Los cuatro acusados por el secuestro extorsivo de Pablo Belluscio, un joven que en 2003 estuvo 43 días cautivo y al que le cortaron un dedo, fueron absueltos esta tarde por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de San Isidro.

Los cuatro acusados por el secuestro extorsivo de Pablo Belluscio, un joven que en 2003 estuvo 43 días cautivo y al que le cortaron un dedo, fueron absueltos esta tarde por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de San Isidro.
Los jueces Clarisa Moris, Oscar Zapata y Lino Mirabelli tomaron esta decisión al encontrar serias deficiencias en la investigación que tuvo a su cargo durante la instrucción la fiscal federal de San Isidro Rita Molina. La medida beneficia a Manuel Valenzuela, alias "El Chileno Manolo"; Oscar Villagra y Mario Ibarra, mientras que Horacio "Lala" López continuará detenido porque está condenado por otros secuestros extorsivos.
El Tribunal Oral en lo Criminal 2 de San Isidro advirtió que, tras una investigación “dilatada” hecha por funcionarios “desbordados”, la prueba reproducida en el juicio se tornó “dificultosa”, con testigos que tenían falla de memoria. Por eso, añadió, no se podía dictar una condena “infundada”, sostenida en virtuales meros comentarios barriales.
“Estamos entonces aquí para decidir ante una acusación en la que no se ha señalado una llamada, una grabación, un secuestro, un entrecruzamiento de datos, un testigo que por sí y dando razón de sus conocimientos permita arrojar luz al margen de toda duda sobre la autoría en los hechos a esta altura del procedimiento”, dijeron los jueces.
La absolución alcanzó a Horacio Abel “Lala” López, Mario Leopoldo Ibarra, Agustín García, Oscar Alejandro Villagra y Víctor Valenzuela, conocido como “el Chileno Manolo” y que también figura en la causa con la identidad de “Angel Martínez”.
No obstante, el tribunal condenó a dos por otros delitos: Villagra a 4 años por tenencia de arma de guerra y Valenzuela/ Martínez a seis meses por resistirse a la detención. Además, se dispuso investigar a una testigo por supuesto falso testimonio.
Pablo Belluscio, estudiante de biología de 25 años, fue secuestrado a las 23.30 del 22 de septiembre de 2003 cuando salía del complejo deportivo Perú Beach, de la localidad bonaerense de Martínez, luego de jugar un partido de hockey.
Dos autos cercaron el vehículo de Belluscio y sus ocupantes armados amenazaron a la víctima para llevársela; un policía intentó evitar el secuestro pero los maleantes le dispararon.
Durante varios días las llamadas exigían el pago de un millón de dólares por la liberación. Y durante la negociación al joven le cortaron el dedo índice de la mano derecha que, más tarde, le mandaron a sus padres como prueba de vida.
En esas horas de angustia, Gustavo Belluscio, padre de Pablo, hizo pública una carta que generó un cacerolazo en reclamo de seguridad. Allí decía: “Le cortaron y nos enviaron ya dos falanges del dedo índice de la mano derecha, con un video indescriptible y explícito. Además amenazaron con seguir amputándolo y con matarlo. Nos piden una cifra imposible de reunir para nosotros. Hoy, es particularmente nuestro hijo Pablo Belluscio, pero puede ser mañana el hijo de cualquier familia argentina; en el país ya hubo en menos de dos meses unos 40 casos y la cifra va en aumento”.
En la noche del 3 de noviembre de 2003 la familia logró pagar un rescate de 148 mil dólares siguiendo las instrucciones impuestas; y el chico fue liberado la madrugada siguiente en la zona de Benavídez, tras 43 días de cautiverio.
Trascendió que Belluscio se fue a vivir al exterior y volvió especialmente para declarar en el
juicio oral, aunque su familia no se presentó como querellante en el proceso.
Tras el juicio, la Fiscalía responsabilizó del secuestro a la banda de los
“cortaderos” que funcionaban con dos o tres grupos operativos y que, además de
Belluscio, habían secuestrado a Ernesto Rodríguez, Mirta Fernández y Leopoldo Andrada.
Y pidió para los acusados hasta 23 años de cárcel por “secuestro extorsivo agravado por su
comisión mediante la utilización de armas de fuego, por la participación de más de tres personas,
por haber logrado su propósito, y por haberle causado lesiones gravísimas a la víctima, robo
calificado por el uso de armas y abuso de armas 'criminis causae'”.
Los jueces Clarisa Moris, Lino Mirabelli y Luis Oscar Zapata dijeron que “la evidencia
se presentó dispersa” y “desprolija”.
Advirtieron que en la instrucción hubo 13 testigos de identidad reservada pero al juicio sólo llegaron dos, mientras que se “esfumó como arena entre los dedos la restante prueba de tal secreta característica”.
Pero, más allá de ello, dijo el tribunal, “nada puede hacer 'verdadero” algo que no
está probado con sujeción a la ley, o inclinarnos a tomar por ciertos y concluyentes 'los
comentarios que en el barrio colectaron los investigadores de personas que no se identificaron', ni
permite legitimar en ellos una condena. Hace a la legitimación democrática de los jueces, derivada
de su función de garantía de los derechos fundamentales, hacer que las condenas estén fundadas en
la averiguación de la verdad según las garantías de un proceso justo“, sostuvieron.


