El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari rechazó el pedido del magistrado Luis María Cabral de ser restituido como subrogante en la Cámara Federal de Casación Penal, de donde fue removido por el Consejo de la Magistratura.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari rechazó el pedido del magistrado Luis María Cabral de ser restituido como subrogante en la Cámara Federal de Casación Penal, de donde fue removido por el Consejo de la Magistratura.
El juez desestimó la medida cautelar presentada por Cabral tras ser removido de la Sala I de Casación cuando estaba por darse a conocer su voto en la causa por la constitucionalidad del Memorándum con Irán. “Una inteligencia orientada hacia la judicialización amplia de las decisiones de otros poderes pondría en serio riesgo tanto el ejercicio de las funciones que la Constitución asigna a cada uno de ellos como la autoridad de la propia Corte Suprema”, expresó Furnari en su resolución.
De esta forma, desestimó la medida cautelar y su decisión se suma a los rechazos por parte del máximo tribunal ante pedidos de la fiscalía y de las querellas de la causa por el Memorándum con Irán para que Cabral integrara la sala II, que debe definir si el acuerdo es o no constitucional.
“Si bien para que proceda la cautelar en estudio no se exige un examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido, sino sólo su verosimilitud, se observa que este recaudo mencionado no concurre con la vehemencia suficiente para considerar que la resolución cuestionada resulta manifiestamente arbitraria o ilegítima”, sostuvo el juez Furnari.
Ahora Cabral puede apelar ese fallo ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal o bien intentar con un per saltum a la Corte Suprema de Justicia. El tribunal presidido por Ricardo Lorenzetti ya rechazó un pedido del fiscal Raúl Pleé para que el removido juez siga en el cargo y pueda votar en la causa por el acuerdo con la república islámica sobre la causa Amia.
La remoción de Cabral por parte del Consejo de la Magistratura se dio cuando el juez ya había redactado su voto en esa cuestión y guardado en una caja fuerte, según explicó, como también lo había hecho su par Juan Carlos Gemignani y sólo restaba que lo hiciera Ana María Figueroa.
El magistrado intentó declarar inválida la decisión del Consejo de la Magistratura, la cual, según dijo, viola el artículo 7 de la ley 27.145, que rige las subrogancias, en cuanto hace a la independencia e imparcialidad. A raíz de la remoción de Cabral, el Consejo de la Magistratura designó como reemplazante al conjuez Claudio Marcelo Vázquez.
Furnari tuvo en cuenta que las acordadas en que se dispuso la subrogancia de Cabral “encontraron un límite temporal cierto y determinado” sobre su integración de la Sala I en Casación. Además, rechazó el planteo del removido juez respecto a que su subrogancia era hasta que en su reemplazo fuese designado un juez titular, y no un subrogante o un conjuez.
Furnari evitó pronunciarse sobre el pedido para declarar inconstitucionales los artículos 1º y 2º de la ley de subrogancias, tal cual lo hiciera Ricardo Recondo sobre el segundo de ellos y al declarar inválida la subrogancia que ejercía el juez federal con competencia electoral de La Plata, Laureano Durán.
Al tratarse de una cautelar, y no la cuestión de fondo, y “en el estado de la causa en que no se ha escuchado aún a la parte contraria, no resulta aconsejable, ni posible conceder la tutela requerida”, entendió el magistrado.