Sábado 22 de Noviembre de 2008
La Plata.— La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió que la policía no podrá llevar a comisarías a menores de edad que cometan contravenciones ni tampoco para averiguar sus identidades. La medida la adoptó el máximo Tribunal provincial al rechazar una presentación efectuada por la Fiscalía de Estado bonaerense contra un fallo del juez Luis Federico Arias, quien días atrás planteó que es inconstitucional detener a menores de 18 años por averiguación de identidad.
Arías explicó que su resolución, ahora avalada por la Corte, "tiene que ver exclusivamente con menores que no están en conflicto con la ley, es decir aquellos que por averiguación de antecedentes o en caso de contravenciones eran llevados a las comisarías".
Portación de rostro. "Muchos de estos chicos estuvieron detenidos por portación de rostro, porque a alguien no le gustó su cara y llamó a la policía para que se lo lleve", citó Arias.
El fallo de la Corte establece que los chicos que cometan contravenciones no podrán ser llevados a las comisarías y deberán ser puestos a disposición de los servicios que prevé la nueva ley de niñez bonaerense. Además de ratificar lo dispuesto por Arias, prohíbe que sean trasladados a comisarías sólo para averiguar su identidad.
Arias falló al hacer lugar a un hábeas corpus presentado por la Defensoría Oficial de Responsabilidad Penal Juvenil número 16 de La Plata, a cargo de Julián Axat, quien planteó que los niños, niñas y jóvenes de La Plata padecen "una amenaza actual, inminente y potencial a partir del cercenamiento de su libertad ambulatoria, realizado con motivo de ilegales, arbitrarias e inconstitucionales figuras policiales que se llevan a cabo sin el debido control judicial".
Inconstitucional.Arias consideró que "no resulta razonable que habiendo renunciado el Estado a la posibilidad de sancionar penalmente a un menor de 18 años por la comisión de determinados delitos, se promueva la aplicación de sanciones a los mismos por infracciones contravencionales". Y sostuvo que "resulta irrazonable que se faculte a la policía para privar de la libertad a un menor, por idéntico término al establecido para el caso de una aprehensión dispuesta frente a la existencia de posible un delito", precisó.
Consideró "irrazonable e inconstitucional" la detención de menores por averiguación de identidad y recomendó el uso de "avances tecnológicos actuales" que permitan averiguar la identidad de un sujeto en la vía pública, sin su traslado a la seccional. Para Arias "la aprehensión de un menor de 18 años para constatar su identidad y determinar si alguna autoridad lo requiere penalmente, teniéndolo demorado por varias horas, constituye una privación de la libertad arbitraria, ilegal e inconstitucional". l (Télam)