La jueza federal con competencia electoral, María Servini, declaró inconstitucional el decreto presidencial 45/2019, que admitía la posibilidad de votar por correspondencia para argentinos que residen en el extranjero. Desde el gobierno nacional adelantaron que apelarán el fallo.
Tanto el kirchnerismo, como el PJ y el Frente Renovador habían rechazado el decreto firmado el 11 de enero último y acudido a la Justicia. En la presentación, coincidieron en que las modificaciones introducidas sólo podían hacerse por ley, dado que excedían una mera reglamentación y porque la materia electoral está vedada para los decretos de necesidad y urgencia (DNU).
Así, habían solicitado a la Justicia, a mediados de marzo, que declarara la "inconstitucionalidad" de la norma decretada por el Poder Ejecutivo.
"Habida cuenta de que el Código electoral argentino prevé una única manera de emitir el voto, esto es en forma presencial el día señalado para la elección en la convocatoria en el lugar de votación que corresponda al elector, la reforma que indebidamente se introduce por vía de un decreto que se pretexta reglamentario, nada tiene de tal sino que lisa y llanamente elimina, destruye lo que la ley estatuye", habían plateado los legisladores en la denuncia.
Puntualmente el decreto firmado por el presidente Mauricio Macri permite a los argentinos residentes en el exterior votar de manera anticipada por correo postal.
Es que entre los cambios electorales, establece que "los argentinos residentes en el exterior podrán manifestar su voluntad de emitir el sufragio por correo postal, inscribiéndose personalmente en la representación diplomática o consular correspondiente a su domicilio o en el registro online que la Cámara Nacional Electoral habilite a tal fin, hasta noventa (90) días antes de la fecha de la elección en la República Argentina". La objeción presentada por los legisladores nacionales fue porque el decreto modificaba el calendario electoral y la forma de votación.
Por eso, y ante los argumentos de los denunciantes, la jueza nacional Servini consideró inconstitucional el decreto del Ejecutivo y citó la norma constitucional que establece que "los proyectos de ley que modifiquen el régimen electoral y de partidos políticos deberán ser aprobados por mayoría absoluta del total de los miembros de las Cámaras".
En la presentación contra el 45/2019, se había denunciado que "el decreto incorpora modificaciones en punto al modo de verificar el escrutinio, estableciendo dos formas diferentes según el voto haya sido presencial o postal".
Según trascendió, el gobierno apelará el fallo de Servini de Cubría ante la Cámara Nacional Electoral. "Entendemos que la Cámara nos va a dar la razón porque la situación de los residentes está regulada por decreto y la ley dice que es facultad del Ejecutivo reglamentar cómo votan residentes en el exterior", señalaron desde la Secretaría de Asuntos Políticos e Institucionales del Ministerio del Interior.
Al conocerse el fallo, el PJ bonaerense consideró, a través de un comunicado, como "acertada" la decisión de Servini . "Una resolución de este tipo no puede tomarse vía decreto de manera inconsulta e injustificada, y muchísimo menos a tan poco tiempo de las próximas elecciones."Estamos dispuestos a dar los debates que sean necesarios en el marco democrático que corresponde", señalaron.
Cuántos votan en el exterior
Según el padrón de 2017, hay más de 360 mil argentinos residentes en el exterior, aunque con la particularidad de que el voto de ese sector es optativo. Esa característica permite entender la diferencia con los votos efectivamente concretados: en 2017, 14.006 argentinos mayores de 16 años votaron en 135 representaciones del país en el exterior.