Monotributo: cuáles son los montos y topes de facturación según categoría y actividad para junio 2026

Arca actualizó el régimen con un aumento del 14,3%. Además, desde la entidad alertaron sobre las consecuencias de no pagarlo y cómo regularizar tu deuda

11:34 hs - Lunes 18 de Mayo de 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) oficializó la actualización de las escalas del monotributo para junio de 2026. El ajuste aplica un incremento del 14,3%, en línea con la inflación acumulada durante el último semestre, y modifica tanto las cuotas mensuales como los topes de facturación anual.

Con los nuevos valores, los contribuyentes deberán revisar su situación fiscal para determinar si continúan dentro del régimen simplificado o si deben pasar al Régimen General.

La actualización impacta sobre el componente impositivo, el aporte jubilatorio y la obra social que integran la cuota mensual.

Montos mensuales según categoría y actividad para junio 2026

Arca confirmó los nuevos importes mensuales para cada categoría del monotributo. Los valores varían según se trate de prestación de servicios o venta de bienes:

  • Categoría A: $42.386,74 (servicios y bienes)
  • Categoría B: $48.250,78 (servicios y bienes)
  • Categoría C: $56.501,85 (servicios) / $55.227,06 (bienes)
  • Categoría D: $72.414,10 (servicios) / $70.661,26 (bienes)
  • Categoría E: $102.537,97 (servicios) / $92.658,35 (bienes)
  • Categoría F: $129.045,32 (servicios) / $111.198,27 (bienes)
  • Categoría G: $197.108,23 (servicios) / $135.918,34 (bienes)
  • Categoría H: $447.346,93 (servicios) / $272.063,40 (bienes)
  • Categoría I: $824.802,26 (servicios) / $406.512,05 (bienes)
  • Categoría J: $999.007,65 (servicios) / $497.059,41 (bienes)
  • Categoría K: $1.381.687,90 (servicios) / $600.879,51 (bienes)

>> Leer más: Cartelera económica: la industria debate sobre su futuro

Los nuevos topes de facturación anual

Además del aumento en las cuotas, ARCA elevó los límites máximos de ingresos brutos permitidos para permanecer dentro del régimen simplificado:

  • Categoría A: hasta $10.277.988,13
  • Categoría B: hasta $15.058.447,71
  • Categoría C: hasta $21.113.696,52
  • Categoría D: hasta $26.212.853,42
  • Categoría E: hasta $30.833.964,37
  • Categoría F: hasta $38.642.048,36
  • Categoría G: hasta $46.211.109,37
  • Categoría H: hasta $70.113.407,33
  • Categoría I: hasta $78.479.211,62
  • Categoría J: hasta $89.872.640,30
  • Categoría K: hasta $108.357.084,05

Quienes superen esos parámetros deberán inscribirse en el Régimen General y tributar como responsables inscriptos.

Quiénes pueden adherirse al monotributo

ARCA informó que el régimen simplificado está habilitado para:

  • Personas que venden productos
  • Prestadores de servicios profesionales o comerciales
  • Locadores de bienes muebles e inmuebles
  • Integrantes de cooperativas de trabajo
  • Trabajadores independientes de emprendimientos productivos
  • Sucesiones indivisas que continúan la actividad de una persona fallecida

En todos los casos, los contribuyentes no pueden superar el límite máximo de facturación anual de $108.357.084,05. Además, el régimen admite hasta tres actividades simultáneas o tres unidades de explotación.

Por otro lado, también existen ciertas exclusiones al sistema simplificado, tales como: aquellas personas que facturen más del límite de la categoría K, los contribuyentes que importaron bienes o servicios para comercializar durante los últimos 12 meses, quienes tengan más de tres actividades o unidades de explotación, los comerciantes cuyos productos superen un precio unitario de $536.767,47 y quienes integren sociedades anónimas, SRL o sociedades colectivas.

Qué pasa si no pagás el Monotributo y cómo regularizar deudas

Arca recordó que la falta de pago genera intereses y puede derivar en sanciones administrativas. El organismo explicó que el sistema registra automáticamente las deudas, lo que impide realizar trámites como la recategorización o acceder a planes de pago mientras existan cuotas impagas.

La sanción más severa es la exclusión automática del Monotributo tras acumular diez cuotas consecutivas sin pagar. En ese caso, el contribuyente queda dado de baja y no puede volver al régimen durante dos años. Durante ese período deberá tributar en el Régimen General como responsable inscripto en IVA y Ganancias.

Los monotributistas con deuda pueden regularizar su situación desde el portal oficial de Arca. El trámite se realiza con CUIT y Clave Fiscal a través del servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, donde se visualizan los períodos adeudados y se puede generar un Volante Electrónico de Pago (VEP).

Además, el organismo mantiene vigente la posibilidad de adherirse a planes de financiación mediante el sistema “Mis Facilidades”.

Los valores definidos para junio seguirán vigentes hasta julio de 2026. Ese mes, se aplicará una nueva actualización basada en la inflación acumulada durante el primer semestre del año.