Lunes 18 de Septiembre de 2023
Este sábado terminó el escrutinio definitivo de las elecciones provinciales y el Tribunal Electoral resolvió que el diputado de Igualdad y Participación, Rubén Giustiniani, mantenga su banca en la Cámara de Diputados de la provincia. Tras conocer esta decisión, el diputado Palo Oliver -quien sostiene que ese lugar le corresponde- anticipó que presentará una apelación ante la Corte Suprema de Justicia.
La pelea por la banca se despertó tras los resultados del escrutinio provisorio. Desde entonces, el Frente Amplio por la Soberanía, que obtuvo 130.000 votos, aseguró que esa banca debía ser para el tercero de su lista, Palo Oliver, ya que Igualdad y Participación no llegaba a la cantidad de votos establecida en el Decreto 9280/83.
"Se ajusta al derecho esta resolución de Tribunal Electoral. Consideramos que está absolutamente y orgánicamente derogado el decreto de la dictadura militar. Parece mentira que con 40 años de democracia todavía estamos discutiendo esto y que leyes posteriores como la Ley de Lemas en su momento, que estableció el piso de 1,5% para las Paso. Esta determinaba que en el ordenamiento de D'Hondt, que dicta la Constitución Provincial, estemos precisamente en el número 41 de los 50 diputados y diputadas que van a hacer la próxima Legislatura", explicó Giustiniani al defender la derogación de la normativa que exigía un piso 3% del padrón para entrar a Diputados.
Por su parte, Palo Oliver confirmó en diálogo con LT8 que apelará esta decisión frente a la Corte Suprema de Justicia. Anticipó que lo realizará este martes, dado que el Tribunal Electoral no comunicó formalmente aún a los apoderados de lista la resolución.
"Técnicamente es una impugnación a la asignación de la banca a Rubén Giustiniani por ser indebida y sobre todo arbitraria porque se desconocen los antecedentes jurídicos. El propio Tribunal Electoral es la primera vez que otorga una banca desconociendo el 3% de padrón electoral. Eso significa que los candidatos que ingresan en la distribución tienen que haber superado los 84.000 votos y esto no sucedió. El espacio Igualdad y Participación creo que sacó 70.900 y pico, además de que desconoció la jurisprudencia de la propia Corte Suprema de Justicia, que, en cinco oportunidades, con distintos regímenes electorales, con la ley de lemas y el sistema internas abiertas y simultáneas avaló la aplicación de este piso del 3%. Refundado en que está vigente el artículo 5 de la Ley 92.080, el Código Electoral de la Nación también tiene este piso para distribuir los diputados nacionales, además de que muchas provincias del país adhirieron oportunamente a estas disposiciones", argumentó Oliver.