La Corte ordenó pagar en dólares una renta vitalicia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció el derecho de la beneficiaria de una renta vitalicia previsional establecida en dólares estadounidenses a percibir las sumas correspondientes a ese contrato en esa moneda.

Miércoles 17 de Septiembre de 2008

La Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció el derecho de la beneficiaria de una renta vitalicia previsional establecida en dólares estadounidenses a percibir las sumas correspondientes a ese contrato en esa moneda.

  El tribunal supremo estableció ese criterio al declarar la inconstitucionalidad de la pesificación de un contrato de renta vitalicia aplicado en el 2002 y considerar, por voto de mayoría, que el pago en la moneda originalmente pactada forma parte de los riesgos propios de la actividad, en detrimento del argumento del "esfuerzo compartido".

  La Corte hizo lugar a la acción de amparo promovida por Estela Sara Bendetti contra el Poder Ejecutivo y la aseguradora Siembra Seguros de Retiro.

  Para la mayoría de la Corte, integrada por el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay, la aseguradora debe cumplir con el contrato de renta vitalicia previsional en las condiciones pactadas, en este caso, dólares estadounidenses.

  Los jueces consideraron que la renta vitalicia previsional "es una modalidad de jubilación o retiro definitivo por invalidez que contrata un afiliado con una compañía de seguros de retiro, y, por ello, se trata de una prestación previsional que merece especial tutela por la Constitución", según un comunicado de la Corte.

  La Asociación de Aseguradoras de Vida y Retiro de la República Argentina (Avira) señaló que "estudiará el eventual impacto que puede tener en el sector" el fallo de la Corte. Hasta el momento, el pago de rentas vitalicias se ajustaba a través del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), a lo que se sumaba un beneficio adicional en base al buen resultado de la compañía. l