Piden agravar penas por delitos contra ancianos
El diputado nacional Oscar Martínez (FPV-Santa Fe) presentó un proyecto de ley para modificar artículos del Código Penal argentino, con la finalidad de endurecer las penas para quienes roben, golpeen o maten...

Martes 29 de Mayo de 2012

El diputado nacional Oscar Martínez (FPV-Santa Fe) presentó un proyecto de ley para modificar artículos del Código Penal argentino, con la finalidad de endurecer las penas para quienes roben, golpeen o maten a personas que superen los 65 años de edad. También se incluyen aquellas personas que padecen una discapacidad o enfermedad que les impide valerse por sí mismas.

"Los niveles de violencia a los que está llegando la delincuencia nos alarma y preocupa profundamente. Y últimamente parecen no tener distinciones, ya que los agresores no tienen reparos ni siquiera con los abuelos, niños, embarazadas y discapacitados, indefensos frente a una situación de ataque, que los coloca en un estado de mayor vulnerabilidad, lo que requiere una mirada diferente por parte de la Justicia" dijo Oscar Martínez, legislador nacional del Frente Para la Victoria por Santa Fe.

La iniciativa del diputado requiere agregar un inciso más al artículo 80 del Código Penal, agravando la figura de homicidio, en donde se establecería prisión perpetua también "a quien mate una persona mayor de 65 años de edad, o persona discapacitada, enferma o que no pueda valerse por sí misma".

También se proyecta comprender a los mayores de 65 años y a los incapacitados en el inciso 1º del apartado 142 bis, donde se estipula de diez a 25 años de cárcel al que los "sustrajere, retuviere u ocultare" con el fin de obligarlos tanto a ellos como a un tercero, a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad. Aquí se agrava la figura del secuestro extorsivo, agregando a la de una mujer embarazada, la de los sujetos pasivos descriptos. Lo mismo con el artículo 142, que plantea "reclusión de dos a seis años, al que los privare de su libertad personal". "Los agravamientos mencionados se justifican ya que el sujeto activo del delito actúa sobre seguro, a sabiendas de la situación de superioridad física y psíquica en la que se encuentra" explicó el legislador nacional, y seguidamente remarcó que "no se afecta al tipo penal cerrado, puesto que no hace alusión sólo a la indefensión o debilidad de la víctima, sino que establece un tipo concreto, fijo, que puede ser tasado". El proyecto de Martínez solicita además agregar al artículo 167 del citado código (pena de tres a diez años por robos) "si se cometiere con violencia física en persona mayor de 65 años de edad, o persona discapacitada, enferma o que no pueda valerse por sí misma". Para el caso del 174, pide anexar en la lista de los sujetos comprendidos con prisión de dos a seis años, a quien les cometiere fraude.

El diputado Oscar Martínez explicó que "en nuestro país los adultos mayores representan más del 10 por ciento del total de la población, hablamos entonces de más de cuatro millones y medio de personas. Se toma la edad de 65 años porque es la mayor establecida por nuestra legislación para brindar los beneficios de la jubilación, entendiéndose que a partir de esta edad la persona debería obtener el retiro de la actividad laboral para comenzar a disfrutar de una vida más tranquila".