Sin embargo, en julio pasado la Corte Constitucional extendió el derecho a una muerte digna a quienes padezcan "un intenso sufrimiento físico o psíquico" por causa de una lesión o enfermedad incurable. Y el de Martha Sepúlveda se había convertido en el primer caso en que se autoriza una eutanasia en un paciente que no tiene una enfermedad terminal, avalado por este dictamen de la Corte.
Desde que fue diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad grave e incurable, su familia decía que la vida de Sepúlveda, de 51 años, se había transformado en un tormento.
La intervención de la Iglesia
Recientemente, la Conferencia Episcopal colombiana le había pedido que reconsiderara su decisión. "Ojalá (la reflexión se dé), si las circunstancias se lo permiten, lejos del acoso de los medios de comunicación que no han dudado en tomar su dolor y el de su familia, para hacer una suerte de propaganda de la eutanasia", dijo monseñor Francisco Antonio Ceballos Escobar, presidente de la Comisión Episcopal de Promoción y Defensa de la Vida.
Pero en su última entrevista a la cadena Caracol TV, Sepúlveda había dicho: "Soy una persona católica, me considero muy, muy creyente. Pero Dios no me quiere ver sufrir. Con una esclerosis lateral en el estado que la tengo, lo mejor que me puede pasar es que me vaya a descansar".
Tras conocerse la noticia de la cancelación, el legislador del Partido Liberal Juan Fernando Reyes declaró: "El derecho a morir dignamente es un derecho de cada quien, el Estado no tiene que meterse en esa decisión ni nadie. Si queremos que se respeten nuestras creencias y decisiones íntimas, comencemos por respetar las de los demás".
Desde que fue promulgada la ley de eutanasia en Colombia, el Ministerio de Salud estableció los lineamientos para regular el derecho a la muerte digna. Estos establecen que el paciente debe tener una enfermedad en estado terminal; considerar que la vida ha dejado de ser digna producto de la enfermedad y manifestar el consentimiento de manera "clara, informada, completa y precisa".
Además, la ayuda para morir debe prestarla "un profesional de la medicina" con la autorización de un "comité científico-interdisciplinario". Colombia también cuenta con la figura de libertad de conciencia, que les permite a los médicos no realizar el procedimiento si va contra de sus creencias.
De acuerdo con el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, "todavía existen barreras dentro del sistema de salud que no permiten que el ejercicio del derecho fluya con normalidad. Entre esos retos se encuentra el desconocimiento sobre los derechos y deberes por parte de los ciudadanos y las entidades del sistema de salud y la burocracia e inoperancia en los procedimientos para recibir las solicitudes y convocar el comité científico-interdisciplinario", indican.
Al enterarse de la suspensión de la eutanasia a Sepúlveda, el legislador Juan Reyes Kuri comentó: "Morir dignamente es una decisión individual, ni el Estado ni NADIE debe intervenir. ¿Quiénes somos para decir hasta dónde debe sufrir alguien más? Que cada quien decida si morir con sufrimiento o morir con dignidad”.
Los otros países que aprobaron la eutanasia y el suicidio asistido
Colombia es el único país latinoamericano que ha legalizado la eutanasia. Hay otros seis países en el mundo que también hicieron legal la "eutanasia activa". Son: España, Holanda, Bélgica, Luxemburgo, en Europa, además de Canadá y Nueva Zelandia.
España se volvió el cuarto país de Europa en aprobar la eutanasia en marzo pasado El Congreso la aprobó con 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones. El derecho se limita a enfermos terminales. España garantiza a pacientes terminales el acceso tanto a la eutanasia administrada por un médico como el "suicidio asistido", en el que el paciente recibe los medicamentos con los que podrá poner fin a su vida.
La ley española indica la eutanasia únicamente a personas que sufran una "enfermedad grave e incurable" o un padecimiento "grave, crónico e imposibilitante" que cause un "sufrimiento intolerable".
