La ley de municipios y el Código Electoral figuraban entre las disposiciones prioritarias en Santa Fe. Resta sancionar una norma ligada a la coparticipación y las modificaciones al Consejo de la Magistratura
06:10 hs - Jueves 10 de Septiembre de 2026
El miércoles 10 de septiembre de 2025 se votó el texto definitivo de la nueva Constitución de Santa Fe. Todas las modificaciones estaban acordadas, por lo que no hubo demasiado debate, a diferencia de lo ocurrido en las jornadas anteriores de la Convención Reformadora. Ese día, pasadas las 19, la actividad finalizó con una flamante Carta Magna que marcaría el trabajo de la Legislatura santafesina en los dos años siguientes.
Ya pasó un año y, desde entonces, se priorizó lo "urgente": las leyes de municipios, la del proceso Contencioso Administrativo y la reforma electoral.
Aún restan cuestiones importantes, como las leyes de coparticipación y educación, la efectivización de las modificaciones en el Consejo de la Magistratura o la reglamentación de los mecanismos de participación.
La nueva Constitución
En función de la nueva Constitución, el período ordinario de la Legislatura comenzó antes. El gobernador Maximiliano Pullaro encabezó la Asamblea Legislativa por primera vez un 15 de febrero, poniendo en marcha un año legislativo que finalizará el 30 de noviembre próximo.
En esta primera etapa, Unidos logró cumplir el objetivo de mantener los grandes acuerdos —al igual que en la Convención Reformadora—, aunque no sin arduas discusiones previas: hubo debate en comisiones, en algunos casos varios proyectos del frente oficialista y modificaciones propuestas por la oposición.
Así se fueron aprobando las leyes más importantes, con votos por unanimidad en general. Hay muchas cláusulas que modifican el funcionamiento de los poderes del Estado, pero son operativas: algunas exigen obligatoriamente una norma y otras podrían ordenarse mejor con una ley, aunque no es imprescindible.
Tras la reforma, una de las discusiones públicas clave giró en torno al Poder Judicial y a la edad de retiro de los miembros de la Corte Suprema. De concretarse en noviembre las salidas de Rafael Gutiérrez y Roberto Falistocco, la conformación del alto tribunal se adecuaría a la nueva Constitución.
En lo legislativo, durante este primer año primó lo urgente y quedaron fuera discusiones centrales como la ley de coparticipación (cuáles son los recursos de los municipios, cómo pueden recaudar y cómo se distribuirá lo que envíe la provincia), la conformación del Consejo de la Magistratura y la ley de educación.
La nueva Constitución habilitó aspectos como las acciones positivas o los mecanismos de participación ciudadana: derechos existentes cuya aplicación aún no es clara al carecer de un procedimiento normado.
Los municipios
Según declararon distintos representantes del oficialismo, sobre todo senadores, la norma "más importante" en este proceso de dos años era la de municipios. Fue aprobada y entró en vigencia en abril.
En sus once artículos (divididos en once títulos y seis capítulos), establece las categorías de los gobiernos locales según su número de habitantes, la cantidad de concejales en localidades de más de 10 mil vecinos y cómo se compondrán las comisiones comunales.
>>Leer más: Reforma electoral de Santa Fe: el Senado provincial la aprobó por unanimidad y es ley
También organiza las próximas elecciones, los alcances y atribuciones de los gobiernos, los organismos de control, el desarrollo de las transiciones y la posibilidad de crear regiones.
Por otro lado, esa ley se aplicará a los municipios que no dicten su carta orgánica. Quienes decidan redactarla tienen un plazo de dos años para elaborarla y aprobarla. En ese proceso se encuentran Rosario y Santa Fe, que ya comenzaron los debates sobre la autonomía; en ambos casos, los intendentes anunciaron que en las próximas elecciones se votarán convencionales.
Código Electoral
La segunda gran ley aprobada es el Código Electoral (el 27 de agosto), que define las reglas de juego para la próxima contienda en las urnas. Con casi 300 artículos, ordena todas las normas vigentes, reafirma varias y modifica unas pocas.
En Santa Fe se mantienen las Paso con un piso del 1 %, que se eleva al 4 % para las generales. A la hora de repartir bancas, en Diputados ya no habrá mayoría automática: los 50 escaños se distribuirán proporcionalmente entre las fuerzas que superen el piso.
También continúa la boleta única. En las Paso habrá cinco papeletas (una por categoría), mientras que en las generales serán tres (gobernador y diputados, senadores y gobiernos locales), con la opción de votar una lista completa o candidatos en particular.
Una de las novedades introducidas a última hora en las discusiones de Unidos es la posibilidad de que un precandidato a gobernador lleve hasta tres aspirantes a la Vicegobernación, aunque los votos no se acumularán.
A partir de 2029, el Tribunal Electoral asumirá el fuero Contencioso Administrativo. También hay cambios en los debates y en la veda. Bajo esta ley se incorporó la Ficha Limpia, requisito que la Constitución establece de forma obligatoria para presentar cualquier candidatura.
Proceso Contencioso Administrativo
Asimismo, Santa Fe aprobó la ley del proceso Contencioso Administrativo (encargada de resolver los conflictos entre el Estado y los ciudadanos) y la creación del Colegio de Jueces para ese fuero, aunque resta que Diputados apruebe el procedimiento, el cual cuenta con sanción de ambas Cámaras pero con modificaciones.
A mediados de julio, el Ejecutivo dictó el decreto para modificar la estructura del personal del Poder Judicial e implementar el Colegio de Jueces en lo Contencioso Administrativo, fuero que hasta ahora solo contaba con dos cámaras: una en Santa Fe y otra en Rosario.
Consejo Asesor de la Magistratura
La nueva Constitución establece además la creación de un Consejo Asesor de la Magistratura, encargado de seleccionar a los jueces que luego propondrá el gobernador con el acuerdo de la Asamblea Legislativa.
Ese organismo deberá integrarse con un juez, un fiscal o un defensor (según el cargo concursado), un representante del Colegio de Profesionales de la Abogacía, un referente académico, un diputado y un senador.
En la actualidad, el Consejo funciona bajo el sistema anterior. Existen discrepancias sobre su futura integración, especialmente en lo relativo al representante académico.
Asimismo, la reforma otorgó autonomía a los Ministerios Públicos de la acusación y de la Defensa, que avanzan progresivamente en su jerarquización: sus autoridades ya prestan jura de forma autónoma (sin la intervención de la Corte) y gestionan sus propios recursos.
"Nuestra Constitución irá tomando cuerpo con el tiempo y la gente irá incorporando los cambios y los nuevos derechos", sostuvo Pullaro un año atrás, al jurar la nueva Carta Magna.
Sin embargo, hay una pregunta fundamental que tanto los representantes de los poderes del Estado como la ciudadanía debemos formularnos: ¿cómo conocemos y exigimos el cumplimiento de esta ley suprema?
Diversos autores, como el convencional cordobés Antonio María Hernández, aluden al concepto de una "débil cultura constitucional", vinculada al escaso compromiso de la sociedad argentina con la Carta Magna y sus leyes, a una elevada percepción de desigualdad ante la ley y a una democracia de baja calidad, agravada por la falta de confianza en las instituciones.