Miércoles 23 de Mayo de 2012
El artículo 161 de la ley de servicios de comunicación audiovisual, bloqueado por una medida cautelar del Grupo Clarín a la que ayer puso fecha de vencimiento la Corte Suprema, impone un plazo para adecuarse a la desmonopolización.
El referido plazo de un año rige para la llamada "desinversión" o venta, por parte de empresas o grupos, de aquellos medios que excedan lo permitido por la ley, en particular por el artículo 45 que regula la multiplicidad de licencias.
"Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición", establece el artículo 161. Señala además que, vencido ese plazo, "serán aplicables las medidas que al incumplimiento —en cada caso— correspondiesen".