Desde hace más de un lustro Rosario es reconocida por los graves incidentes cometidos en sus calles con armas de fuego de todo tipo y calibre. Violencia observable en enfrentamientos, balaceras contra viviendas, actos de intimidación pública, abusos con resultados a veces letales. Con ese telón de fondo este miércoles el camarista Alfredo Ivaldi Artacho revocó la decisión de mantener en libertad a un joven de 21 años que había sido detenido en octubre de 2020 con un arma de guerra y una moto sin dominio visible en barrio Ludueña. Después de tres audiencias, la primera en la que se lo imputó y luego en dos ocasiones en que se prorrogó la prisión preventiva, el muchacho fue liberado hace un mes. Esa decisión generó una fuerte controversia entre los habitantes del sistema penal rosarino. Tras la apelación de la fiscal Valeria Haurigot, de la Unidad de Investigación y Juicio que entiende en la saga de balaceras, el camarista revocó la libertad e intimó a la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) que programe una audiencia preliminar, la antesala al juicio, que debe celebrarse antes del 12 de junio próximo.
El 16 de octubre pasado Ariel Julián A., de 21 años, salía del pasillo en el que reside junto a su pareja en los confines del barrio Ludueña. Mientras trataba de darle arranque a una moto Honda Twsiter sin dominio, junto a él estaba otro hombre a bordo de una Honda Tornado. Un vecino se sintió asustado por la situación y llamó al 911. Al llegar un móvil del Comando Radioeléctrico Ariel Julián A. corrió dejando la moto tirada. Su acompañante hizo lo mismo. La diferencia fue que el primero fue detenido y el segundo pudo huir. De acuerdo a los datos volcados en el acta preventiva por los policías, antes de ser detenido Julián A. tiró sobre un techo un bolso, que al ser revisado contenía una pistola calibre 9 milímetros con 13 balas en su cargador y otras 11 municiones del mismo calibre envueltas en un chaleco. Además, los uniformados secuestraron las dos motos de dudosa procedencia y dos celulares. Ese fue el saldo total del que se hizo responsable al apresado.
Dos días más tarde el hombre fue acusado por el delito de portación ilegal de arma de guerra y el juez Héctor Núñez Cartelle lo dejó bajo prisión preventiva durante 30 días. A partir de ese momento la hoja de ruta procesal continuó el 13 de noviembre de 2020 la fiscal Haurigot planteó una prórroga de la prisión preventiva que la jueza Graciela Castelli elevó a 90 días. El 11 de febrero, la fiscal repitió el ritual procesal y el magistrado Mariano Alliau, prorrogó por 30 días la prisión preventiva. El 12 de marzo la historia se repitió pero esa vez el juez Alliau, entendiendo que no existía riesgo procesal de que el acusado se fugara, le otorgó la libertad tras el pago de 40 mil pesos. Julián A. se presentó como un trabajador de la construcción y no tiene más causas abiertas que la que se consigna en esta crónica. La fiscal apeló esa medida y tres días más tarde presentó un requerimiento acusatorio con pedido de pena efectivo. La pena en expectativa tiene un mínimo de 3 años y 6 meses.
Si bien para el desprevenido una acusación por una portación de armas no es de los delitos más graves, aunque es parte del combustible que alimenta la usina de audiencia cotidianas en el Centro de Justicia Penal, el contexto de balaceras, violencia callejera y guerras territoriales le suma valor agregado. Y además expuso en el debate “la madeja” de audiencias que “recarga el sistema judicial” en los que escasean planteos “razonables” para monitorear las causas en proceso, tal cual lo describió el camarista Ivaldi Artacho al justificar la revocación de la libertad. También invocó “al compromiso de los jueces de primera instancia” que son quienes tienen mayor experiencia en este tipo de expedientes judiciales.
El penúltimo capítulo de esta saga de audiencias terminó cuando la defensora pública Anabella Antegiovanni solicitó la libertad de Julián A. en base a la inexistencia de una víctima del uso coactivo del arma ni tampoco testigos que dieran cuenta de tal cosa y el ofrecimiento de una fianza de 40 mil pesos de parte del padre del acusado. La fiscal Haurigot se opuso por dos motivos: la expectativa de pena por portación ilegal tiene un mínimo de tres años y medio de prisión, lo que convierte al delito en no excarcelable; y porque además las pericias del contenido de uno de los celulares que le secuestraron a Julián A. contenían comunicaciones ligadas a la actividad delictiva. Y solicitó más tiempo para descifrar esa atmósfera delictiva que percibía.
