastado. Podrían haber aplicado la ley interna y no crear un precedente tirado de los pelos como lo hizo juez Thomas Griesa.