Anmat prohibió productos médicos y estéticos de distintas marcas

Se trata de elementos sin registro, de origen no acreditado y productos médicos falsificados. Los detalles, en esta nota

13:07 hs - Lunes 07 de Septiembre de 2026

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de distintos productos médicos de diversas marcas.

La prohibición de los productos se hizo oficial a partir de las disposiciones 5484/26, 5487/26 y 5502/26, publicadas en el Boletín Oficial el 3 de septiembre. Los distintos casos evidenciaron la necesidad de intervenir sanitariamente los establecimientos. En algunos casos, los productos se comercializaban sin registros y en otros se detectaron unidades falsificadas de los productos.

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Disposición 5484/26: productos médicos sin inscripción

Mediante la Disposición 5484/26, se prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todas las presentaciones y lotes de los productos médicos identificados como:

  • BIO BELLE. LAB. NOUVELLEVIE (incluyendo las presentaciones Hyaluronic Acid 35% Dermalfiller y Hyaluronic Acid 33 dermal filler + Lidocaine)
  • BELLE FORME. NEWLIFE LAB (incluyendo la presentación Dermalfiller. Hyaluronic Acid. Medium)

La medida fue tomada luego de confirmar que los productos de estas marcas no cuentan con inscripción en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (RPPTM). Asimismo, se determinó que las firmas "LAB. NOUVELLEVIE", "NEWLIFE LAB" y "BEAUTY ENDLESS DISTRIBUIDORA" no se encuentran habilitadas ante ANMAT para actividades de tránsito interjurisdiccional, importación o fabricación de productos médicos.

Al desconocer las condiciones de manufactura y elaboración de estos productos, Anmat no puede garantizar su calidad, seguridad y eficacia. Por esto, se determinó su prohibición y se recomienda evitar su uso.

Disposición 5487/26: producto médico falsificado

A través de la Disposición 5487/26 Anmat prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de un producto médico inyectable utilizado en tratamientos estéticos para corregir depresiones cutáneas y estimular la producción de colágeno, rotulado como:

  • "SCULPTRA®, Poly - L - lactic acid, 2 viales, GALDERMA, lote: 4J1243, Cad./Vto: 11/2028"

La decisión se tomó luego de que la firma GALDERMA ARGENTINA S.A., titular del producto y registrado ante Anmat, advirtiera la detección en el mercado de unidades falsificadas del producto.

Según informó la empresa, las unidades sospechadas presentan características visuales que las diferencian de los productos originales. Asimismo, aclaró que el lote implicado nunca fue importado por la firma para su comercialización en el país.

Se trata de un producto médico de riesgo Clase IV, la categoría de mayor nivel de riesgo sanitario dentro de la clasificación de productos médicos. Por esto, al no conocer el origen de las unidades falsificadas, Anmat definió su prohibición y recomendó a los establecimientos y profesionales de la salud que no utilicen el producto.

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Disposición 5502/26: producto médico ilegítimo

En la Disposición 5502/26 Anmat dejó asentada la prohibición de los productos médicos identificados con la marca MEDICAL ADVANCE.

La medida fue tomada luego de que el organismo detectara la comercialización de de un producto médico ilegítimo de nombre comercial “Radiofrecuencia Multy-2023 -Medical Advance”, ofrecido para 'Uso Estético Humano' y facturado bajo el rótulo de 'Uso Veterinario'.

Cuando el Personal del Servicio de Fiscalización de Cadena asistió al domicilio indicado como lugar de compra, pudieron constatar que allí no funcionaba ninguna empresa de nombre Medical Advance. Al mismo tiempo, la firma Medical Advance no cuenta con las habilitaciones correspondientes.

Al no poder garantizar su seguridad y eficacia, el organismo definió la prohibición de su uso y comercialización.