Miércoles 27 de Diciembre de 2023
El gobierno nacional oficializó el miércoles la prórroga por un año de la vigencia del Presupuesto 2023, con la publicación de decreto 88/2023 en el Boletín Oficial.
El presupuesto entra en vigencia ya a partir de este miércoles. En esta oportunidad, a diferencia de lo que sucedió con el DNU que comunicó el presidente Javier Milei el pasado miércoles con sus 30 principales medidas, estableció en el artículo 5 que “el presente decreto comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial”.
“Dado lo avanzado del Ejercicio Presupuestario 2023, no resulta posible definir con inmediatez y precisión las adecuaciones referidas en el artículo 27 de la mencionada ley, por lo cual estas se llevarán a cabo oportunamente. Teniendo en cuenta tal circunstancia, y con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, corresponde prorrogar los recursos, fuentes financieras y créditos vigentes al cierre del Ejercicio 2023”, señala la norma en sus considerandos.
En tanto, en el artículo 2 instruye al jefe de Gabinete de Ministros, Nicolás Posse, a “adecuar, oportunamente, el presupuesto que se prorroga mediante el artículo 1 del presente decreto con el fin de dar cumplimiento a los incisos 1 y 2 del artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N24.156 y sus modificatorias”.
La inclusión de “sus modificatorias” alude a todas las ampliaciones y reasignaciones de gastos y recursos dispuestas a lo largo del año por medio de decretos de necesidad y urgencia y decisiones administrativas, por más de $ 11 billones.
De acuerdo con el análisis de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), la ley 27.701 estableció un crédito presupuestario inicial de 28 billones 954.031 millones de pesos y el vigente hasta la última modificación ascendía a 40 billones 75.656 millones, con un incremento del 38,4% respecto de la autorización inicial.
El decreto que formaliza la prórroga de la vigencia del Presupuesto 2023 lleva las firmas del presidente Javier Milei; del jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y del ministro de Economía, Luis Caputo.
Precisamente, el jefe del Palacio de Hacienda fue el 13 de diciembre el primer funcionario en confirmar que se iba a recurrir a una prórroga y no a la sanción de una nueva ley, por el escaso tiempo disponible para el debate parlamentario.
El proyecto de ley de Presupuesto 2024 -que finalmente queda descartado a partir de la prórroga del anterior- fue presentado en la Cámara de Diputados el 15 de septiembre de este año, dentro de los plazos establecidos en la ley 24.156 de Administración Financiera.
Por entonces, tanto el ministro de Economía y precandidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, como Milei, su oponente de La Libertad Avanza, finalmente consagrado presidente, coincidieron en postergar el debate para después de las elecciones del 22 de octubre. La convocatoria a una segunda vuelta dejó un margen aún más estrecho para el tratamiento del proyecto y en consecuencia en 2024 se ejecutará la prórroga del Presupuesto 2023 y sus modificatorias, tal como ya había ocurrido con los ejercicios 2011, 2020 y 2022.
En cuanto al incremento del déficit primario y financiero dispuesto por normas del Poder Ejecutivo que modificaron la ley de Presupuesto, el detalle es el siguiente:
- Decisión administrativa 122/2023: $52.328 millones.
- Decisión administrativa 242/2023: $48.751 millones.
- Decisión administrativa 356/2023: $22.347 millones.
- Decisión administrativa 435/2023: $15.212 millones.
- Decisión administrativa 540/2023: se incrementa el déficit primario en $73.903 millones y $ el financiero en $73.907 millones.
- Decisión administrativa 631/2023: $9.509 millones.
- Decreto de Necesidad y Urgencia 436/2023: se incrementa el déficit primario en 2 billones 484.704 millones de pesos y el financiero en 4 billones 6.204 millones.
- Decisión administrativa 814/2023: $416.556 millones.
- Decisión administrativa 884/2023: se incrementa el déficit primario en $192.680 millones y el financiero en $192.808 millones.
- Decreto de Necesidad y Urgencia 647/2023: se incrementa el déficit primario en $572.630 millones y el financiero en $575.605 millones.
La ley de Administración Financiera permite la prórroga
La Ley 24.156 de Administración Financiera permite la prórroga del Presupuesto para el año siguiente, con ciertas condiciones contempladas en el artículo 27 respecto de los gastos y recursos “si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el Presupuesto general”.
En ese caso, deberá “regir el que estuvo en vigencia el año anterior”, previa publicación en el Boletín Oficial del decreto que formalice la prórroga.
En el artículo se detallan una serie de “ajustes que debe introducir el Poder Ejecutivo Nacional” que, en el caso de los recursos, consisten en eliminar los rubros que no puedan ser recaudados nuevamente, suprimir los ingresos de operaciones de crédito público que ya fueron utilizadas, incluir los recursos provenientes de otras operaciones de crédito en ejecución y excluir los excedentes de los ejercicios anteriores.
En cuanto a los gastos, se eliminan los créditos que no deban repetirse por haberse cumplido los fines para los que fueron previstos, se incluyen los correspondientes al servicio de la deuda y las cuotas que se deban aportar por compromisos internacionales, así como los créditos “indispensables para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios”.
Al respecto, el presidente de la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (Asap), Gonzalo Lecuona, ejemplificó: “Si se contemplaron recursos para asfaltar una ruta y la obra ya se hizo, obviamente no se vuelve a pavimentar y esos recursos quedan para que el Poder Ejecutivo defina para qué los va a usar”.
En el mismo sentido, las erogaciones previstas en la ley de Presupuesto 2023 correspondientes al proceso electoral del año que termina tampoco se prorrogan, y los recursos que se destinaron a tal efecto serán redistribuidos.
La ley de Administración Financiera, considerada por los especialistas como “la columna vertebral” del ordenamiento del Estado nacional, fue sancionada en 1992 y sus principales gestores fueron los entonces secretario de Hacienda, Ricardo Gutiérrez, y subsecretario de Presupuesto, Marcos Makon.
Más allá de la flexibilidad que le concede al Poder Ejecutivo, la misma ley 24.156 también le fija límites en lo que respecta a las modificaciones al Presupuesto en el transcurso de su vigencia, razón que explica la distinción entre las Decisiones Administrativas y los DNU.
El artículo 37 de la ley establece qué cuestiones quedan reservadas al Congreso y cuáles puede modificar el Poder Ejecutivo, que sólo podrá llevar a cabo reestructuraciones y reasignaciones del gasto que no afecten el tamaño total del Presupuesto ni impliquen un mayor endeudamiento.
Esas medidas son las que se resuelven habitualmente mediante decisiones administrativas de la Jefatura de Gabinete, pero en caso contrario debe recurrirse a un DNU, sujeto a la aprobación posterior del Poder Legislativo.
De todos modos, Lecuona señaló que el gobierno puede elaborar un nuevo proyecto de ley y someterlo a la aprobación legislativa en el curso de 2024, una situación que ya se dio en 2002.
“Nada impide presentar un nuevo proyecto, aunque no es algo común”, indicó Lecuona, para quien, “con esta macroeconomía, elaborar un presupuesto es complicado, pero es más razonable hacerlo en base a pautas actualizadas que ejecutar uno reconducido diseñado con supuestos de hace más de un año”.
En otras palabras, el Presupuesto prorrogado para 2024 se elaboró en base a supuestos macroeconómicos presentados en septiembre de 2022, con previsiones de una inflación anual del 60% y un tipo de cambio nominal de $269,90 por dólar, notoriamente por debajo de la realidad actual.