Anmat prohibió un jabón importado para la ropa por no estar rotulado en español

El organismo detectó que el detergente no contaba con número de registro nacional. Además, se prohibieron bombas de infusión y una empresa farmacéutica

Viernes 13 de Febrero de 2026

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización y el uso de un jabón líquido para la ropa importado que no contaba con rótulo en idioma español ni número de registro nacional obligatorio. El organismo ordenó su retiro inmediato de los comercios en todo el país.

La medida se oficializó mediante la Disposición 259/2026, publicada en el Boletín Oficial, donde la autoridad sanitaria detalló las irregularidades detectadas.

El producto involucrado es el detergente "Tide ORIGINAL", identificado como "Tide Original. 17 LOADS BRASSEES. 739 ml. P&G. smartlabel". La investigación comenzó tras una denuncia que alertó sobre su comercialización en un supermercado de Pilar, provincia de Buenos Aires.

El envase presentaba únicamente inscripciones en inglés, sin sobrerotulado en castellano y sin consignar el número de registro nacional exigido por la normativa vigente.

El Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal recomendó prohibir la venta y el uso de todos los lotes del producto en el territorio nacional.

A partir de la investigación, el área técnica instruyó un sumario sanitario contra GLAM DISTRIBUCIONES S.R.L. y su directora técnica, Marcela Ester Falguera, por incumplimientos vinculados al rotulado en idioma nacional y a la obligación de conservar contramuestras.

La firma figura registrada ante Anmat bajo el RNE N° 020048208 como importadora y exportadora de artículos de uso doméstico. En un primer momento, sus representantes manifestaron desconocer el origen del lote denunciado, pero luego reconocieron su responsabilidad tras analizar una muestra que permitió identificar el número correspondiente.

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Según consta en la disposición, la empresa informó que no disponía de contramuestras, lo que contraviene las exigencias regulatorias en materia de trazabilidad. Por ese motivo, la ANMAT ordenó el retiro del lote involucrado y su seguimiento para impedir su circulación.

Otras prohibiciones de Anmat

A través de la Disposición 492/2026, el organismo prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el país de varias bombas de infusión denunciadas como extraviadas.

La medida se adoptó tras una presentación de la empresa ICU Medical Argentina S.R.L., que reportó la pérdida de equipos modelos Plum A+TM (series 18314614, 18313908, 18311337, 18313170, 18312661, 18302456 y 18301723) y Plum360TM (serie 20852391).

El organismo explicó que desconoce el estado y las condiciones en las que se encuentran los dispositivos, por lo que resolvió impedir su uso para resguardar la seguridad de pacientes y profesionales.

Ambos equipos están clasificados como de riesgo III y se destinan a infusiones parenterales, enterales y epidurales. En el caso del modelo Plum360TM, también permite administrar sangre o productos sanguíneos.

Mediante la Disposición 499/2026, Anmat dio de baja a IDEFARMA S.R.L. como establecimiento habilitado para el acondicionamiento de especialidades medicinales, tras constatar la ausencia de actividad desde su habilitación inicial en su planta de Adrogué, provincia de Buenos Aires.

El Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) otorgó conformidad al procedimiento luego de verificar la inactividad de la firma.

La empresa contaba con autorización para el acondicionamiento primario de especialidades medicinales sólidas en blísteres, cintas y sobres no estériles, sin principios activos betalactámicos, citostáticos ni hormonales, además de realizar tareas de acondicionamiento secundario.