Por Hernán Lascano
Dos casos ocurridos en Rosario hace dos semanas muestran con elocuencia la dificultad de arribar a conclusiones generales sobre criterios a adoptarse con detenidos con armas de fuego. Son dos hechos donde los jueces no dejaron en prisión a personas a las que la policía señaló haber encontrado armadas. La situación alimenta la controversia reciente entre funcionarios del Poder Ejecutivo y Poder Judicial. "Si la policía detiene a 20 personas con armas en un fin de semana en delito flagrante y quedan solamente dos presas y 18 se van en libertad lo que falla es el sistema", sostuvo el ministro de Seguridad, Maximiliano Pullaro.
Pero debajo de la igualadora definición de "detenido con un arma de fuego" quedan englobadas situaciones muy diversas. El hecho de liberar a la persona detenida no siempre es atribuible a flexibilidad de los jueces, a veces discutible, sino con que la policía no fundamenta sus acciones en operativos solventes.
En esta nota se reportan dos hechos interesantes que sugieren la necesidad de valorar caso por caso para llegar a conclusiones. Ambos ocurrieron 15 días atrás en la zona sur y son similares a tantos que se reportan a diario.
Un 38 percutado
En el primer caso la Central 911 recibe una incidencia que habla de disparos de armas de fuego en Vázquez y Campbell, en la zona sudoeste, a las 4 de la mañana del 9 de agosto. Una patrulla del Comando llega de inmediato al lugar, advierte a un hombre en la calle vestido con campera y gorro negro que al notar la llegada del móvil se echa a correr. Le dan la voz de alto, logran detenerlo y al requisarlo le descubren en la cintura un revólver calibre 38 largo con dos municiones percutadas y dos vainas dervidas.
Se ubica a Gabriela C., que dice haber sido quien llamó al 911. La mujer cuenta que escuchó ruidos en su patio y cuando iba a asomarse observó el brazo de un hombre que intentaba abrir su ventana. "Váyase", le dijo, por lo que advirtió que la apuntaban, que luego este individuo se iba y realizaba dos disparos al aire. Instantes después se produce la detención de este hombre a una cuadra de la casa de Gabriela.
El detenido se llama Gerardo A. y va a audiencia imputativa al día siguiente. Su defensor particular alega que es albañil con trabajo estable oriundo de Misiones y que no tiene antecedentes penales. No había a ese momento registro de reincidencia que mostrara si el detenido tenía antecedentes penales y tampoco estaba acreditada su relación laboral ni su arraigo ni su domicilio.
Había una mujer que decía que había entrado a su patio una persona con un arma, a quien no puede reconocer y poco después a mínima distancia la policía ubica un hombre, con un arma que había sido disparada. Hay circunstancias de tiempo, modo y lugar concordantes por lo cual la fiscal actuante, Valeria Haurigot, pide que quede detenido en una unidad penal.
La jueza Patricia Bilotta dispuso su arresto domiciliario. En el fundamento dice que la fiscal tiene razón en pedir la detención porque hay apariencia de responsabilidad delictiva de Gerardo A. y también hay proporcionalidad porque el mínimo por la tenencia ilegal de un arma en la vía pública es una pena efectiva. Aún así lo dejó preso en su casa y le prohibió acercarse a la mujer que denunció al 911.
La fiscal apeló la resolución porque consideró arbitrario el arresto domiciliario, ya que del contexto se desprenden elementos claros que indican, a su juicio, peligrosidad en el imputado: un hombre detectado en la calle, en la zona del llamado al 911, con un arma que no era de colección ni de un cazador, sino un calibre 38 cargado que funcionaba.
Con un 32 corto
El otro caso ocurrió el mismo 9 de agosto a la 1.20 cuando dos policías advierten en San Martín y Blandengues, zona sur, a un hombre con campera verde quien al notar su presencia se larga a correr. Según lo que hacen constar en el acta, lo persiguen hasta que entra a un pasillo. Allí, según los policías, este hombre saca de su ropa un revólver y dispara dos veces sin que salgan las balas.
El hombre es controlado y se lo llevan detenido. Se llama Ezequiel V. y tiene 32 años. A un testigo al salir le muestran el arma que afirman haberle sacado, un revólver 32 corto tipo lechucero, con un tambor con cuatro municiones intactas, dos percutadas. El testigo no ve cuando lo desarman al detenido.
En la audiencia al ser el mismo día estaba de turno la misma fiscal del caso anterior. La defensora pública lleva a la madre del detenido, que era un muchacho de escasa cultura, con dificultades para expresarse de modo claro. La defensora presenta el testimonio de un vecino que dice que los policías se le fueron al humo al detenido, que lo requisaron y no le encontraron nada. También al dueño de una panadería de 24 horas, donde el detenido estaba comprando facturas momentos antes de su detención, que señala que Ezequiel V. era un cliente habitual.
La fiscal entonces interrogó a los policías y éstos no pudieron dar explicación clara de en qué consistió la conducta sospechosa del detenido. También analizó que era poco elocuente la descripción
y el comportamiento posterior del imputado que no tenía ningún antecedente penal. Tenía dos testigos firmes identificados con firma y documento que no lo incriminaban y una explicación policial inconsistente en la misma audiencia. Por eso mismo la fiscal accedió a dar la libertad a una persona sin antecedentes imponiendo una firma semanal en una comisaría. El juez Juan Andrés Donnola aceptó el planteo.
