Sábado 19 de Noviembre de 2011
El ex subcomisario y ex intendente de Escobar Luis Abelardo Patti, condenado a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad, seguirá preso en una cárcel común, aunque se le realizarán exámenes médicos para determinar su salud.
La decisión fue tomada por la sala II de la Cámara Nacional de Casación, máximo tribunal penal del país, que declaró nula una decisión del Tribunal Oral Federal Nº1 de San Martín que rechazó concederle la prisión domiciliaria por cuestiones de salud, como pidió su defensa, sin realizárseles los estudios médicos pertinentes.
De este modo, Patti seguirá detenido en el hospital de la cárcel de Ezeiza, donde por orden de Casación el Cuerpo Médico Forense le hará nuevos exámenes. Además, se pedirán informes a su prepaga sobre lugares de rehabilitación cercanos al presidio a los cuales podría ser llevado para recuperarse de sus dolencias.
Los camaristas advirtieron que la decisión no implica "anticipar juicio respecto de la procedencia de la detención domiciliaria solicitada por la defensa. Antes bien, la anulación que aquí se propicia propugna el dictado de un pronunciamiento fundado que contemple las circunstancias que surjan de los informes cuya producción se omitió".
La decisión fue tomada en un voto unánime por los camaristas Pedro David, Alejandro Slokar y Liliana Catucci en relación al recurso de la defensa de Patti, que pretendía obtener la prisión domiciliaria en base a su estado de salud.
Vuelta atrás. La causa volverá al Tribunal Oral Federal Nº1 de San Martín para que se ordenen las medidas dispuestas y se dicte luego una nueva resolución relativa a si corresponde o no mantener a Patti en una cárcel común.
Casación dispuso que "con la celeridad que el caso impone" el tribunal oral que condenó a Patti a perpetua "dicte un nuevo pronunciamiento de conformidad con las pautas" establecidas en el fallo firmado ayer.
En el fallo se aludió a las "reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de la ONU", que "se han convertido, por vía del artículo 18 de la Constitución nacional, en el estándar internacional respecto de personas privadas de libertad".
Los informes forenses sobre la salud de Patti datan de 2010 y no fueron actualizados al rechazarse el arresto domiciliario.
"La omisión de instar la realización de un informe actualizado sobre las condiciones de salud del encausado así como de las posibilidades de tratamiento de la patología de la que se derivaría el invocado riesgo en los traslados" impide tomar una decisión que no se considere arbitraria, concluyó el fallo.
Las causas. Patti fue condenado a perpetua por delitos de lesa humanidad como el secuestro y asesinato del ex diputado nacional Diego Muñiz Barreto, en la última dictadura.
El 26 de mayo se ordenó su traslado desde la clínica Fleni, en Escobar, donde estuvo internado todo el juicio recuperándose de un accidente cerebrovascular, hacia la cárcel.
La defensa de Patti pidió el arresto domiciliario por considerar que en el Hospital Penitenciario de Ezeiza no cuenta con la infraestructura ni las condiciones para su recuperación de un ACV y de dos operaciones quirúrgicas y que en su casa de Escobar estaría más cerca de la Clínica Fleni, donde realiza su tratamiento, y también evitaría riesgos de salud en los traslados.
Además, sostuvo que el fundador del Partido Auténtico Federal (Paufe), de 59 años, "requiere de asistencia para cosas tan elementales de la vida diaria como ir hasta el baño, ponerse un pantalón y desplazarse en su silla de ruedas".
Los camaristas de Casación señalaron que no hay informes actuales para constatar el estado de salud de Patti, situación que calificaron de "dinámica" como en todo paciente, ni las condiciones de detención en las que se encuentra para resolver su planteo.