Un tribunal condenó a 10 años de prisión a una mujer por intentar asesinar a su expareja y padre de sus tres hijos, a quien convocó a su domicilio de Fray Luis Beltrán y le roció una olla con nafta para intentar prenderle fuego. Un fin que no consiguió porque la víctima alcanzó a escapar pidiendo ayuda. La pena se dictó al término de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de San Lorenzo. El fallo contó con el voto en disidencia de una magistrada que pretendía una pena menor al advertir circunstancias especiales de atenuación.
La condena fue dictada por los jueces Ignacio Vacca, Eugenio Romanini y Griselda Strólogo —quien votó en disidencia respecto a la pena— al finalizar un debate oral y público. La acusada, Alicia Rodríguez, fue sentenciada como autora de un homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa y amenazas simples. Por esos delitos la fiscal Natalia Benvenuto había requerido en el debate, iniciado el pasado 15 de mayo, una pena a 13 años de cárcel. Los fundamentos del tribunal se conocerán en los próximos días.
El hecho ocurrió el martes 19 de septiembre de 2023. Según la acusación, la mujer convocó ese día por un mensaje enviado desde su celular a su expareja, de quien se había separado ese año. Lo citó a a una casa de French al 400 de Fray Luis Beltrán. Luego preparó una olla con nafta “y tomó un encendedor con el fin de asegurarse el resultado”, planteó la fiscalía.
Cuando el hombre se presentó en el domicilio, sin una discusión previa la mujer le arrojó el combustible de la olla e “intentó prenderle fuego con un encendedor”. La víctima alcanzó a reaccionar y comenzó a correr pidiendo ayuda. La acusada lo persiguió manifestando amenazas pero no logró su objetivo por la resistencia física del hombre y la intervención de terceros.
De acuerdo con lo planteado por la acusación en el juicio, la situación había comenzado el día anterior, cuando la mujer comenzó a enviarle mensajes de texto amenazantes a su expareja.
Disidencia
Según consigna el portal El Pregón, el fallo fue unánime en cuanto a la decisión de arribar a una condena pero no respecto al monto de pena a imponer. La jueza Strólogo votó en disidencia parcial la imposición de una condena a 6 años de prisión al considerar que mediaron en el caso circunstancias extraordinarias de atenuación. Están previstas en el último párrafo del artículo 80 del Código Penal, que habilita a reducir la pena en casos de comprobarse situaciones especiales como la existencia de un historial previo de violencia de género en la relación de pareja, un shock emocional o una afectación de la comprensión.
En declaraciones al diario digital, la fiscal Benvenuto indicó que la causa “tenía algunos ingredientes especiales. Para este Ministerio no llegaban a ser circunstancias extraordinarias de atenuación, sino todo lo contrario. Creo que logramos demostrar durante el juicio que la señora Rodríguez actuó de una manera premeditada, calculada, planificada, organizada. Avisó lo que iba a hacer a uno de sus hijos que estaba en el norte, utilizando a sus hijas como señuelos”.
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Versiones
Una versión que circuló en el debate y que cita el medio es que el ataque habría estado motivado en una supuesta denuncia de abuso sexual de parte de la víctima a una familiar de la acusada. Esa cuestión, según la fiscal, no llegó a comprobarse en la sala de audiencias: “Durante el transcurso de la investigación y en el juicio la defensa fue orbitando por diferentes estrategias. Primero, situar a Rodríguez como víctima de violencia”. Luego, dijo, surgió la cuestión de la violencia sexual y por último se planteó una disminución en la capacidad de comprensión de la imputada”.
Benvenuto especificó que durante la investigación se advirtió que la mujer cursaba un cuadro de depresión y ansiedad con intentos de suicidio y que a mediados de 2023, al regresar de una estadía en la casa de familiares en Villa Guillermina, no pudo aceptar que su pareja decidiera poner fin a la relación. Indicó además que los tres hijos de la pareja dieron cuenta de este trasfondo al declarar en Cámara Gesell: “Los chicos fueron lapidarios en ese sentido”, dijo, e indicó que uno de ellos declaró haber recibido de su madre un mensaje que le advertía de lo que iba a suceder.
Por último, planteó que no se evidenciaron componentes de violencia de género durante el juicio sino que existía una relación disfuncional entre la acusada y la víctima, a quien definió como una persona “dócil y ocupada de sus hijos”.