Chau, veda: buscan que abran comercios, bares y se expenda alcohol previo a la elección

Las restricciones que operan antes de los comicios buscan ser levantadas por el PRO Santa Fe. Pretenden que la actividad económica y comercial no se resienta

Jueves 23 de Julio de 2026

El PRO Santa Fe presentó su proyecto de ley electoral en la provincia con un artículo que parece ser novedoso y que seguramente generará debate. Se trata de la eliminación de la veda electoral vigente respecto de las prohibiciones de las actividades comerciales, gastronómicas, culturales, recreativas y deportivas. También permite la venta de alcohol.

Se sabe que la noche anterior y el día de la elección, es decir, el sábado y el domingo, muchas actividades de esparcimiento (desde gastronómicas a boliches o recitales) tienen prohibición de apertura. El partido amarillo propone levantar las restricciones 48 horas previas a la elección.

Un capítulo principal es la venta de alcohol: está prohibida desde las 20 del día anterior a la votación hasta las 21 del propio domingo electoral. Es decir: doce horas antes y tres horas después de los comicios. La misma aplica para todos los rubros comerciales, sean supermercados, bares, restaurantes, o kioscos. Se busca que no haya restricciones.

Veda, cancelada

El artículo 25 del proyecto del PRO se titula: "Eliminación de restricciones durante la jornada electoral y las cuarenta y ocho (48) horas previas".

La jornada electoral y las 48 horas previas a su celebración no implicarán restricciones al normal desarrollo de las actividades económicas, comerciales, gastronómicas, culturales, recreativas, deportivas o sociales, salvo aquellas limitaciones estrictamente necesarias para garantizar la libertad del sufragio, el normal desarrollo del acto electoral, el orden público y la transparencia del proceso.

La veda restringe la venta de bebida alcohólicas.

En consecuencia, durante ese período no podrán establecerse prohibiciones generales respecto de:

  • a) La realización de espectáculos públicos, eventos culturales, deportivos, recreativos o sociales.
  • b) La apertura y funcionamiento de establecimientos comerciales, gastronómicos, de entretenimiento o esparcimiento debidamente

habilitados.

  • c) La venta, expendio, suministro o consumo de bebidas alcohólicas en los establecimientos habilitados conforme a la normativa vigente.
  • d) Cualquier otra actividad económica o social lícita cuya restricción no resulte estrictamente indispensable para la protección del proceso

electoral.

Las únicas limitaciones admisibles serán aquellas expresamente previstas por la legislación electoral y que resulten razonables, necesarias y proporcionales para garantizar el ejercicio libre, igualitario y secreto del sufragio. Por otro carril corre la veda de publicidad de actos electorales.

Fundamentos

La diputada provincial del PRO Ximena Sola argumentó el artículo: “Uno de los pilares de esta reforma es eliminar la veda electoral. Queremos devolverles libertades a los santafesinos que nunca debieron perder”.

“No podemos seguir sosteniendo prohibiciones que obligan a cerrar comercios, que afectan la actividad económica o impiden que las familias disfruten con normalidad de la noche previa a la elección”, añadió.

Y concluyó: “Se pueden garantizar elecciones transparentes sin restringir el trabajo, la producción y la libertad. Menos restricciones de otra época y más libertad”.