Condenan a una pareja por los daños que cometió el hijo
La Suprema Corte de Justicia bonaerense ratificó el fallo de un tribunal de instancia inferior que condenó a una pareja marplatense a pagar una indemnización por los daños que ocasionó su hijo, menor de edad, a otra persona a la que atropelló con su bicicleta.

Miércoles 09 de Noviembre de 2011

La Suprema Corte de Justicia bonaerense ratificó el fallo de un tribunal de instancia inferior que condenó a una pareja marplatense a pagar una indemnización por los daños que ocasionó su hijo, menor de edad, a otra persona a la que atropelló con su bicicleta.

La resolución del máximo tribunal provincial sienta un precedente ya que el castigo a los padres por los errores cometidos por sus hijos es un tema polémico e incluso en algunos municipios se debatió la implementación de ordenanzas con condenas en ese sentido.

El fallo se basa en una resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial marplatense, que condenó a Miguel Sidorín y Lidia Susana Borotti, padres del menor de edad, por "daños y perjuicios" contra Raúl Alberto González, quien sufrió "traumatismo de cráneo con secuelas" al ser atropellado por el adolescente a fines de los 90.

Ese dictamen había sido rechazado por los condenados, quienes interpusieron un recurso de inaplicabilidad de ley, ya que calificaron la medida de "absurda" y aseveraron que "han procurado brindarle a su hijo una educación y contención acorde con su edad, madurez y posición social".

La Corte rechazó la resolución del tribunal anterior, que había dispuesto que se abone la indemnización mediante la tasa "activa" que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires, por lo que se debe aplicar la tasa "pasiva", y ratificó el resto del dictamen condenatorio para los padres del chico.