Lunes 19 de Diciembre de 2011
Cinco países de América latina han tipificado penalmente el homicidio de mujeres por razones de género, mientras que en Argentina hay tres proyectos de ley para que el femicidio sea incluido como figura penal.
Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Chile y Colombia son los países con legislación de estas características.
Las legisladoras con mandato cumplido, Cecilia Merchán, por un lado, y Fernanda Gil Lozano, por el otro, presentaron iniciativas en ese sentido, a la que se suma la de Margarita Stolbizer.
El femicidio está reglamentado en Chile, Costa Rica, Guatemala y El Salvador.
Las leyes de Costa Rica y Chile sólo hablan de femicidio en relaciones de pareja, en tanto las de Guatemala y El Salvador incluyen los asesinatos cometidos por desconocidos de la víctima.
En Colombia, una modificación de Código Penal no emplea el término feminicidio o femicidio, pero un articulado contempla como agravante de homicidio "si se cometiera contra una mujer por el hecho de ser mujer". México realiza reformas a leyes y tipificó el femicidio como delito que se castigará con penas de 40 a 60 años de prisión.
La Casa del Encuentro, una de las primeras organizaciones que pidió incorporar al femicidio en el Código Penal argentino, reveló que entre enero y octubre de este año 237 mujeres fueron asesinadas, un 10 por ciento más que el mismo período de 2010.
Casa del Encuentro prefiere la utilización de "femicidio" porque "es político, es la denuncia a la naturalización de la sociedad hacia la violencia sexista. Es una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres, que es el asesinato cometido por un hombre hacia una mujer a quien considera de su propiedad".
Asimismo, recuerda que el significado fue desarrollado por la escritora estadounidense Carol Orlock en 1974 y utilizado públicamente en 1976 por la feminista Diana Russell ante el Tribunal Internacional de los Crímenes contra las Mujeres, en Bruselas.
En tanto, la jurista boliviana Julieta Montaño -en el documento "Contribuciones al debate sobre la tipificación penal del feminicidio/femicidio", editado por el Comité de América latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem)- afirma que etimológicamente "el femicidio sería el concepto análogo a homicidio" y reconoce que otra corriente de pensadoras consideran que la palabra "no da cuenta de la complejidad ni de la gravedad de los delitos que atentan contra la vida de las mujeres por su condición de género".
Muchas especialistas se inclinan por "feminicidio", definido por Naciones Unidas como "el asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género que ocurre tanto en el ámbito privado como público".
Por su parte, el ministro de la Corte Suprema de Justicia Eugenio Zaffaroni consideró "una pieza arqueológica" la figura del avenimiento que permite que un violador quede libre "si es perdonado" por su víctima, y que en el caso concreto de carla Figueroa fue el causante de su muerte.