La Cámara Penal dejó libre de reproche a un repartidor por un doble homicidio
Un fallo de la Cámara Penal dejó fuera de reproche penal a Germán Giosa, el repartidor de pan que en agosto de 2008 mató a dos jóvenes y alegó haber defendido su vida durante un asalto. El tribunal confirmó la falta de mérito que había recibido por el doble homicidio y requirió que, directamente, sea sobreseído en la causa.

Miércoles 06 de Enero de 2010

Un fallo de la Cámara Penal dejó fuera de reproche penal a Germán Giosa, el repartidor de pan que en agosto de 2008 mató a dos jóvenes y alegó haber defendido su vida durante un asalto. El tribunal confirmó la falta de mérito que había recibido por el doble homicidio y requirió que, directamente, sea sobreseído en la causa. El comerciante de 33 años había sido procesado por la portación ilegal de un arma de su padre que llevaba bajo el asiento de su auto, pero ahora los jueces —con un voto en disidencia— revocaron esa medida.

A partir del fallo de la Sala I de la Cámara Penal, una vez que la causa baje al juzgado de Instrucción a cargo de María Luisa Pérez Vara y se formalice su sobreseimiento, Giosa quedará desvinculado de la causa. Es que el tribunal de apelación le dio crédito a su versión de que disparó para defender su vida y, además, dos de los tres integrantes entendieron que no cometió delito al llevar en su auto un arma sin permiso. Por eso también quedó desligado del delito de portación de arma de fuego, que tiene una pena de 3 años y medio de prisión.

En agosto pasado Giosa había obtenido la falta de mérito por el doble homicidio pero en la misma resolución resultó procesado por la portación del revólver Colt calibre 38 largo, registrado a nombre de su padre, con el que cometió el hecho. Entonces la jueza Pérez Vara entendió que había pruebas que respaldaban la versión del distribuidor, pero a su criterio no había certeza de que hubiera actuado en legítima defensa.

Sin embargo para la Cámara Penal, que revisó el caso, “no cabe duda de que el imputado corrió riesgo de muerte” y fue “justificada su reacción” al cometer los homicidios de Alberto Matías Ascensio, de 19 años, y de Sergio Nicolás Morel, de 16.

Domingo gris. El hecho ocurrió el domingo 31 de agosto de 2008 cuando Giosa fue en la Renault Kangoo de la panadería de sus padres a entregar un pedido a un negocio de Riobamba 4391.

Llegó a las 9 y el negocio estaba cerrado. Estacionó de culata y se quedó esperando al dueño. El muchacho contó que en ese momento se acercaron caminando dos jóvenes y el más alto de los dos se “abalanzó”, abrió la puerta del utilitario y comenzó a forcejear con él para sacarlo del vehículo. Mientras, el más bajo le pidió “todo lo que tenía” y le pegó un culatazo en la cabeza con un arma.

Según el relato de Giosa, el más alto le sacó un Nextel azul y la billetera con “unos mil pesos” y enseguida advirtió que había un arma bajo el asiento del conductor. “Está calzado. Quemalo, quemalo”, le gritó a su cómplice, según Giosa, quien dijo que el joven gatilló dos veces pero el tiro no salió.

“Temiendo por mi vida, logré soltarme para tomar el arma de mi papá. Cuando me di vuelta le di un disparo al que forcejeaba y luego le tiré al bulto del petiso que seguía gatillando”, relató Giosa. Dijo que tiró “con los ojos cerrados” y que no lo hizo “a matar” sino para defender su vida. “Pensé que agarraba el arma o me mataban”, refirió. Se fue del lugar y luego se presentó en la comisaría 13ª.

En el lugar, caído frente a la granja, quedó el cuerpo del chico de 15 años con un tiro en el corazón. Dentro de la zanja hallaron a Ascensio, de 19, con un disparo en la cabeza. La policía planteó que al lado del adolescente se encontró un revólver calibre 32 largo color crema y el celular del panadero.

Fundamentos. La Cámara intervino en el caso tras la apelación del defensor Víctor Corvalán. Para los camaristas Ernesto Pangia y Ramón Ríos quedó demostrado que los jóvenes fallecidos “con intención de robo golpearon (al repartidor) en la cabeza, lo lesionaron e incluso le llegaron a gatillar y sólo por obra del azar no lo mataron. No cabe duda de que el imputado corrió riesgo de muerte, porque las balas no salieron del arma del atracador y ello torna ampliamente justificada su reacción”, concluyeron.

Con respecto a la portación de arma, el juez Pangia planteó que estuvo “justificada porque a partir de ello preservó su vida”. El camarista Ríos consideró que el joven no tenía conocimiento de que el arma estaba bajo el asiento. Se basó en la declaración del padre de Giosa, quien dijo que tenía el revólver “por seguridad” y explicó: “Anoche guardé la chata, cerré el negocio y me la olvidé bajo el asiento. La tengo porque practico tiro y para proteger a mi familia”.

Ese tramo del fallo contó con el voto en disidencia del juez Adolfo Prunotto Laborde (ver aparte). De todos modos, impera el criterio de la mayoría y en breve Giosa quedará desligado del trámite penal.