La mirada penal
En Rosario la tenencia de armas de fuego es causa y a la vez efecto de una violencia epidémica que exasperó los índices delictivos. El Ministerio de Seguridad acaba de consignar que en el primer semestre en la ciudad se secuestraron solo de parte de la policía provincial 662 armas de fuego de distintos calibres.
Esto motorizó una polémica cuando el ministro de Seguridad, Maximiliano Pullaro, expresó dos semanas atrás la existencia de problemas y fue más allá de criticar la Justicia al señalar que el problema era del sistema penal santafesino todo con lo que incluyó, es presumible, a las fuerzas de seguridad.
“Si la policía detiene a 20 personas con armas en un fin de semana en delito flagrante y quedan solamente dos presas y 18 se van en libertad lo que falla es el sistema. No es la Justicia, ni el Ministerio de Seguridad, es el sistema lo que tenemos que discutir”, señaló el ministro, para agregar: “Tenemos aproximadamente 200 detenciones por semana, de las cuales sólo el 10 por ciento quedan presas. Entonces hay cosas que hay que discutir. Es el sistema, hay que volver a sentarse en una mesa y discutir prioridades”.
Pero la polémica en cuanto al tratamiento que requiere esta problemática del abuso de armas fue acrecentada durante esta última semana con el balazo sufrido por Benjamín Biñale, el chico de 8 años herido por una bala perdida mientras hacia calentamientos previos para jugar un partido de fútbol en el club Pablo VI. Mientras no dejaban de denunciarse balaceras contra viviendas y un ataque a tiros en Tablada dejó dos mujeres heridas.
El nervio de la discusión es cuáles son los criterios de los jueces para resolver prisiones preventivas pero también con qué elementos de convicción la policía produce detenciones. Los dos casos ocurridos el mismo día de personas detenidas con armas de fuego demuestran acciones distintas en la misma fiscal. No se debe a una incoherencia sino a que no por haber dos detenciones con armas los casos merecen la misma valoración judicial.
En el tema armas hay una presunción que, pese a admitir prueba en contrario, indica que la persona que tiene un arma de fuego y no puede justificar la tenencia o la portación debe quedar detenida. Inmediatamente se debe hacer una valoración de los elementos primarios del caso. Esto implica establecer en qué circunstancias se encuentra a una persona con el arma, lo que demanda el riguroso chequeo de lo que indica la policía. No es lo mismo que haya una carta de incidencia al 911 que menciona disparos al aire y a una persona encontrada con un 38 muy cerca de ese lugar que el planteo de una persona detenida con un arma en una secuencia que la policía no puede demostrar más allá de su relato y que es contradicha por testigos identificados. En el primer caso parece lógico que la fiscal pida que esa persona quede presa mientras el trámite avanza. En el segundo es insensato que, sin pruebas, una persona sin antecedentes quede presa y por ello la funcionaria no pidió la prisión.
Caso por caso
En la actualidad el solo hecho de tener un arma de fuego sin documentación legal o sin ser un usuario habilitado es un delito por el cual desde hace cuatro años en Rosario se imponen condenas. Esto es producto de un cambio legislativo en la provincia que en septiembre de 2017 se consolidó con procedimientos más rápidos hacia los delitos con armas que no son complejos.
La variante que da el Código Penal de aplicar una pena atenuada cuando no se puede acreditar que la tenencia de un arma sea para cometer un delito puede ser utilizada por un fiscal, pero de manera excepcional y como consecuencia de una investigación. Hace un año un fiscal estuvo frente a un detenido con un arma en la vía pública. A partir de una pesquisa se consignó que el hombre era empleado de seguridad informal de un comercio en una zona conflictiva, que carecía de antecedentes y que no tenía el arma para fines delictivos. La imposible justificación del arma llevó a una condena condicional pero el hombre, por la valoración del fiscal, no estuvo preso. No tenía sentido social ni jurídico mandarlo a un calabozo.
Hasta 2014 la Justicia casi nunca imponía pena en casos de tenencia o portación ilegal de arma de fuego por lo que los expedientes iban al archivo. Esto ya no rige pero los casos evidentemente ofrecen matices. Es difícil al examinar caso por caso concluir, como señaló Pullaro, que si hay veinte detenidos con armas los veinte deban quedar presos.
Sí es relevante atender al contexto para definir la política de persecución: en una ciudad donde la circulación de armas ilegales es muy alta y explica las altas tasas de homicidios, el mensaje público debe ser claro sobre el problema grave que es tener un arma en forma ilícita para quien sea encontrado con ella. El marco de inseguridad en Rosario, con balaceras y crímenes sin esclarecer, supone una acción concreta disvaliosa para la comunidad en quien decide circular armado.
Para la mayoría de fiscales consultados en esta nota, las decisiones deben ser caso por caso, y las instrucciones claras. En hechos donde la tenencia del arma no tiene justificación razonable o atenuantes, en el marco de una ciudad donde son los delitos con disparos hacen estragos, los jueces no pueden ser permisivos. Y en el área del Poder Ejecutivo aceptar que no se puede pretender que una persona quede presa por portar un arma sin considerar antes la calidad del operativo de la policía que lo detuvo.