Fallo inédito: condenan por abuso sexual con acceso carnal a un preso que no tocó a la víctima

iEs la primera sentencia donde el tribunal considera la coacción del victimario sobre una menor de edad. Especialistas en grooming celebraron el fallo

18:53 hs - Miércoles 29 de Abril de 2026

En un fallo histórico y que siente jurisprudencia, la Justicia de la Provincia de Buenos Aires condenó a un hombre privado de su libertad por abuso sexual con acceso carnal sin que exista contacto físico entre la víctima y el victimario. “Es un hito y viene a redefinir el abuso sexual con acceso carnal”, planteó Hernán Navarro, presidente de Grooming Argentina, la ONG que lucha contra la violencia hacia menores en el entorno digital.

Orlando Novillo fue condenado a 20 años de prisión por una serie de abusos sexuales reiterados contra una menor de 12 años, que fue captada a través de las redes sociales. La sentencia fue firmada por el Tribunal en lo Criminal Nº4 contra Novillo, que actualmente purga una pena de 8 años de cárcel en el penal de Florencio Varela.

El modus operandi de Novillo consistía captar chicas de un colegio de Morón a través de Messenger, el chat de Facebook e Instragram. Utilizando engaños y violencia obligaba a que las menores de edad se saquen fotos y se las envíen. Los hechos que se le imputan ocurrieron entre 2020 y 2023 y se desarrollaron en plataformas digitales.

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Este tipo de delitos se lo conoce como grooming, pero en este caso los jueces consideraron: “No se puede comprender la violencia sexual contra la menor si no identificamos todo el continuo que genera la sexualización forzada de su cuerpo; así lo demanda la concepción actual de la violencia sexual que abarca todas las conductas imaginables de índole sexual, incluyendo que realice conductas sexuales contra su voluntad, sea a terceros o autorreferenciales”.

En este contexto, los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez señalaron que Novillo obligó a la víctima a introducir cosas en su cuerpo, con el clásico “acceso carnal” ejecutado por el depredador in situ y desestimó un planteo de la defensa para reveer esta acusación. Novillo, para los magistrados, “hizo propia la voluntad de la víctima y tuvo siempre el gobierno del contexto y circunstancias modales concurrentes para la ejecución de sus acciones sexuales”, y que en ese contexto “el acto de índole sexual fue efectuado por la víctima en su propio cuerpo a partir de precisas y lesivas exigencias coactivas desarrolladas por el imputado”.

Por qué es histórico

Navarro explicó en radio La Red Rosario por qué este fallo es inédito: “Es un cambio trascendental porque considera la coacción y al cuerpo como un instrumento para actos sexuales. Ahí se constituye el abuso sexual digital, es decir, abuso sexual sin contacto físico y es algo que venimos planteando para entender a las violencias”.

El especialista aseguró que cada vez hay más casos “agudizado desde la pandemia” en 2020 donde “cambió el modus operandi de las redes criminales, con fuerte posicionamiento en los juegos online”.

Sin normativa que incorpore a la inteligencia artificial al mundo del delito, Navarro destacó el trabajo de los fiscales y jueces y definió al accionar de Novillo como “secuestro emocional donde la víctima queda atrapada”.

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En este sentido, Navarro remarcó que los criminales y explotadores sexuales utilizan inteligencia artificial para producir contenido apócrifo y a partir de allí extorsionar a sus futuras víctimas.

Como operaba el preso abusador

Según detalló el fallo, a Novillo también se le endilgan otros delitos tales como promoción de la corrupción de menores mediante intimidación, tenencia de material de abuso sexual infantil, extorsión, amenazas y defraudaciones mediante el uso de tarjetas de crédito. Es que, sobre el último ítem, los investigadores descubrieron que la niña, que tenía 12 años cuando cayó en el engaño, obtuvo los datos de la tarjeta de crédito de sus padres y con ella realizó compras corrompida por el preso.

Novillo se ocultaba en falsas identidades y ocultando que era adulto. Mantenía un vínculo virtual sostenido en el tiempo, que con el tiempo se convertía en un esquema de intimidación constante, amenazas de difusión de material íntimo, exigencias sexuales y videollamadas de contenido explícito y vejatorio.

Según los fiscales Claudio Oviedo y Marisa Monti, que fue avalado por los jueces, el reo logró controlar la voluntad de la menor mediante un trato psicopático y coactivo durante más de tres años. Así, el fallo señaló que la menor atravesó un “verdadero cautiverio de carácter psicológico y digital”. Además, revelaron que pudo salir de esa violencia digital cuando confió en una docente de danza, que rápidamente activó los protocolos y dio intervención a la justicia en febrero de 2023.

La sentencia de Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez acreditó que Novillo, aún estando detenido, desplegó una acción sistemática y sostenida destinada a someter sexual y psicológicamente a O. P., a quien contactó cuando tenía 12 años, ocultando su verdadera identidad y simulando ser un menor de edad.

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Novillo está preso por hechos similares, de coacción y chantaje, y fue declarado reincidente por el tribunal. Durante la investigación también se acreditó que Novillo poseía en sus dispositivos teléfonos móviles una gran cantidad de material de abuso sexual infantil. Al momento de declarar, el preso reconoció el hecho y dijo estar arrepentido.

Un movimiento bancario que llamó la atención

La menor de edad le pidió a su profesora de danza que enviara dinero a una billetera virtual a nombre Johanna Agüero para cumplir con las exigencias de un hombre que la extorsionaba. La mujer alertó la situación, se comunicó con la familia de la menor y a partir de allí la denuncia.

Todo empezó cuando desde la cuenta de Instagram “rojas.valenokk” se contactaron con la menor y le pidieron fotos para una campaña de modelaje. La niña accedió y desde allí comenzó su calvario, que incluyó desnudos, actos sexuales explícitos autoinfligidos y dinero para no contarle a sus padres. Novillo primero dijo que tenía 15, luego 27 y cuando el control fue total reveló que tenía 35.

El preso solicitó que la menor robe datos de la tarjeta de sus padres y realice al menos 120 compras. Más tarde, exigió dinero para no publicar las fotos y videos y llegó a recibir 350 mil pesos.

El tribunal otorgó central importancia al testimonio de la víctima en Cámara Gesell, al que consideró coherente, persistente y corroborado por abundante evidencia objetiva. También ponderó informes técnicos de plataformas digitales, registros de direcciones IP, peritajes forenses sobre teléfonos celulares y cuentas electrónicas, informes bancarios y de empresas de pagos y declaraciones testimoniales de familiares y profesionales de la salud mental intervinientes.