La Cámara Penal confirmó la absolución para Fernando Humberto "Totín" Alfonso, un hombre de 30 años que estuvo preso y llegó a juicio por un homicidio ocurrido en 2016 en barrio Godoy. Los jueces de segunda instancia Gustavo Salvador, Alfredo Ivaldi Artacho y Guillermo Llaudet confirmaron el fallo del tribunal oral que consideró que no había ninguna prueba que ubicara al acusado en la escena del crimen más allá de las presunciones de la fiscal Marisol Fabbro que basó su teoría en una conflictiva relación previa entre víctima y sospechoso.
Díaz fue asesinado el 1º de junio de 2016, cerca de las 20.45, en Deán Funes y Méndez. El chico estaba con dos personas cuando a unos metros paró un Renault Megane del que bajó un hombre, se acercó y le disparó tres tiros sin mediar palabra. Con heridas en torso y abdomen, el joven de 19 años murió en el hospital.
La fiscal, que había pedido 18 años de cárcel para Alfonso, basó la investigación en testimonios sobre viejas broncas entre Díaz y un tal Totín. Ese camino desembocó cinco meses después en el arresto del repartidor de pizzas que dijo que al momento del crimen jugaba al fútbol con amigos.
Si bien una testigo sindicó a Alfonso como el asesino, su reconocimiento dejó dudas. Tampoco fue suficiente el historial de rencillas entre Díaz y Totín, ya que se bien podrían explicar un móvil no ponían a Alfonso en la escena. Para los jueces Facundo Becerra, Román Lanzón y María Chiabrera el hecho de que alguien tuviese motivos para matar no demostró que lo haya hecho. Por eso absolvieron al imputado, que había llegado al banquillo en arresto domiciliario con salidas laborales.
Quejas
Fabbro apeló al considerar que el tribunal no había evaluado bien los elementos que había presentado. Insistió en cuatro hechos —narrados por familiares de Díaz— previos al homicidio como móvil, uno que terminó con Totín acuchillado tras ponerle un revólver en la cabeza a Díaz. Sostuvo que la madre de Brian refirió que Alfonso no denunció la agresión porque quería hacer justicia por mano propia. A esto agregó que el imputado había sido reconocido por la testigo como el homicida y por el padre de Díaz como la persona con la que su hijo tenía problemas.
La fiscal recordó que el tribunal dio por acreditado esos cuatro hechos, así como que el apodo Totín corresponde a Alfonso. Cuestionó la ponderación de los testimonios por parte de los jueces, así como la interpretación que hicieron de la rueda de reconocimiento. También se quejó de que se omitiera valorar la negativa del acusado de reconocer el apodo y las contradicciones entre los testigos de la defensa.
Finalmente defendió su teoría para la que reclamó una valoración conjunta de la prueba indiciaria, habida cuenta de que no se hallaron ni el arma homicida ni el vehículo de los agresores.
El defensor Ignacio Carbone pidió confirmar la absolución. Sostuvo que la teoría de la fiscal surgía de una elucubración del padre de la víctima que sindica a Totín por los incidentes previos. Y agregó que en la rueda de reconocimiento, el padre de Díaz sindica a la persona que había tenido problemas con su hijo, pero no al autor de su homicidio.
Además resaltó que no hubo elementos objetivos que respaldaran esa teoría. Que la investigación fue deficiente y ni siquiera se acreditó la existencia de los episodios previos, más allá de que tampoco pudieran demostrar la autoría del crimen.
No hubo pruebas
Salvador examinó las impugnaciones de la fiscal y concluyó que el tribunal oral había ponderado "todas las pruebas producidas en el debate". Sobre los episodios previos, "si bien ostentan cierta credibilidad, no pueden erigirse como prueba concluyente y por lo tanto quedarnos en la simple afirmación de que, porque tuvo motivos para matarlo fue el autor del homicidio. Por el contrario, se debe demostrar que ese indicio tiene correlación con algún otro elemento de prueba que refuerce que Alfonso haya sido el autor material de los disparos", evaluó Salvador, para concluir: "El aporte de esos datos corrían por cuenta del fiscal y no fueron arrimadas al proceso".
Sobre el reconocimiento de la testigo, el camarista acordó con el tribunal oral en afirmar que reconoció una contextura y no a una persona. Tampoco le dio relevancia a la queja respecto de la negativa del imputado a reconocer su apodo. "Los esfuerzos de la fiscal —citó el fallo original— estribaron siempre en demostrar Totín era el acusado, pero no se produjo ni por asomo prueba que permita afirmar que Totín mató a Díaz".
Sobre las contradicciones de los testigos propuestos por la defensa Salvador sostuvo fueron valoradas por el tribunal, pero además que las dudas que derivaron en la absolución surgieron por la "ausencia de elementos de convicción suficientes para tener por acreditada la teoría del fiscal", con lo cual —afirmó el camarista— "poco aportó al convencimiento del tribunal la tesis de la defensa".
"De lo expuesto se extrae que si bien la persona con que la víctima tuvo esos episodios previos era Totín y en el juicio se acreditó que ese apodo es de Alfonso, esta circunstancia no coloca a éste con el arma en la mano disparándole Díaz", concluyó finalmente Salvador.