Rechazan ampliación de salidas transitorias al femicida de una adolescente
Se trata de Juan José Lazo, que cumple una condena a 15 años y ya cuenta con 12 horas mensuales de salidas. Rocío Gómez fue asesinada y descuartizada en 2011, cuando tenía 17 años.

Martes 10 de Agosto de 2021

La jueza de ejecución penal Luciana Prunotto determinó no ampliar el régimen de salidas transitorias de Juan José Lazo, un hombre de 50 años condenado por el homicidio de Rocío Daiana Gómez, ocurrido en 2011. Detenido desde ese año y sentenciado a 15 años de cárcel en 2014, actualmente Lazo cumple su condena en la Unidad 6 de Rosario y cuenta con doce horas de salidas mensuales. En la resolución la jueza también determinó que “se garantice al penado su acceso a un espacio de abordaje terapéutico que permita el trabajo que en particular desde el área de psicología y social del organismo".

En una audiencia realizada el martes a la mañana por el sistema zoom, en principio se consultó a la fiscal Karina Bartocci acerca de las diligencias practicadas en relación a las víctimas de los hechos por los que ha sido condenado Lazo. Luego la jueza cedió la palabra a la defensora Cecilia Labanca, quien pidió la ampliación del régimen de egresos transitorios para Lazo. En ese sentido desplegó un análisis de los requisitos, objetivos y subjetivos, que propiciaron estas salidas al tiempo que pidió a Prunotto que el organismo técnico criminológico lleve a cabo las entrevistas y el tratamiento psicológico que “incansablemente pide Lazo”.

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Por su parte la fiscalía replicó que los informes no fueron arbitrarios, pero la defensa respondió no estar de acuerdo con su postura y reiteró su pedido. En ese marco el propio Lazo formuló su descargo y también solicitó la ampliación de salidas y la posibilidad de su atención psicológica. A esto, la defensa priorizó el pedido de Lazo de "manera asidua" y destacó que por cuestiones propias del Servicio Penitenciario lo hace de manera “aleatoria y esporádica”. Así la defensa solicitó que se oficie al Servicio Penitenciario para que disponga la rápida atención “dada la gravedad que explicitan los informes”.

Una vez que terminó el momento de los argumentos la jueza resolvió “no flexibilizar el régimen de salidas transitorias y ordenar al director del penal donde está alojado que garantice al penado su acceso a un espacio de abordaje terapéutico”.

Crimen

Los restos de Rocío Gómez aparecieron enterrados con cal en el pozo de una propiedad de La Florida en agosto de 2011. La adolescente de 17 años llevaba entonces varios meses desaparecida. Fue en el verano de ese año que Lazo invitó a la chica, con quien mantenía una relación que en ese momento al parecer se había interrumpido, al shopping Alto Rosario. Fue entonces que, según el relato de la madre de la víctima, Norma, fue secuestrada por Lazo y algunos de sus familiares.

Un día después de esa invitación la joven, que vivía en San Lorenzo con su familia pero era oriunda del barrio Cerámica donde había conocido a "Pijuán" Lazo, envió un mensaje a sus familiares en el que les explicaba que el hombre iba a comprarles una moto para ayudar económicamente a la familia.

Entonces Norma y su pareja de entonces llevaron el rodado hasta la casa donde estaba Rocío, en Valle Hermoso al 1700. del barrio La Cerámica. Sin embargo allí fueron retenidos y agredidos por Pijuan y sus hermanos, que los obligaron a firmar documentos por los cuales Lazo él pasaba a ser propietario de las dos motos en las que habían llegado los Gómez.

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Norma se fue del lugar y Rocío quedó en la casa con su hijo Kevin, entonces de 14 meses. La familia perdió contacto con la joven hasta que seis meses después, el 13 de agosto de 2011, se hallaron los restos mortales de Rocío en un pozo cavado en una casa de La Florida alquilada por Lazo. Pruebas de ADN determinaron que se trataba de Rocío.

El juez de Sentencia Julio César García, a cargo del juicio que forma parte del viejo sistema penal, consideró a Lazo culpable del homicidio y lo condenó a 15 años de cárcel. Cabe aclarar que. al momento del juicio no estaba incorporado al Código Penal el femicidio como agravante del homicidio, que prevé una pena de prisión perpetua.

En el proceso también fueron condenados Jonathan Raúl Vargas, acusado de participar en el ataque a la madre de Rocío y a su pareja, a la pena de 7 años y 6 meses de prisión; y Alexis Morales, Jorgelina Soledad Sosa, Joana Aneleyn Vargas y Mónica Mabel Morales recibieron penas de 2 años de prisión condicional por encubrimiento agravado.

Otro de los acusados, Hernán Lazo, no llegó a juicio ya que se había fugado un tiempo antes. El hombre se mantuvo prófugo diez años hasta que el miércoles de la semana pasada fue capturado en una localidad próxima a Pehuajó, provincia de Buenos Aires. Esta semana se iniciarán los trámites del exhorto para trasladarlo a Rosario para la debida audiencia imputativa que afronta por este caso, en principio por los delitos de robo, privación de la libertad y homicidio.