La valoración del juez Alliau en ese momento fue que, si bien es cierto que la persona fue detenida con un arma y que los contenidos de las pericias del celular eran sugestivos, según la normativa internacional a la que adhiere el país las personas deben ir a juicio como regla en libertad. La fiscal repuso que el Código Procesal Penal le impone al fiscal asegurar la pretensión punitiva: si a una persona le corresponderá pena efectiva cuando la condenen, el acusador debe asegurarse que el Estado la pueda aplicar. La demora para los juicios orales suele ser dos años desde el hecho y existe posibilidad de que una persona capturada en estas circunstancias vuelva a caer, como ocurre a menudo, implicada en un delito más grave.
La insistencia de la fiscal es que Julián A. tenía en la calle un arma cargada, diálogos comprometedores en un celular, no podía acreditar ninguna actividad laboral formal o informal y se sitúa en un entorno urbano donde los delitos con armas son motivo de debate público. Eso torna difícil interpretar que el acusado fuera a hacer otra cosa que una actividad ilícita con el arma con la cual lo atraparon. Lo que subyace es un debate no saldado que muchos fiscales reeditan así en este caso concreto: la prisión preventiva regulada en realidades previas, donde no había una industria del sicariato o un registro promedio diario de diez balaceras, y que por lo tanto tiene legitimidad robusta. Pero en este presente aplicar en cada caso principios de la Convención Interamericana de Derechos Humano implica prescindencia del momento histórico. No se trata de un caso de hurto o un robo simple sino de un hecho que anticipa la posibilidad de delitos con consecuencias graves.
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En una audiencia realizada bajo el soporte informático Zoom las partes volvieron a verse las caras. Ninguna se apartó de los conceptos y estrategias ya vertidos. Este expediente lleva cuatro audiencia en cinco meses. Haurigot refrendó sus dichos y cuestionó el criterio utilizado por el juez de primera instancia Alliau. “Cuando el juez Alliau dejó en libertad al acusado ya habíamos tenido varias instancias de revisión y no se habían presentado cuestionamientos sobre la apariencia de responsabilidad del acusado. Tampoco se había cuestionado el procedimiento policial ni había atenuantes. Julián A. no tiene permiso para portar un arma calibre 9 milímetros. Y la pena en expectativa es cumplimiento efectivo”, explicó en la audiencia la fiscal. “Alliau puso como eje argumentativo que debe existir un plazo razonable (de prisión preventiva) y en que el transcurso del tiempo disminuye la peligrosidad procesal”, agregó Haurigot. Para la fiscal, el acusado no había acreditado un trabajo lo que la hacía sospechar sobre el origen del dinero pagado en la fianza.
A su turno la defensora Antegiovanni solicitó que Julián A. siguiera en libertad. Y desarrolló la contra lectura fiscal. Contó que su pupilo no tenía antecedentes, que aunque no correspondiera presentaron entrevistas al padre del imputado para conocer la ruta del dinero de la fianza y que los contenidos de atmósfera delictiva que tenía uno de los dos celulares incautados a su representado claramente exponían que ese aparato no le correspondía. “Hace tres semanas que salí de estar. Estuve preso cinco años", dice uno de los mensajes rescatado del celular. "Y Julián nunca estuvo preso”, dijo la abogada. Además ponderó que su defendido se presentó a la audiencia aún bajo el riesgo de ir preso. “Antes de esta audiencia no tuvimos contacto con Julián porque hubo problemas a la hora de notificar esta audiencia. Sin embargo se presentó igual. No hay manera de que se fugue o entorpezca el proceso judicial”, añadió.
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A la hora de resolver, el camarista Ivaldi Artacho definió el final de la historia: voy a revocar la libertad del acusado. Y luego brindó sus fundamentos, que estuvieron alineados con lo expuesto por la Fiscalía y le habló directamente al acusado. Le dijo que había sido detenido en una “situación delicada” con “un arma y una moto sin dominio”. Que el arma que le secuestraron “es más que una mera arma de guerra, es semiautomática, similar a las que usan las fuerzas de seguridad”. Y le explicó que el piso mínimo de un arma de guerra está dado por el calibre 38. Le dijo que la fiscal tenía “elementos fuertes” en su contra y “que no le inspiraba confianza” de que si continuaba en libertad iba a presentarse a juicio. “Tiene una expectativa de prisión de varios años, una pena alta”, le dijo. Pero también le dijo que requerirá que antes del 12 de junio la OGJ programe la audiencia preliminar, es decir el paso previo al juicio oral al cual será sometido. Luego no hubo tiempo para nada más que la la petición por parte de la defensa de los 40 mil pesos de fianza, que según contó, eran los ahorros que el padre de Julián A. tenía y que los había invertido en la libertad de su hijo.