El Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) instó al Estado nacional a "que realice una investigación pronta, imparcial e independiente de todas las alegaciones de torturas formuladas por (el fallecido) Roberto Agustín Yrusta", un recluso que permaneció desaparecido durante una semana en el año 2013, después de ser trasladado desde una cárcel de Córdoba al penal santafesino de Coronda, donde días después apareció ahorcado colgando de una soga. El caso ya había tenido una resolución similar del organismo internacional en 2016 (ver aparte), pero ante la inacción del Estado argentino y por ende de su par santafesino, en una nueva decisión distribuida el 17 de enero pasado remarca algunos puntos del primer dictamen y exige otros cumplimientos de carácter perentorios, tales como "una indemnización justa" a las hermanas de Yrusta, impulsoras y querellantes de la causa.
El caso de Roberto Yrusta se remonta a enero de 2013. El hombre, que entonces tenía 32 años, cumplía una pena a ocho años de cárcel por robo calificado y portación de arma de guerra en la cárcel cordobesa de Bouwer. Durante más de tres años de su detención, Yrusta denunció ser víctima de actos de tortura y tratos inhumanos y degradantes por miembros del Servicio Penitenciario cordobés, hechos que terminó denunciando en noviembre de 2012 ante la Justicia de esa provincia brindando las identidades de los carceleros que lo vejaban y atacaban. Desde entonces las torturas se agravaron.
Según la denuncia que realizó oportunamente, fue víctima de torturas físicas y psicológicas (asfixia con bolsa de nailon, golpes, amenazas, traslados y sujeción con cadenas a una cama) que derivaron en el pedido de su traslado. Es que temiendo por su vida, Yrusta solicitó ser llevado a un penal de Santiago del Estero, donde vivía parte de su familia. A pesar de su pedido, y bajo engaño, fue trasladado el 16 de enero de 2013 a la cárcel de Coronda, en Santa Fe. Pero ni el recluso ni sus familiares supieron de eso. En ese sentido, durante siete días el paradero del detenido fue todo un misterio y pasó a ser un desaparecido para sus allegados a pesar de las solicitudes presentadas a los servicios penitenciarios de las distintas provincias.
El 7 de febrero de 2013 su familia tuvo el último contacto con él. "Estaba alterado, golpeado, pidió que por favor lo sacasen de ahí" (Coronda), dijeron entonces fuentes que tuvieron acceso a la causa. Pero horas después, cuatro meses antes de su libertad condicional, la familia de Yrusta fue informada de que el hombre se había quitado la vida ahorcándose en su celda.
La autopsia al cuerpo del interno detalló objetos encontrados en su ano (entre otras cosas un palo de regular tamaño) que indicaba un empalamiento previo que nadie "advirtió". Además, cuando le entregaron el cuerpo a la familia tenía ampollas en las manos, los pies hinchados, heridas y hematomas, un fuerte golpe en la cabeza e impactos de balas de goma. Curiosamente no registraba marcas de ahorcamiento.
Inacción
Ninguno de los funcionarios que tuvieron a su cargo la investigación tomaron nota de los detalles ni realizaron las medidas de prueba pedidas por la familia. La investigación del juez penal santafesino Sergio Carraro se cerró rápidamente con la versión del suicidio. Sin embargo, tras las apelaciones de rigor la Corte Suprema de Justicia santafesina desdobló la causa en octubre de 2016. Con los votos de Daniel Erbetta, Rafael Gutiérrez, María Angélica Gastaldi, Mario Netri y Eduardo Spuler despachó la denuncia por la "desaparición forzada" de Yrusta al fuero federal y devolvió el expediente de la muerte del detenido al juez Carraro.
El ping pong siguió después con el juez federal de Santa Fe, quien también se desligó del caso y lo remitió a su colega de Córdoba al entender que la "desaparición" de Yrusta había comenzado fuera de su competencia territorial.
