La Corte santafesina avaló los fueros parlamentarios de Traferri
En una extensa Acordada de 123 fojas el máximo tribunal, por cinco votos a favor y uno en disidencia, resolvió que la Constitución Provincial ampara al legislador provincial que no podrá ser citado a audiencia imputativa en la causa por juego ilegal si el Senado no le quita sus fueros

Miércoles 23 de Febrero de 2022

La Corte Suprema de Justicia santafesina declaró constitucional la normativa que impide a los fiscales provinciales citar a audiencia imputativa en la sonada causa por juego ilegal al senador provincial justicialista por el departamento San Lorenzo Armando Traferri.

En una extensa Acordada de 123 páginas dictada la tarde de este martes por el máximo tribunal, por cinco votos a favor y uno en disidencia, se resolvió que la Constitución Provincial ampara al legislador provincial por el departamento San Lorenzo en sus fueros parlamentarios.

Esto implica que el proceso judicial sustanciado en los tribunales rosarinos, y en cuyo marco fue condenado el empresario arrepentido Leonardo Peiti actualmente en libertad condicional, no podrá avanzar contra el legislador sanlorencino si antes el Senado provincial no hacer caer sus fueros, procedimiento parlamentario que ya fue rechazado por la Cámara alta en diciembre de 2020.

Los fiscales Matias Edery y Luis Schiappa Pietra pretenden citar a audiencia imputativa a Traferri para imputarlo como organizador en la causa por juego ilegal en la bota en la cual se encontraría en opinión de los fiscales involucrado Traferri. De hecho el senador del PJ había sido citado por los fiscales Edery y Schiappa Pietra a audiencia imputativa el 23 de agosto del año pasado, pero no concurrió argumentando que un fallo de segunda instancia del juez José Luis Mascali estaba apelado y la Corte Suprema debía dirimir el caso, lo cual sucedió en el Acuerdo celebrado este martes en la ciudad de Santa Fe.

El fallo de la Corte. En la tarde de este martes se difundió la Acordada del máximo tribunal y en la cual se expidieron a favor de la constitucionalidad del artículo 27 del Código Procesal Penal de la provincia y el artículo 51 de la C.P. los ministros Roberto Falistocco, Rafael Francisco Gutiérrez, Eduardo Spuler, María Angélica Gastaldi y Mario Netri.

En tanto el ministro rosarino Daniel Erbetta se pronunció en disidencia y consideró, con diversos argumentos que giraron en torno al principio de igualdad ante la ley, que correspondía “rechazar el recurso interpuesto y habilitar el llamado a audiencia imputativa del senador Traferri y, eventualmente, la continuación del proceso penal”.

El recurso resuelto por la Corte santafesina se originó en el pedido de inconstitucionalidad que habían planteado los integrantes del Ministerio Público de la Acusación contra el referido artículo del código procedimental santafesino luego de que un fallo de la jueza penal de primera instancia Eleonora Verón resolviera rechazar ese planteo de los fiscales rosarinos.

Posteriormente el camarista José Luis Mascali revocó el fallo de Verón y no sólo le dio la razón a los fiscales al resolver en su fallo de segunda instancia la inconstitucionalidad del artículo 27 del Código Procesal Penal, ahora revocado por la Corte, sino que además el camarista extendió esa impugnación al artículo 51 de la Constitución provincial que prescribe que no puede ser citado a indagatoria un legislador provincial sin previo desafuero. Mascali había sostenido que ese artículo de la Constitución santafesina y la referida norma procesal “no encuentran anclaje en la Constitución Nacional”.

Con profusas citas de fallos de la Corte nacional y los tratados internacionales incorporados a la Constitución Nacional, la resolución del máximo tribunal santafesino revoca la resolución de segunda instancia, “acotando el alcance de la inmunidad de proceso al marco temporal de duración del mandato a cumplir por el funcionario”, y en el caso concreto de Traferri al ámbito de “ejercicio de sus funciones” como legislador.

En el primer voto del ministro Roberto Falistocco –al que adhirieron con distintos argumentos sus colegas Gutiérrez, Gastaldi, Netri y Spuler- se fundamentó que la denominada inmunidad del proceso es una opción válida dentro de la Constitución provincial cuando la cámara legislativa no otorga el desafuero solicitado por los investigadores penales como ocurrió en el caso del senador por San Lorenzo.

Para el presidente del Alto Tribunal Rafael Gutiérrez el artículo del Código Procesal Penal que bloqueó el desafuero está protegida por la Constitución provincial de Santa Fe de 1962. Y citó a su par de la Corte Nacional Horacio Rosatti que considera a la Carta santafesina "una Constitución de avanzada para su época", cuyo texto "mantiene plena actualidad".

También se sostiene en uno de los párrafos alusivos a la resolución del juez Mascali que “queda claro que la resolución cuestionada, arrogándose injustificadamente funciones privativas de una Convención Constituyente al descalificar el artículo 51 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, incumplió con el procedimiento previsto en esa misma Ley Suprema, generando una situación de extrema gravedad institucional que merece ser atendida mediante la invalidación del pronunciamiento recurrido”, según dejó sentado en su voto el ministro Eduardo Spuler.

Lo concreto es que la resolución del máximo tribunal de la provincia, además de “declarar procedente el recurso interpuesto (por la defensa de Traferri) y anular la resolución (de Cámara) impugnada, resolvió “remitir los autos al tribunal que corresponda a los efectos de que dicte nueva sentencia”.

A partir de lo cual la situación de Traferri y una eventual citación a indagatoria por parte de los fiscales vuelve a fojas cero con la nuevas pautas impartidas por la Corte Suprema de Justicia santafesina.