Pidió que sacaran una antena, nadie lo hizo y no pudo construir su casa
Una vecina inició una demanda contra un municipio y una empresa de telefonía porque demoraron 5 años en quitar el monoposte

Sábado 28 de Octubre de 2023

Hace unos días se dio a conocer la resolución de un caso testigo sobre los perjuicios que puede acarrear a la comunidad la instalación irregular de una antena de telefonía. El hecho ocurrió en Funes, donde una mujer compró un lote lindero al monoposte para construir su casa. En la Municipalidad le aseguraron que la estructura era irregular y se debía desmantelar, pero el trámite se demoró años, se vio obligada a desistir del proyecto e inició una demanda por daños y perjuicios. La causa finalmente se cerró con la condena al municipio y a la empresa y el pago de una indemnización de 1.500.000 pesos.

Por distintas circunstancias, la migración de ciudadanos rosarinos a localidades satélite es constante. Y en este caso la intención de Carolina fue concretar el sueño de la casa propia. Para ello compró un lote en junio de 2007 en calle Saldías S/Nº, entre ruta nacional Nº9 y Santa Fe, una zona despoblada por ese entonces.

Un lote, la casa propia y la antena

Pero en un terreno lindero, en Minetti al 1900, había una una antena de telefonía celular. Entonces, y previo a comprar la porción de tierra, consultó sobre el estado de la antena en la Municipalidad de Funes. Allí, le aseguraron que funcionaba en contravención a la normativa vigente, en violación a la ley provincial 12.362, la ordenanza municipal Nº 196/00 y los decretos 286/02 y 377/13.

La mujer entonces confió que la estructura sería retirada en un lapso prudencial, y avanzó en la adquisición del terreno. Sin embargo, un arquitecto le advirtió que la casa a construir quedaría a muy pocos metros de la antena, y la alertó sobre los peligros para la salud que acarrea la radiación, reconocidos a nivel mundial.

Frente a ese escenario, la mujer volvió a la Intendencia funense, donde hizo nuevas consultas sobre la legalidad de la antena. Allí le sugirieron promover un reclamo administrativo, que sería de rápida resolución y ejecución, por lo cual el 14 de agosto de 2009 inició el expediente Nº 29.474 a través del que solicitó la inmediata remoción de la antena.

Con esa vía encaminada y la promesa de una resolución en tiempo razonable, Carolina encargó a su arquitecto el proyecto de la vivienda. Y para afrontar los onerosos gastos de la obra, tomó un préstamo de 170.000 pesos.

Caso omiso

A partir del expediente administrativo, la Municipalidad sacó el decreto 455/10 el 17 de noviembre de 2010, donde intimó a la empresa Telecom Personal SA a “desmantelar la estructura”, e impuso una multa de 50.000 pesos.

Pero la empresa no acató la resolución y continuó utilizando la antena “en el marco de la ilegalidad y lucrando con ella a través del servicio de telefonía celular”, indicó la mujer al iniciar la demanda por daños y perjuicios.

Además alegó que lo desconcertante fue que “el municipio de Funes adoptó una postura hartamente pasiva, silenciosa, negligente e impropia de una institución pública, que no hizo cumplir sus propias órdenes, generando con su omisión en el ejercicio de poder de policía innumerables lesiones, daños y perjuicios en obvia afectación al medio ambiente y a la salud pública”.

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Embarcada en su proyecto y frente a esta situación, a Carolina no le quedó más alternativa que recurrir la Justicia, y en agosto de 2011 inició la demanda contra la Municipalidad de Funes, según los alcances de la ley 10.000 de intereses difusos.

La causa se tramitó en el juzgado Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, que en septiembre de 2012 hizo lugar al recurso y condenó a la accionada a que en el término de 30 días procediera a desmantelar y remover totalmente la antena de telefonía.

Pero pese a esa resolución, la Municipalidad siguió en mora, de acuerdo a las constancias del expediente, y recién en julio de 2014, es decir dos años después de la resolución judicial, y a casi cinco años de emitir su propia resolución administrativa, procedió a desinstalar la antena.

Cinco años de espera

Cuando la damnificada presentó la demanda, aseguró que “los 5 años de espera, de angustia, de incertidumbre y desazón generados inequívocamente por la pasividad de la Municipalidad y el abuso de la empresa de telefonía, le generaron gravísimas consecuencias, no sólo económicas, sino también morales y psicológicas".

Es que por el paso del tiempo abandonó la idea de construir su casa; tuvo que pagarle al arquitecto los honorarios por el proyecto que no pudo ejecutar; modificó su proyecto familiar y afrontó la difícil tarea de buscar otro inmueble, lo que culminó con la adquisición otro lote en 2012.

Tanto la Municipalidad como la firma Telecom rechazaron los planteos de la demanda con diferentes argumentos y la apelaron en distintas instancias. El expediente quedó bajo revisión del Tribunal de Responsabilidad Extracontractual Nº 2, que logró darle un cierre.

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Al avalar los argumentos de la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados y ordenó el desmantelamiento, los jueces indicaron que de las pruebas de la causa surgió que “el hecho dañoso se ha prolongado hasta julio de 2014, cuando la antena fue desmantelada".

Conducta omisiva y riesgos para la población

“La responsabilidad del hecho dañoso debe ser atribuida en su totalidad a las demandadas Municipalidad de Funes y Telecom Personal SA”, coincidieron los jueces. Y agregaron que “la conducta omisiva de la Municipalidad quedó patentizada en no dar cumplimiento a las propias normas administrativas locales que había dictado y a las que, naturalmente, estaba sometida por imperio del estado de derecho, vulnerando intereses difusos de los habitantes de la provincia en la protección del medio ambiente y la salud pública”.

Además, recalcaron que “no quedan dudas de la amenaza, riesgo o peligro de daño que para la salud de la actora y el ambiente significaba la antena ubicada en cercanías de su terreno. Y añaden sobre la problemática que, “en virtud del gran tamaño de las antenas, constituyen un peligro inminente para los vecinos que habitan en cercanías por posibles derrumbes, desprendimientos de artefactos, descargas eléctricas”.

El Tribunal confirmó el fallo a través del cual se hizo lugar a los reclamos por daños y perjuicios, y condenó a pagar a la demandante 350.800 pesos más intereses desde el momento del reclamo administrativo en la Municipalidad. Lo concreto es que la empresa Telecom Personal finalmente hizo frente al resarcimiento y abonó una suma cercana a 1.352.000 pesos.