Las restricciones que operan antes de la elección buscan ser levantadas por el PRO Santa Fe. Pretenden que la actividad económica y comercial no se resienta
10:42 hs - Jueves 23 de Julio de 2026
El PRO Santa Fe presentó su proyecto de ley electoral de la provincia con un artículo que parece ser novedoso y que seguramente generará debate. Se trata de la eliminación de la veda electoral vigente respecto a las prohibiciones de las actividades comerciales, gastronómicas, culturales, recreativas y deportivas. También permite la venta de alcohol.
Se sabe que la noche anterior y el día de la elección, es decir, el sábado y el domingo, muchas actividades de esparcimiento, desde gastronómicas a boliches o recitales, tienen prohibición de apertura. El partido amarillo propone levantar las restricciones 48 horas previas a la elección.
Un capítulo principal es la venta de alcohol: está prohibida desde las 20 del día anterior a la votación hasta las 21 del propio domingo electoral, es decir, 12 horas antes y 3 horas después de los sufragios. La misma aplica para todos los rubros comerciales sean supermercados, bares, restaurantes, quioscos. Se busca que no haya restricciones.
Veda, cancelada
El Artículo 25 del proyecto del PRO se titula: Eliminación de restricciones durante la jornada electoral y las cuarenta y ocho (48) horas previas.
La jornada electoral y las cuarenta y ocho (48) horas previas a su celebración no implicarán restricciones al normal desarrollo de las actividades económicas, comerciales, gastronómicas, culturales, recreativas, deportivas o sociales, salvo aquellas limitaciones estrictamente necesarias para garantizar la libertad del sufragio, el normal desarrollo del acto electoral, el orden público y la transparencia del proceso electoral.
En consecuencia, durante dicho período no podrán establecerse prohibiciones generales respecto de:
- a) La realización de espectáculos públicos, eventos culturales, deportivos, recreativos o sociales.
- b) La apertura y funcionamiento de establecimientos comerciales, gastronómicos, de entretenimiento o esparcimiento debidamente
habilitados.
- c) La venta, expendio, suministro o consumo de bebidas alcohólicas en los establecimientos habilitados conforme a la normativa vigente.
- d) Cualquier otra actividad económica o social lícita cuya restricción no resulte estrictamente indispensable para la protección del proceso
electoral.
Las únicas limitaciones admisibles serán aquellas expresamente previstas por la legislación electoral y que resulten razonables, necesarias y proporcionales para garantizar el ejercicio libre, igualitario y secreto del sufragio. Por otro carril corre la veda de publicidad de actos electorales.
Fundamentos
La diputada provincial del PRO, Ximena Sola, argumentó el artículo. “Uno de los pilares de esta reforma es eliminar la veda electoral, queremos devolverle libertades a los santafesinos que nunca debieron perder”.
“No podemos seguir sosteniendo prohibiciones que obligan a cerrar comercios, que afectan la actividad económica o impiden que las familias disfruten con normalidad de la noche previa a la elección”.
Para finalizar definió: “Se pueden garantizar elecciones transparentes sin restringir el trabajo, la producción y la libertad: menos restricciones de otra época, y más libertad”.