El hecho ocurrió en Salta. El hombre deberá pagar los gastos de alimento y veterinaria para el perro que compartía con su ex
11:00 hs - Miércoles 13 de Mayo de 2026
La Justicia de Salta dictó un fallo poco habitual, pero cada vez más frecuente en tribunales argentinos. Ordenó que un hombre pague una cuota alimentaria mensual para el perro que compartía con su expareja tras la separación.
La resolución judicial no solo fijó un aporte económico para cubrir gastos del animal, sino que además estableció un régimen de visitas y cuidado compartido. El argumento central del fallo fue que las mascotas no pueden ser consideradas simples bienes materiales, sino “seres sintientes” que forman parte del núcleo afectivo familiar.
El caso volvió a poner en discusión un concepto que gana terreno en el derecho de familia: las llamadas “familias multiespecie”.
Qué resolvió la Justicia
La causa comenzó después de que la mujer quedara a cargo permanente del perro tras la ruptura de la pareja.
Ante los costos cotidianos de manutención y atención veterinaria, presentó un reclamo judicial para que el excompañero asumiera parte de las responsabilidades económicas.
El tribunal hizo lugar al planteo y ordenó el pago periódico de una cuota destinada exclusivamente a alimento, controles veterinarios, vacunas, medicamentos y gastos básicos de cuidado.
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Además, la resolución estableció un esquema de comunicación y convivencia compartida para el animal. Ese régimen contempla visitas regulares y períodos alternados de permanencia con ambos dueños.
“Seres sintientes”, el eje del fallo
Uno de los puntos centrales de la sentencia fue la definición jurídica de las mascotas.
El juzgado sostuvo que los animales domésticos no deben ser tratados como objetos o bienes patrimoniales, sino como “seres sintientes”, es decir, capaces de experimentar sensaciones y vínculos afectivos.
Con ese argumento, el fallo entendió que el deber de cuidado corresponde a ambas personas, independientemente de quién conserve la tenencia principal del animal.
La resolución se inscribe dentro de una tendencia judicial que comenzó a crecer en distintos puntos del país y que incorpora nuevas miradas sobre los vínculos familiares y la relación con mascotas.
Qué son las “familias multiespecie”
Especialistas en derecho de familia vienen utilizando el concepto de “familia multiespecie” para describir hogares donde los animales ocupan un rol afectivo y cotidiano equivalente al de otros integrantes del núcleo familiar.
Aunque Argentina todavía no cuenta con una legislación nacional específica sobre custodias o alimentos para mascotas tras separaciones, distintos tribunales comenzaron a avanzar en acuerdos y sentencias similares.
En Río Negro, por ejemplo, ya se homologaron mediaciones vinculadas al mantenimiento económico de perros compartidos. En Salta también existían antecedentes de acuerdos privados sobre gastos veterinarios, alimentos y visitas para animales de compañía.
El avance de este tipo de resoluciones refleja además un cambio cultural más amplio sobre el lugar que ocupan las mascotas dentro de las familias.
Cada vez más parejas discuten en separaciones cuestiones vinculadas a estos asuntos. Los especialistas sostienen que estos fallos buscan evitar situaciones de abandono o conflictos derivados de rupturas traumáticas y promover la tenencia responsable.
Al mismo tiempo, muestran cómo los tribunales empiezan a adaptar figuras tradicionales del derecho familiar a nuevas formas de convivencia y vínculos afectivos que hace algunos años quedaban completamente fuera de la discusión judicial.