El Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), prohibió el salame tipo casero Sutera, con planta elaboradora en General Paz Nº 240 de la localidad de Marcos Juárez, provincia de Córdoba.
La medida dispuesta por Orden Nº 110 del organismo santafesino, estableció además una sanción económica de 10 mil pesos a la firma y, además, el decomiso del producto.
Así lo confirmó el director provincial de la Assal, Raúl Samitier, quien reveló que el mencionado producto no cumple con la legislación alimentaria vigente, dado que no posee registro nacional de establecimiento.
En ese sentido, recordó que no cumplir la normativa vigente "no permite la trazabilidad y seguridad de dicho alimento”, en tanto que para elaborar alimentos se debe contar con los registros exigidos por ley aprobados por la autoridad sanitaria correspondiente y en estado activo.
Asimismo, el funcionario provincial hizo hincapié en que el mismo producto “fue intervenido en el año 2012 y 2013, dando lugar en virtud de las mismas faltas a alertas alimentarias incluidas en Ordenes Nº 064/12 y 086/13”.
Finalmente, Samitier señaló que todo ello "configura una infracción a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, Ley Nº 18.284", dejándose aclarado que la decisión fue adoptada con el fin de "prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población2.