Miércoles 28 de Abril de 2010
El juez Julio Kesuani condenó a Damián Leonardo Rocca por el delito de homicidio agravado en concurso ideal con incendio intencional. Para dictar el fallo, el magistrado se basó en el artículo 80 del Código Penal ya que entendió que el incendio de la casa de la pareja asesinada fue "provocado intencionalmente" con la finalidad de borrar indicios, huellas o elementos de prueba" para que el hecho quede impune.
"El siniestro aparece como el medio o el ingrediente del tipo para agravar el homicidio", explicó el juez en la sentencia. En su alegato, el abogado Néstor Campana, quien representó al condenado, había pedido la absolución de su cliente. Señaló que las pruebas de cargo contra Rocca "no superaban la presunción de inocencia" que le asistía. El letrado también rechazó entonces la demanda civil que presentó la madre de Débora y negó como válidos todos los daños reclamados por la familiar de la chica asesinada.
A su vez, los abogados Marisa Gasparini y Guillermo Llaudet, defensores de Fernández y Santos, señalaron al alegar que a sus clientes no se les podía "achacar" una conducta delictiva por la "gratitud que sentían" por Rocca. En consecuencia, pidieron la absolución de ambos.