La Plata.- Albano Harguindeguy, el ex ministro del Interior durante la presidencia
de facto de Rafael Videla, se negó hoy a declarar ante la Cámara Federal de La Plata en la causa en
la que se investiga el destino de desaparecidos durante la última dictadura militar.
“Yo he podido interpretar el 50 por ciento de lo que me leyeron”, sostuvo
Harguindeguy al hacer referencia a la lectura de las declaraciones que la secretaria de la Cámara
repasó, y que lo involucran en la desaparición de personas entre 1976 y 1983.
El ex ministro de Interior, de 81 años, había sido citado por la desaparición de Carlos
Esteban Alaye, hijo de la actual subsecretaria de Derechos Humanos de la municipalidad de La Plata,
Adelina Dematti de Alaye, en el marco del Juicio por la Verdad que instruye la Cámara desde 1998 y
que ha recopilado unos 1.500 testimonios.
Al ser preguntado por sus datos personales, Harguindeguy señaló que vive en la calle Eva
Perón 1331, de la localidad de Los Polvorines, y más tarde explicó que en ese lugar cumple arresto
domiciliario por orden de la jueza federal María Romilda Servini de Cubría, en el marco de la causa
que investiga el secuestro de los empresarios Federico Gutheim y su hijo Miguel.
En la audiencia, antes de ser consultado sobre si iba a declarar, el ex ministro del Interior
escuchó un resumen de testimonios ante la Cámara entre los que estaba el de Dematti de Alaye.
La Madre de Plaza de Mayo declaró el 11 de noviembre de 1998 que en la búsqueda de su hijo
concurrió al Ministerio del Interior, en donde la atendió un capitán de apellido Fernández.
Este dato coincidió con otro aportado por el ex secretario del vicariato castrense de la
Armada, Monseñor Emilio Graselli, quien declaró que Fernández estaba a cargo de una “oficina
de desaparecidos en el Ministerio del Interior”.
También se leyó una declaración del propio Harguindeguy, prestada el 19 de enero de 1984 en
el Batallón 601 de Comunicaciones de City Bell, por orden del juzgado federal número 1 de La Plata.
Allí, el ex ministro explicó que las detenciones ordenadas por la primera junta militar de la
que formó parte se enmarcaban en el artículo 23 de la Constitución Nacional.
Tras ello, el presidente de la audiencia, el camarista Leopoldo Schiffrin, realizó un
racconto de los decretos y normativas que precedieron al golpe de estado de 1976, y concluyó que
“serían todas privaciones ilegales de la libertad”, tanto las detenciones clandestinas
como las ordenadas por el Poder Ejecutivo Nacional.
Así, el juez le consultó al ex ministro de facto si iba a declarar y el ex militar expresó su
negativa. (Télam)