Está procesado en el caso de violencia institucional cuando un grupo de efectivos quemó y torturó a un demorado con bochitas de cocaína. La Cámara revirtió el fallo de primera instancia
16:47 hs - Jueves 01 de Octubre de 2026
La Justicia revocó la prisión a un policía y le otorgó la libertad para priorizar el cuidado de su beba luego de una resolución del juez de Cámara Javier Beltramone. La causa es sobre un hecho ocurrido a finales de mayo de 2024 en la zona noroeste de Rosario durante un procedimiento de la Policía de Acción Táctica (PAT), en el que otro agente roció con alcohol y prendió fuego a la víctima R.A.A., ocasionándole quemaduras.
Diez policías fueron imputados en el hecho por el fiscal Pablo Socca durante un presunto operativo irregular llevado a cabo el 27 de mayo de 2024 en el barrio Parque Casas. La víctima estuvo 40 días en terapia intensiva y quedó con secuelas gravísimas como consecuencias de las quemaduras. Respecto de la conducta atribuida a Germán Narvaja, el juez Beltramone señaló que no se le imputó autoría, ataque físico ni participación material en la agresión, sino únicamente la omisión de no haber denunciado lo sucedido en el momento. Frente al planteo de la fiscal Marisol Fabbro, el tribunal descartó el concurso real de delitos y encuadró el hecho como un único encubrimiento por omisión.
Desde la defensa del policía, a cargo del estudio Feldman, expresó que "en un debate oral donde el rigor penal chocaba de frente contra las necesidades elementales de una criatura de apenas un año de vida, la Cámara de Apelaciones en lo Penal puso un freno al encarcelamiento preventivo. El policía continuará transitando el proceso judicial fuera de la cárcel de Piñero, sujeto a estrictas reglas de conducta en la localidad de Helvecia".
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La defensa
El equipo de defensa integrado por los abogados Gustavo Feldman, Marcos Monetti Peiretti y Liza Feldman desarmó la pretensión acusatoria sin desatender la gravedad del caso general, pero delimitando con precisión qué se le reprochaba a su asistido y por qué cualquier forma de encierro resultaba una medida desmedida. "El punto determinante en la resolución de Beltramone fue el minucioso análisis del hecho imputado. El magistrado coincidió con los planteos de la defensa al subrayar que a G.A.N. no se le atribuyó autoría, ataque físico ni participación material en la agresión con fuego contra la víctima.
Durante la audiencia la acusación insistió en que la abuela materna asumiera la custodia de la beba, Liza Feldman , quien llevo adelante la postura de la defensa en la audiencia, fue tajante al afirmar: “Una nena de un año no es un paquete que se pueda revolear entre parientes para justificar que el Estado mantenga encerrado al padre. La crianza y el cuidado no son comunitarios; son una responsabilidad directa e indelegable de sus progenitores.”
Acusados
Los acusados por el hecho fueron: David Pedro Zeballos, Omar Lorenzo Cabral, Maximiliano Ortiz, Juan José Feliciano González, Jesús Ángel Balais, Maximiliano Nicolás Cuevas, Germán Alexis Narvaja, Isaías Esteban Basualdo, Estela Ailén Berón y María Eugenia N. En el caso de Balais, está condenado a 7 años de prisión por haber allanado ilegalmente en agosto de 2024 a un narco en su casa de Forest al 5600, a quien picanearon y robaron.
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El camarista Javier Beltramone concluyó que los fines del proceso estaban plenamente garantizados con el imputado en la localidad de donde es oriundo, Helvecia, en consecuencia, revocó la prisión preventiva y ordenó la inmediata libertad de Narvaja de la cárcel de Piñero, imponiéndole pautas de conducta para transitar la causa: arraigo obligatorio en la localidad donde vive, fianza económica, su pareja como garante judicial y la estricta prohibición de contacto con víctimas y coimputados.