Mediante un fallo de la Sala J de la Cámara Civil de Tres Arroyos, una mujer podrá utilizar los embriones congelados de su ex marido.
Mediante un fallo de la Sala J de la Cámara Civil de Tres Arroyos, una mujer podrá utilizar los embriones congelados de su ex marido.
La pareja se casó el 14 de noviembre de 2003 en Tres Arroyos. Un año después, y al no poder tener hijos, iniciaron un tratamiento de fertilización asistida en el Instituto de Ginecología y Fertilidad (Ifer) de la ciudad de Buenos Aires.
La mujer se sometió primero a inseminación artificial, pero al no tener éxito con esta opción, junto con su marido comenzaron un proceso de fertilización in vitro, que implica la fecundación del óvulo por parte del espermatozoide en laboratorio. De este proceso se obtienen de 15 a 20 embriones, los que son conservados a 196° bajo cero. Al tercer intento, la mujer logró quedar embarazada.
Sin embargo, tras el nacimiento de este bebé, la pareja se separó en octubre de 2006, y divorciándose de común acuerdo tiempo después. Pero a los dos años la mujer decidió volver a intentar la maternidad con los cinco embriones que quedaron congelados.
Su ex marido se negó, por lo que la mujer recurrió a la Justicia, obteniendo el fallo favorable tanto en primera como en segunda instancia. La medida fue firmada el 13 de setiembre por las juezas Marta del Rosario Mattera y Beatriz Alicia Verón.
Entre los argumentos, la Cámara Civil ratificó la sentencia de primera instancia, otorgarles a los embriones el estatus de persona por nacer, y al considerar que el hombre aceptó la paternidad biológica desde el momento en que accedió al tratamiento de fertilización asistida.


