La decisión del máximo tribunal implica que el expediente continuará su curso por las vías procesales ordinarias
15:07 hs - Jueves 07 de Mayo de 2026
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves el recurso de per saltum presentado por el gobierno de Javier Milei para que intervenga directamente en el expediente que analiza la validez de la denominada ley de modernización laboral sin esperar fallo alguno de segunda instancia.
Con la firma de Horacio Rosatti (presidente de la Corte Suprema), Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el máximo tribunal entendió que no se observan los requisitos previstos en el Código Procesal Civil para admitir el recurso planteado por el Ejecutivo.
"No se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia. Por ello, se declara inadmisible el recurso interpuesto”, sostuvo la resolución unánime del alto tribunal.
Frente judicial abierto
La Procuración del Tesoro había presentado el recurso el 16 de abril pasado, luego de que un juez de primera instancia declarara la inconstitucionalidad de gran parte de la reforma laboral.
No obstante, esa decisión fue revocada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que restituyó la vigencia plena de la reforma que impulsa la Casa Rosada y que fue aprobada por el Congreso el 28 de febrero. Ahora, el expediente debería pasar al fuero Contencioso Administrativo.
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El expediente se inició a partir de una acción declarativa promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra distintos aspectos de la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo.
La causa tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 63, a cargo de Raúl Ojeda.
El per saltum
El mecanismo que rechazó la Corte Suprema le permitía al gobierno saltear etapas judiciales intermedias y llevar el caso directamente al máximo tribunal.
El per saltum es un mecanismo excepcional que permite que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa sin que se hayan agotado las instancias judiciales previas. Su utilización requiere la acreditación de circunstancias institucionales particularmente graves o de extrema excepcionalidad.