Satisfacción por el fallo que ratificó una banca para Giustiniani
El referente de Igualdad saludó la decisión del Tribunal Electoral de denegar el recurso interpuesto por el Frente Amplio por la Soberanía

Domingo 12 de Noviembre de 2023

El diputado provincial Rubén Giustiniani celebró la decisión del Tribunal Electoral santafesino que ratificó para el referente de Igualdad la asignación de una banca en la Cámara baja a partir de diciembre próximo, al denegar el recurso interpuesto por el Frente Amplio por la Soberanía (FAS) y rechazar una medida cautelar de no innovar peticionada.

En ese sentido, Giustiniani destacó que “es la tercera oportunidad que la máxima autoridad electoral se expide en ese sentido, ratificando la decisión de más de 70 mil electores” en la provincia.

De ese modo, el tribunal mantiene la distribución original de las 22 bancas por la minoría en la futura Cámara baja santafesina con dos poltronas para el FAS y una para Igualdad, en este caso para Giustiniani.

El pronunciamiento del tribunal, firmado por su presidente, Daniel Erbetta; los vocales Armando Luis Drago y Alfredo Ivaldi Artacho y el secretario, Pablo Ayala, se conoció a menos de un mes de la jura de los 50 diputados electos en septiembre pasado.

El FAS viene afirmando que la banca le corresponde a Fabián Palo Oliver (tercero en la lista) y no a Giustiniani —primero en su nómina— porque Igualdad no alcanzó el umbral del 3 por ciento de los votos en la categoría.

El Tribunal Electoral, a su vez, entendió que no hay umbral en la elección general, pero sí en las Paso.

En los considerandos del fallo, se destacó: “El decreto Nº 9.280/83 fue dictado hace cuarenta años por un gobierno que había suprimido ilegítimamente por la fuerza la vigencia constitucional. Por ello, sería una triste paradoja, en el estado actual de la democracia, pretender que aquél decreto emanado de un poder ilegítimo que desconoció la Constitución pueda erigirse como recorte neutralizador de la Carta Magna misma”.

En otro de los puntos, el fallo sostuvo: “Ninguna de las argumentaciones vertidas por los impugnantes son demostrativas de que el razonamiento seguido por el Tribunal Electoral haya supuesto un desborde de las posibilidades hermenéuticas que requiera ser reparado por la Corte provincial en el marco del recurso de inconstitucionalidad”.

Finalmente, el Tribunal Electoral resolvió denegar la concesión del recurso interpuesto y rechazar la medida cautelar de no innovar peticionada.