Holanda/ Países Bajos fue el primero del mundo en aprobar la eutanasia en abril de 2002, luego de que se tomaran diferentes decisiones judiciales con anterioridad que abrieron paso a la legislación. Luxemburgo aprobó la legalización de la eutanasia en marzo de 2009. En Canadá es llamada "asistencia médica para morir". Fue legalizada junto al suicidio asistido en junio de 2016. El país establece requisitos como solicitar el procedimiento 10 días antes de ponerse en práctica, la presencia de dos testigos independientes y la aprobación de dos médicos, quienes deben confirmar que el paciente no tiene cura y que está en una avanzada fase de sufrimiento. Nueva Zelandia fue el primero en el mundo en someter la eutanasia a referendo, junto a las boletas de las elecciones generales a finales de 2020. La mayoría apoyó la medida, lo cual abrió las puertas para que el proyecto de ley entre en vigor el 6 de noviembre de este año, 12 meses después del recuento final de votos.
En otros países la eutanasia directa o activa está prohibida, pero existen regulaciones que permiten otras formas de "muerte compasiva", como el suicidio asistido, en el que el personal de salud entrega los medicamentos para terminar con su vida al paciente, que debe tomarlos por sí mismo. Esta práctica es legal en Alemania, Suiza, el estado australiano de Victoria y en los estados estadounidenses de California, Colorado, Hawai, Maine, Nueva Jersey, Oregón, Vermont y Washington y también en el Distrito de Columbia. En muchas otras naciones es legal la llamada eutanasia indirecta o pasiva, en la que se suspende la atención médica o los tratamientos y se deja morir al paciente cuando ya no hay esperanza.
Con la excepción de Colombia, donde todavía existen muchas lagunas legales y técnicas para su aplicación, la eutanasia directa está prohibida en la totalidad de países de América Latina. En Perú, aunque las leyes prohíben la eutanasia, un tribunal falló a favor de una solicitud de Ana Estrada, una mujer que padece una enfermedad degenerativa desde hace 30 años.
Argentina: "muerte digna" desde 2012
En el caso de Argentina, donde el Senado aprobó en 2012 una ley que autoriza a rechazar tratamientos que prolongan artificialmente la vida de pacientes con síntomas terminales o irreversibles.
El 10 de mayo de 2012, el Senado de Argentina aprobó por unanimidad la de "muerte digna", que permite a los pacientes con enfermedades terminales o a sus familiares negarse a recibir un tratamiento para permanecer con vida cuando su condición es irreversible. La norma había sido aprobada por la Cámara de Diputados el año anterior, pero tuvo que esperar hasta mayo de 2012 debido a la renovación de escaños de octubre de 2011.
La ley argentina le da al paciente el "derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también revocar posteriormente su manifestación de la voluntad". Un procedimiento que puede ser rechazado por un enfermo terminal, o sus familiares en caso de que el paciente no esté en capacidad de expresar un deseo, es la alimentación oral o los equipos que lo mantengan con vida. El requisito principal es que exista un consentimiento claro por parte del afectado, o de sus familiares o representantes legales.
En algunos países es legal que los pacientes rechacen recibir atención médica o cuidados paliativos. En Chile, desde 2012, los pacientes en estados terminales pueden rechazar la continuidad de los tratamientos.
En diciembre de 2020, la Cámara de Diputados de Chile aprobó el proyecto de ley de "Muerte digna y cuidados paliativos" que busca, bajo determinadas condiciones, que una persona pueda solicitar asistencia médica para morir.
La Ciudad de México y los estados mexicanos de Aguascalientes y Michoacán también permiten que pacientes en estados terminales rechacen los tratamientos paliativos. Sin embargo, varios proyectos de ley para autorizar la eutanasia han fallado en el Congreso.
En Uruguay existe una la ley conocida como de "voluntad anticipada" o "del buen morir", que regula también la libertad de un paciente para rechazar un tratamiento, incluidos los cuidados paliativos.