Perotti pretende que queden presos todos aquellos que porten armas en forma ilegal
El gobernador envió a la Legislatura un pedido de cambio al Código Procesal Penal para que se eviten medidas cautelares alternativas

Martes 16 de Noviembre de 2021

El gobernador elevó a la Legislatura un proyecto para modificar dos artículos del Código Procesal Penal atinentes a la prisión preventiva con la finalidad de que toda persona que sea detenida por la fuerza pública portando un arma de fuego sin la autorización legal correspondiente quede tras las rejas y no obtenga beneficios que morigeren tal situación. En ese sentido, el mensaje Nº 4.962 que lleva las firmas de Omar Perotti y su ministro de Gestión Pública, Marcos Corach, sostiene que la restricción de la libertad de las personas armadas se justifica preventivamente en atención a la situación de “alarma o peligro social” que se vive en la provincia, específicamente en Rosario, donde las balaceras y atentados contra edificios públicos o privados como también a comercios de distintos rubros están a la orden del día.

Según el texto de la iniciativa del Poder Ejecutivo, a través de la modificación propuesta “se pretende modificar la dimensión procesal de la prisión preventiva _donde la provincia tiene competencia en virtud del reparto federal de atribuciones que realiza la Constitución Nacional_ procurando que aquellos delitos que se realicen con la utilización de armas de fuego sean susceptibles de prisión preventiva, independientemente de la cuantificación en abstracto que se pueda hacer de la pena que corresponda al caso en el momento de dictarse sentencia definitiva”.

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En ese sentido, el mensaje a los legisladores “establece la procedencia de la prisión preventiva ante «la gravedad del hecho» cometido con prescindencia del peligro de fuga y del peligro de entorpecimiento” y se basa en jurisprudencia internacional para sostener que “el encarcelamiento inmediato que posibilita la prisión preventiva evita la sensación del público que interpreta que la Justicia no se toma en serio el delito que parece ya materialmente probado”.

Los artículos que pretende reformar el Poder Ejecutivo son los 219 y 220 del actual Código Procesal Penal santafesino. El primero establece cuáles son las medidas cautelares que no implican la privación de la libertad más allá de que la decisión queda a criterio de los jueces de Garantías o a pedido de las partes. Y en ese sentido enumera, por ejemplo, la obligación de someterse al cuidado de una persona o institución que periódicamente informará al Tribunal sobre la situación, la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad que se designe, la prohibición de salir del país, el abandono del domicilio fijado, la prohibición de poseer armas de fuego, la prestación de una caución patrimonial, la vigilancia mediante dispositivos electrónicos o la simple promesa jurada de someterse al proceso penal.

En tanto, el artículo 220 sostiene que podrá imponerse prisión preventiva al imputado cuando se estime la existencia de elementos de convicción suficientes para sostener su probable autoría o participación punible en el hecho investigado, que la pena en expectativa que pudiera corresponder en caso de condena sea de efectiva ejecución y que las circunstancias del caso autorizarán a presumir el peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación.

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En ambos casos, la modificación sostiene que no se deberán otorgar medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva “cuando el hecho haya sido cometido con arma de fuego y en caso de tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre, si el imputado hubiera intentado eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o, de cualquier otro modo, desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento”. Todo ello “siempre y cuando existan elementos de convicción suficientes para sostener su probable autoría o participación punible en el hecho”.

Más allá del tratamiento que la solicitud del gobernador tenga en la Legislatura provincial, en la práctica cotidiana estas medidas de prisión preventiva ya están siendo solicitadas por los fiscales a partir de un protocolo de actuación interna del Ministerio Público de la Acusación (MPA) respecto a detenidos con arma de fuego. En ese marco, en la mayoría de los casos los jueces de Garantías suelen concederla. Lo que cambiaría, de ser aprobada la reforma propuesta por Perotti, es que una vez reglamentada la misma sería imperativo que una persona detenida con un arma de fuego quede tras las rejas.