ARA San Juan: sobreseyeron a Macri en causa por espionaje a familiares de víctimas
Allegados de los submarinistas muertos expresaron su "decepción" tras conocer el fallo que beneficia al ex presidente

Viernes 15 de Julio de 2022

La querella mayoritaria integrada por familiares de las 44 víctimas del submarino ARA San Juan expresó este viernes su “decepción” ante el fallo de la Cámara Federal porteña que sobreseyó al ex presidente Mauricio Macri en el marco de la causa en la que se lo investiga por supuesto espionaje, al tiempo que calificó la decisión como un “golpe judicial” que habían anticipado esta resolución.

“Lo vivimos con decepción. Es un golpe judicial que nos lleva a revivir la sensación ante cada parte diario falso, cada reunión con autoridades nacionales y cada falsa promesa” durante la búsqueda en 2017, señaló un comunicado de la querella firmado por las abogadas Valeria Carreras y Lorena Arias, representantes de las familias de tripulantes del ARA San Juan.

Y agregan: “Nos toca comunicar a 50 meses del hundimiento del ARA San Juan, que a pesar de haberlo vivido en carne propia, a pesar de las pruebas aportadas por la propia AFI, a pesar de ser un secreto a voces el espionaje ilegal del que fuimos víctimas, la Justicia de Comodoro Py dio por tierra con todo eso”.

Asimismo, recordaron que “luego de perder seres amados, padecieron la mentira, el ocultamiento, los traidores encubrimientos y la baja de celulares con el borrado de todo archivo y recuerdo de los que ya no están, hasta ser el objetivo de una cámara de fotos disparada por el Estado - AFI, como si fuéramos na amenaza para la seguridad nacional“.

“Con el mismo coraje y valor con que ellos salían a navegar en su amado submarino, así seguiremos esta lucha por verdad, justicia y la dignidad que merecemos”. De esta manera, las querellas de familiares de víctimas, que habían anticipado que la Cámara Federal porteña resolvería “en favor de Macri”, ya anticiparon que apelarán el fallo.

Los jueces de la sala I de la Cámara Federal de Apelaciones porteña consideraron que no se cometió delito alguno en la producción de informes de inteligencia en los que se incluyó información de los familiares de las víctimas del submarino que se hundió en 2017 y vincularon la “actividad desplegada” con la seguridad presidencial.

El fallo

El fallo, firmado por los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, hizo foco en que no se habría cometido delito alguno en las avanzadas que cuidan el entorno completo de la seguridad presidencial; en contraposición con lo que había afirmado el juez federal de Dolores, Martín Bava, al procesar a Macri.

El primero de diciembre pasado, el juez de Dolores había encontrado al ex presidente responsable de permitir la realización de tareas ilegales sobre los familiares de los tripulantes del San Juan y de haber utilizado esa información para evitar la imagen de su gobierno se viera afectada.

En el fallo de hoy, los camaristas federales porteños aseveraron que “existe suficiencia probatoria para afirmar que las actividades desplegadas tuvieron como único objetivo la seguridad presidencial y/o la seguridad interior, y por esa razón se encuentran justificadas”.

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“La evidencia reunida permite tener por corroborado que la injerencia de este organismo en esta actividad mediante los informes objeto de imputación- fue realizada en el marco de sus atribuciones, siendo que la potencial existencia de un riesgo contra la seguridad del Presidente es un objeto específico de la inteligencia nacional”, escribieron Llorens, Bruglia y Bertuzzi.

“Los informes que conforman los hechos de reproche, se evidencian claramente como actividades tendientes a preservar las instituciones constitucionales ntre las que se encuentra la figura presidencial y/o la seguridad interior-. Ello, frente a cualquier riesgo, como por ejemplo la supervisión de movilizaciones que podían circundar las visitas presidenciales y/o los acercamientos a su figura y/o a su residencia, todo lo cual resulta atendible dentro de los propósitos que inspiran a la inteligencia en este ámbito”, sostuvieron.

“Corresponde revocar los autos de procesamiento apelados y disponer la desvinculación definitiva de los encartados en este proceso, dejándose consecuentemente sin efecto las medidas cautelares fijadas”, concluyeron.