Un cambio que se coló entre las demandas
La reforma del Código Penal (CP) se concretó en 2004 tras la masiva movilización en la ciudad de
Buenos Aires encabezada por Juan Carlos Blumberg, cuyo hijo había sido secuestrado y asesinado
meses antes. El objetivo de la manifestación, que fue inédita por la adhesión que despertó y se
realizó el 1º de abril, fue reclamar seguridad e impulsar leyes que reprimieran con mayor severidad
los delitos más graves.
11 de mayo 2008 · 01:00hs
La reforma del Código Penal (CP) se concretó en 2004 tras la masiva movilización
en la ciudad de Buenos Aires encabezada por Juan Carlos Blumberg, cuyo hijo había sido secuestrado
y asesinado meses antes. El objetivo de la manifestación, que fue inédita por la adhesión que
despertó y se realizó el 1º de abril, fue reclamar seguridad e impulsar leyes que reprimieran con
mayor severidad los delitos más graves.
Luego de pronunciar un discurso ante miles de personas, Blumberg se dirigió
hacia la puerta del Congreso Nacional y entregó un petitorio con siete puntos para que los
legisladores modifiquen el Código vigente entonces. En el punto número uno de ese documento se
exigía la creación de una ley que reprimiera la portación de armas con penas no excarcelables.
El 7 de abril, sólo seis días después de la marcha, el Congreso promulgó la ley
Nº 25.882 que dispuso la modificación del artículo 166 del CP para que se eleven las penas de
prisión para quienes cometan delitos con armas o las porten ilegalmente.
El artículo 1º de esa ley estableció entonces la reforma de esa parte del
Código, que quedó redactado de la siguiente manera: "Se aplicará reclusión o prisión de 5 a 15
años: 1. Si por la violencia ejercida para realizar el robo, se causare alguna de las lesiones
previstas en los artículos 90 y 91. 2. Si el robo se cometiere con armas, o en despoblado y en
banda.
Además, sostiene que, "si el arma utilizada fuera de fuego, la escala penal
prevista se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo. Si se cometiere el robo con un arma
de fuego cuya aptitud para el disparo no pudiera tenerse de ningún modo por acreditada, o con un
arma de utilería, la pena será de 3 a 10 años de reclusión o prisión".
En base a esa normativa, publicada en agosto de 2004 en el Boletín Oficial, los
camaristas de la sala IV de la Cámara rosarina tuvieron que rebajar las penas a los tres asaltantes
porque entendieron que no se pudo probar que las armas que esgrimían hayan estado en condiciones
óptimas para ser utilizadas.