Lunes 09 de Noviembre de 2009
—¿Cómo vislumbra este complejo cambio del modelo del juicio de delitos en Santa Fe?
—Hay una constante en todos los proyectos de reforma que se pasa de sistema inquisitivo a acusatorio. El quid de la cuestión es una transferencia de poder. El poder penal en su parte más dura lo tienen los jueces de instrucción que en el sistema por venir pasa a los fiscales. Y eso tiene este efecto: cuando se estudia la reforma en general están de acuerdo hasta los jueces. Pero una vez sancionada la ley, cuando hay que empezar a repartir competencias y redistribuir el poder penal, aparecen resistencias. A veces por falta de comprensión, a veces por convicción y a veces por motivos ideológicos. Hay una frase de García Márquez que sintetiza en buena forma esta cuestión: "Los que mataron al león luego ven el cuero y se asustan".
—¿Cómo enfrentar eso?
—Lo primero es lograr una buena transmisión de lo que se pretende con el cambio que es, básicamente, garantizar mejor los objetivos de la Justicia Penal: con todas las garantías para el imputado que haga una eficaz aplicación del Código Penal. Ahora digamos a la sociedad que esto no resuelve los problemas de seguridad. La seguridad no se puede manejar como si hubiera caído un asteroide que de repente conmovió todo. Lo que pasa ahora es producto del deterioro de una serie de condiciones de vida para cuya salida es necesario un proceso de control de ese escenario.
—¿Y qué rol cabe al nuevo sistema procesal entonces?
—Mostrarle a la sociedad que una vez que se fracasó en la prevención del delito hay un modelo eficiente para investigarlo y sancionarlo como corresponde con respeto a los imputados y a las víctimas. La seguridad ciudadana es que nos respeten en nuestros derechos. El Código Procesal Penal opera cuando el delito se cometió. Una respuesta rápida y eficiente sí genera en la sociedad una confianza más plena en la Justicia.
—Un problema histórico en Santa Fe, hablando de garantías, es que la mayoría de los presos no tiene condena.
—Uno de los dilemas mayores del proceso penal es el tema de la prisión preventiva. Es razonable que un acusado trate de evadir la acción judicial y el Estado deba tomar medidas que aseguren el juicio. La última es la privación de libertad. El abuso es que se la usa como un anticipo de pena. Es una medida políticamente apetecible porque es un recurso inmediato, más fácil de imponer que la condena porque exige menos prueba. Entonces pareciera que ante la inseguridad el remedio es la presión preventiva. Es un dilema que existe en todo el mundo. Tiene un padre: la duración exagerada del proceso. Porque si desde que se comete el delito hasta que se conoce la sentencia pasaran cuatro o cinco meses habría prisión preventiva. Pero si usted tiene a un sujeto preso esperando sentencia cinco años y por ahí lo terminan absolviendo es un problema difícil de justificar.
—A la vez sabemos que si devolvemos a la calle al acusado de violador, de traficante, o de homicida y reincide tenemos un problema político formidable.
—Es un dilema que el legislador suele solucionar no a favor del imputado sino de la opinión pública. Pero hay una falta de percepción sobre medidas adecuadas. Tras el secuestro y asesinato del hijo de Blumberg me invitaron a la Cámara de Diputados. Blumberg dice allí: "Señores, hay un montón de proyectos de mano dura, ustedes no han hecho nada, calientan sillones, esto es una vergüenza, no nos protegen". Entonces una diputada que hoy es procuradora bonaerense, María del Carmen Falbo, respondió: "Señor Blumberg: respecto del secuestro extorsivo seguido de muerte, antes del caso de su hijo dictamos 5 leyes. Establecimos mayores penas, la figura del arrepentido, un sistema de recompensas, habilitamos a que los fiscales allanaran sin orden judicial. Y a su hijo lo secuestraron lo mismo". Falbo quería decir que la literalidad de la ley no soluciona directamente las causas del delito. Cuando la discusión se plantea en términos políticos y se mediatiza pasan cosas como la que me plantea en su pregunta.
—¿Influyó en Córdoba la reforma penal en el acortamiento de las prisiones preventivas?
—Incidió positivamente porque se desburocratizó la parte de investigación preliminar, lo que en Santa Fe se conoce como instrucción. Hay salidas alternativas que aceleran los procesos como el juicio abreviado, donde el fiscal y el acusado se ponen de acuerdo en la pena, lo que evita los tiempos y costos del juicio oral. También hay probation con un gran desarrollo y resultado porque se satisface a la víctima en delitos de menor entidad. Cuando hay más presos con preventiva que condenados significa que el proceso es lerdo. En Córdoba la proporción varía según las rachas delictivas pero hay más condenados.
—Usted ha dicho que se utilizan los juicios como empresa bélica. ¿Cómo lo explica?
—Una tendencia señala que se trata no de juzgar a un ciudadano que ha infringido la ley, sino de combatir a tipos especiales de delincuentes que se juzgan enemigos de la sociedad, para lo cual el proceso penal se transforma en el escenario de una guerra. Esto tiene desarrollo teórico, con origen en Alemania, en lo que se conoce como derecho penal del enemigo. Se refiere a este sujeto que no sólo desobedece la ley sino que está en contra del sistema jurídico —el terrorista, el narcotraficante— y que por ello no merece un tratamiento como ciudadano y que más que pena merece una eliminación jurídica, una neutralización de su peligrosidad en la sociedad. Lo que lleva a un estatuto diferente para él: menos garantías, penas altas.
—Su crítica es porque en este escenario de guerra la persona es vista como culpable desde el principio.
—El tema es que si bien está previsto que te consideren enemigo a partir de la sentencia en la práctica te tratan como enemigo desde que empieza la investigación. Entonces el proceso penal, que es un ámbito de garantías, se transforma en un ámbito de guerra, en donde todo vale. La prueba se produce de cualquier modo y el arma especial hacia el acusado es la prisión preventiva. Se desnaturaliza totalmente el proceso penal y se aplica la condena como si fuera una ordenanza. Se precalifica como narcotraficante, violador o terrorista a una persona a la que simplemente la acusan de ser así sin probarle la culpabilidad. Eso es grave.
La trayectoria
José Cafferata Nores es consultor en política criminal y fue redactor del nuevo Código Procesal Penal de Córdoba. En esa provincia fue vocal del tribunal superior, ministro de Gobierno de Eduardo Angeloz y diputado nacional. Disertó la semana pasada durante tres días en el congreso de Reforma Procesal Penal en Rosario.