Ley de Glaciares: los principales puntos de la reforma que tiene media sanción del Senado

La iniciativa, que pasará a ser tratada en la Cámara de Diputados, propone modificar la ley 26639 sancionada en 2010

10:51 hs - Viernes 27 de Febrero de 2026

El Senado aprobó la reforma de la Ley de Glaciares y giró el proyecto a la Cámara de Diputados para su tratamiento definitivo. El oficialismo consiguió la media sanción con 40 votos a favor, 31 en contra y una abstención, en una sesión que expuso divisiones dentro de varias bancadas.

La Libertad Avanza logró respaldo fragmentado del PRO y la UCR, además de sumar votos de senadores de provincias mineras, como es el caso de Lucía Corpacci (Catamarca) y Sergio Uñac (San Juan), representantes del bloque Justicialista.

La iniciativa, impulsada por el Gobierno nacional, propone modificar la ley 26.639 con el argumento de corregir "falencias interpretativas" que, según el Ejecutivo, generaron inseguridad jurídica y frenaron inversiones, especialmente en el sector minero.

Mientras el Senado debatía, manifestantes protestaron en las inmediaciones del Congreso en rechazo a la reforma.

La ley 26.639, sancionada en 2010, define a los glaciares y al ambiente periglacial como reservas estratégicas de recursos hídricos. La norma los declara bienes públicos y los protege como presupuesto mínimo ambiental en línea con el artículo 41 de la Constitución Nacional.

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Cuáles son los principales puntos que propone la reforma

El proyecto aprobado por el Senado introduce modificaciones clave en el esquema de protección y en la distribución de competencias entre Nación y provincias.

La legislación prohíbe actividades que puedan afectar su condición natural, como proyectos extractivos, liberación de contaminantes e instalación de infraestructura no esencial. Además, ordena la elaboración de un Inventario Nacional de Glaciares para identificar y monitorear estas áreas.

El objetivo central de la ley consiste en en los presupuestos mínimos para preservar los glaciares y el ambiente periglacial, el abastecimiento de agua para consumo humano, la producción agrícola, la preservación de la biodiversidad, la investigación científica y el turismo.

La iniciativa oficial introduce una precisión al hablar de las "formas periglaciares", y alienta a distinguir entre aquellas que cumplen funciones de "reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas" de aquellas que no necesariamente cumplen dicha finalidad y son aptas para la utilización económica.

La reforma delega en las provincias la definición de estándares para preservar glaciares y ambiente periglacial. Cada jurisdicción podrá determinar qué cuerpos de hielo protege y en cuáles habilita actividades productivas, incluida la minería.

El dictamen refuerza el carácter obligatorio del inventario y dispone la participación del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), en coordinación con las autoridades provinciales.