La Justicia rechazó el freno a los triciclos eléctricos y consolidó un debate sobre movilidad en Reconquista

Un fallo judicial desestimó una medida cautelar presentada por remiseros y avaló la continuidad del servicio de motovehículos eléctricos

08:00 hs - Viernes 15 de Mayo de 2026

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Reconquista rechazó este jueves un pedido para suspender el servicio de triciclos eléctricos en la ciudad, tras una presentación de un grupo de remiseros, al considerar que no se acreditó un riesgo inminente para los usuarios, en un proceso que buscó frenar una modalidad de transporte impulsada por una empresa privada y habilitada por el municipio.

El fallo fue dictado por el juez Fabián Lorenzini y desestimó la medida cautelar contra la firma correntina GOU Argentina SRL, que operó con triciclos eléctricos cabinados en la vía pública. La resolución no definió el fondo del conflicto, aunque permitió que el servicio continuara mientras avanzó la acción de amparo.

Un nuevo modelo de transporte en disputa

La empresa GOU Argentina desembarcó en Reconquista a comienzos de 2026 con una propuesta de movilidad basada en triciclos eléctricos, es decir, vehículos de tres ruedas impulsados por energía eléctrica, diseñados para trayectos urbanos cortos y con bajo costo operativo. El sistema funcionó mediante mensajes de WhatsApp y conectó a usuarios con conductores habilitados.

El servicio se expandió con rapidez y generó una reacción inmediata en el sector tradicional. Siete remiseros encabezados por Hugo Daniel Cuevas impulsaron una acción judicial y solicitaron el cese de la actividad, el secuestro de las unidades y la prohibición definitiva del sistema. Argumentaron que los vehículos no cumplían con exigencias de seguridad previstas en la Ley de Tránsito y denunciaron competencia desleal.

La empresa respondió con documentación técnica y administrativa. Acreditó inscripciones registrales ante la Dirección Nacional de Registros de la Propiedad del Automotor, verificaciones técnicas y cobertura de seguros. Además, indicó que las unidades contaron con cabina cerrada, cinturones de seguridad y velocidad limitada.

La autonomía municipal como eje del fallo

El juez Lorenzini centró su decisión en la autonomía municipal, es decir, en la facultad de los gobiernos locales para regular actividades dentro de su territorio. Señaló que el municipio de Reconquista contaba con ordenanzas vigentes que habilitaron el servicio, entre ellas normas específicas para motovehículos eléctricos y plataformas digitales de transporte.

El magistrado sostuvo que la Justicia civil debía intervenir solo ante la existencia de un daño concreto o inminente, lo que no fue demostrado en la causa. También indicó que la demanda no incluyó al municipio, lo que limitó el alcance del análisis judicial. “Esta configuración procesal condicionó nuestro examen jurisdiccional”, expresó en su resolución.

El fallo incluyó una exhortación al diálogo entre las partes. El juez propuso la apertura de un espacio institucional para buscar acuerdos y reducir la conflictividad.

Una ciudad que se anticipó

Que un debate de estas características se desate en el norte santafesino podría sorprender a quien mira el mapa desde el sur. La sorpresa, sin embargo, dura poco. Según el Censo Nacional 2022, Reconquista fue la ciudad de mayor crecimiento demográfico de la provincia, un dato que se corresponde con la llegada sostenida de iniciativas innovadoras, nuevos desarrollos empresarios y proyectos que encuentran en la región un terreno fértil para probarse.

En ese contexto, la gestión del intendente Amadeo Enri Vallejos viene apostando, desde el inicio, por una agenda de movilidad sustentable que se adelantó al debate nacional. Las ordenanzas que hoy le dan marco al servicio de GOU —la 8553/20, que regula la circulación de motovehículos eléctricos, y la 9164/2024, dictada específicamente para el transporte por plataformas electrónicas— fueron sancionadas antes de que el tema apareciera en la agenda de la mayoría de las ciudades del país. Mientras la legislación nacional aún no contempla al triciclo eléctrico cabinado como categoría de transporte comercial, Reconquista construyó un marco local que hoy resistió un primer examen judicial de envergadura.

Para los remiseros, el revés es importante pero no definitivo: la causa de fondo continúa. El juez, además, ordenó pedir a las áreas municipales competentes información detallada sobre cada vehículo habilitado y sobre el estado del trámite definitivo, y consultó al Concejo Municipal si dio estado parlamentario a una eventual modificación de la ordenanza 9164/2024.

Mientras el proceso judicial continuó su curso, los triciclos eléctricos siguieron circulando en las calles. Los usuarios evaluaron costos y accesibilidad, y el sistema de transporte local enfrentó un escenario de transformación.

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