El Banco Central dispuso que las cuentas para ahorrar en dólares serán gratuitas
Las cajas de ahorro y depósitos en moneda extranjera no podrán ser objeto del cobro de comisión alguna, como apertura, mantenimiento, movimientos de fondos y consulta de saldo.

Miércoles 29 de Enero de 2014

El Banco Central (BCRA) dispuso hoy que las entidades bancarias no podrán cobrar comisiones sobre las cuentas que se abran para depositar dólares para atesoramiento. La medida prohíbe cobrar un porcentaje sobre los depósitos en moneda extranjera y las obliga a llevar el control de la permanencia de los depósitos y a identificar cada uno de los depósitos vinculados con la compra de divisas.

A través de la comunicación A 5531, la autoridad monetaria recordó que “las compras para tenencia de billetes extranjeros en el país podrán ser acreditadas en cuentas denominadas cajas de ahorros, que las entidades habiliten de manera exclusiva a ese único fin y/o captadas a través de depósitos a plazo fijo, en la moneda extranjera de que se trate y de titularidad del adquirente, ya sea exclusiva o como cotitular”.

La normativa señala que “esas cajas de ahorro y esos depósitos a plazo fijo no podrán ser objeto del cobro de comisión alguna (apertura, mantenimiento, movimientos de fondos, consulta de saldo)  y deberán estar abiertas en la entidad financiera vendedora de moneda extranjera”.

Además, la comunicación dice que “las entidades financieras deberán identificar cada uno de los depósitos vinculados con compras  para tenencia de billetes extranjeros en el país(fechas e  importes) y los débitos que se realicen se imputarán a reducir los saldos  vinculados con las compras más antiguas”.

También establece que las entidades financieras “deberán llevar el control de permanencia de las imposiciones desde la fecha y  por los montos originalmente depositados al momento de realizar  cada compra para tenencia de billetes extranjeros en el país”.

Por otra parte, aclara que las entidades no podrán “interrumpir el cómputo de los plazos en los casos de renovación de plazos  fijos a su vencimiento, constitución de plazos fijos con fondos  acreditados en caja de ahorro o depósitos en caja de ahorro  provenientes del cobro de plazos fijos, efectuados de acuerdo con el régimen  mencionado”.  La comunicación lleva la firma del gerente de Emisión de Normas del BCRA, Marías A. Gutiérrez Girault, y el gerente principal de  Emisión y Aplicaciones Normativas, Darío Stefanelli.