El decreto de necesidad y urgencia (DNU) que establece el régimen procesal de la acción civil de extinción de dominio ingresó ayer al Congreso nacional y ahora deberá ser debatido en el marco de la comisión bicameral de Trámite Legislativo, que tiene diez días hábiles para expedirse en torno a la medida dispuesta días atrás por el Ejecutivo.
El texto ingresó a la Cámara de Diputados y, de inmediato, fue girado a la comisión bicameral, que debe pronunciarse respecto de la validez de la medida y elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento.
De todos modos, fuentes parlamentarias no descartaron que el tema pueda ser enviado al Congreso en sesiones extraordinarias y tenga el trámite convencional de una ley, como ocurrió el año pasado con el decreto para desburocratizar el Estado, que luego fue convertido en tres normas.
Tras el anuncio del régimen, la oposición cuestionó la constitucionalidad del DNU, pero en Cambiemos insistieron en que no incide en materia penal, algo que el Ejecutivo tiene vedado según el artículo 99 (inciso 3) de la Carta Magna.
El decreto será analizado por la comisión, integrada por ocho diputados y ocho senadores nacionales de diferentes fuerzas políticas, que es presidida por el kirchnerista Marcos Cleri, quien deberá convocar en los próximos días al cuerpo.
En esa comisión bicameral, la única que funciona incluso durante el receso del Congreso, el oficialismo cuenta con ocho miembros, en tanto que los otros ocho corresponden a la oposición: cuatro responden a Argentina Federal, tres al Frente para la Victoria-PJ y la senadora salteña Cristina Fiore Viñuales.
Objetivos
A través del decreto, se crea "una procuraduría de extinción de dominio a favor del Estado nacional, con facultades para realizar investigaciones de oficio, así como colaborar con la identificación y localización de bienes que pudieran provenir de alguno de los delitos" previstos en el régimen, como los relacionados con el patrimonio público, el narcotráfico y el crimen organizado.
Se trata del controvertido decreto Nº 62/2019, que fue firmado días atrás por el presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y los ministros del gabinete nacional.
En sus fundamentos, la iniciativa señala que "el fenómeno de la corrupción implica un perjuicio estructural y sistemático al patrimonio y los recursos del Estado, provocando una afectación a la igualdad de las cargas públicas y generando un enorme costo para la operación eficaz del Estado, a la vez que daña el tejido social y desincentiva el cumplimiento de la ley".
Si bien el proyecto de extinción de dominio fue aprobado en 2016 por la Cámara baja, en su paso por el Senado —en 2018— sufrió modificaciones que, según el oficialismo, desvirtuaron el espíritu de la ley. Y volvió a Diputados para una nueva revisión, pero no se avanzó debido a la falta de acuerdos entre los bloques.
Ahora, y frente a la demora del Congreso en aprobar esa herramienta, el Ejecutivo decidió establecer por decreto el régimen de extinción de dominio, que tiene por objetivo recuperar para el Estado los bienes provenientes de la corrupción, el narcotráfico, la trata y otros delitos federales.
Según calculó el gobierno de Macri, hay alrededor de 245.000 millones de pesos en bienes sometidos a medidas cautelares en causas por corrupción, narcotráfico, lavado de dinero y trata de personas.
Muchos de esos bienes están bajo custodia o son administrados por diferentes organismos del Estado, lo que implica generar costos para el erario público.