El caso empezó a zanjarse cuando el entonces titular del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, Gabriel Ganón, tomó partido en el caso y asumió la representación de las hermanas de Yrusta, quienes se presentaron como querellantes en el expediente. Al respecto, el dictamen del Comité contra la Tortura de la ONU dice en el ítem referido a la queja de la familia Yrusta que la misma "afirma ser víctima de la violación de sus derechos por parte del Estado" y que el mismo "ha infringido sus obligaciones al no haber adoptado medidas diligentes para prevenir los actos de tortura" en contra de su hermano.
Además, las hermanas de Yrusta plantearon que "no existen registros en los cuales el Estado haya realizado actos de prevención y protección de los derechos" de su hermano y de ellas mismas, "cuyas solicitudes fueron ignoradas por el Servicio Penitenciario argentino, además de la ausencia de controles judiciales sobre los traslados de personas privadas de su libertad entre diversos recintos penales, lo que terminó perjudicando a Yrusta, quien falleció producto de un traslado que se realizó como represalia a las denuncias que sostuvo públicamente".
Advertencia inicial
En ese marco, en marzo de 2016 el Comité contra la Desaparición Forzada de Personas de la ONU planteó al Estado nacional, y por ende a Santa Fe, cinco reclamos: que "asegure que la investigación desarrollada en el caso Yrusta no se limite a las causales de la muerte" sino que la "integre a una investigación exhaustiva e imparcial de su desaparición con ocasión de su traslado de Córdoba a Santa Fe"; que "procese, juzgue y castigue a los responsables de las violaciones cometidas"; que "reconozca a las hermanas de Yrusta como querellantes y les conceda una indemnización rápida, justa y adecuada"; que "adopte todas las medidas para que no se repitan los hechos"; y que "publique el dictamen, en particular entre las fuerzas de seguridad y penitenciarios encargados de cuidar y atender personas privadas de la libertad".
Nuevo reclamo
Sin embargo, en octubre de 2017 y ante los incumplimientos de Argentina (y de Santa Fe), el Comité volvió a exigir que se investigue la "desaparición de Yrusta" y se identifique a los desaparecedores, advirtió que la familia de un desaparecido también es "víctima" y por lo tanto tiene derecho de ser "querellante" y recibir una "reparación y compensación" por el crimen. Y además, solicitó "un informe adicional sobre la investigación de las irregularidades por parte del magistrado (Sergio Carraro) y de la fiscal" que intervinieron en la instrucción de la causa.
En ese sentido, el Comité pidió "los resultados de las investigaciones de referencia y las decisiones adoptadas con relación a las autoridades y actores judiciales involucrados"; "la manera como la investigación de las irregularidades identificadas ha sido vinculada con la investigación de la desaparición forzada y de la muerte del señor Yrusta". Y concedió plazo para la respuesta hasta el 29 de enero de 2018.
Un año después de esa fecha los hechos siguen sin investigarse y entonces un nuevo dictamen del Comité contra la Tortura de la ONU insta al Estado a cumplir con las siguientes obligaciones: a) "realizar una investigación pronta, imparcial e independiente de todas las alegaciones de torturas formuladas por el señor Yrusta y por las autoras de la presente queja (sus hermanas), formulando cuando proceda las acusaciones específicas de torturas contra los infractores y aplicando las penas correspondientes a la legislación doméstica"; b) "conceda a las autoras de la queja el estatus de víctimas con todos los derechos asociados y les permita constituirse en querellantes en la causa que investiga las torturas y muerte de Yrusta"; c) "conceda a las autoras una reparación apropiada, incluidas medidas de indemnización justa y de acceso a la verdad"; d) "adopte las medidas necesarias para favorecer garantías de no repetición de los hechos de la presente queja".
Asimismo, el Comité "insta al Estado a que modifique su legislación procesal penal y a que informe en 180 días, con respecto a las iniciativas o medidas impulsadas para permitir que quienes tengan el estatus de víctima puedan participar en los proceso penales que investigan alegaciones de torturas u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, ya sea en calidad de querellantes o con otro estatuto especial". Y para terminar, "solicita que se publique el presente dictamen y se difunda ampliamente su contenido, en particular pero no exclusivamente, entre los miembros de las fuerzas de seguridad y el personal penitenciario encargado de cuidar y atender a las personas privadas de la libertad".