Debate por pedido de 25 años de pena a un joven que mató cuando era menor
El debate judicial sobre la aplicación de penas altas de prisión a menores de edad se instalará una vez más en Rosario. Un fiscal acaba de pedir 25 años de prisión a un joven que, a los 16 años, abusó de una beba de 11 meses, la mató y la arrojó a un canal pluvial de Casilda.

Domingo 17 de Agosto de 2008

El debate judicial sobre la aplicación de penas altas de prisión a menores de edad se instalará una vez más en Rosario. Un fiscal acaba de pedir 25 años de prisión a un joven que, a los 16 años, abusó de una beba de 11 meses, la mató y la arrojó a un canal pluvial de Casilda. El encargado de la acusación requirió esa sanción, inusual por lo elevada, a pesar de que el tratamiento tutelar fue satisfactorio. Fundó su decisión en la gravedad del delito cometido.

El pedido del fiscal Ismael Manfrín fue presentado en el juzgado de Menores Nº 3. El joven acusado se llama Pablo y en 2005 fue declarado autor penalmente responsable del caso. Ahora que tiene 21 años, transcurrido el tratamiento tutelar, debe definirse si se le aplica o no una pena. Está detenido en Chabás y sale los fines de semana a visitar a un hermano en esa localidad.

La pena de 25 años de cárcel que requirió el fiscal es infrecuente, y controvertida, porque el régimen penal de menores y la legislación internacional recomiendan la aplicación de penas atenuadas a los adolescentes.

Tres meses atrás, por una condena a 17 años de prisión que un tribunal de Rosario le impuso a un adolescente el Estado santafesino fue denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La defensora general de la Nación Stella Maris Martínez cuestionó entonces que al joven le impusieran una pena más alta que a un adulto y con un criterio de peligrosidad, en lugar de priorizarse su reinserción en la sociedad.

El sistema penal de menores atraviesa hoy una transición hacia un modelo de protección de derechos, a partir de la sanción de la ley 26.061. Las penas de prisión a jóvenes que delinquen entre los 16 y 18 años están contempladas. Pero la imposición de sanciones duras a adolescentes es polémica. No porque las penas no sean necesarias: los especialistas coinciden en que los jóvenes deben responsabilizarse por el daño causado. Lo que se discute es la efectividad de su prolongación en el tiempo, cuando además se cumplen en la misma cárcel de mayores y sin un trabajo específico.

El caso. Pablo fue encontrado responsable del crimen de Agustina Denise Almada, una beba de 11 meses que el sábado 25 de mayo de 2003 desapareció de la humilde casa del barrio Municipal de Casilda, donde vivía con su mamá y dos hermanitos de 3 y 5 años. La nena quedó esa noche al cuidado de su abuelo y al día siguiente su mamá denunció la desaparición. A las 16 de esa tarde sus vecinos encontraron el cuerpo semisumergido en el canal pluvial Candelaria, dentro de una bolsa y tapado con escombros. La nena había sido estrangulada y tenía signos de abuso sexual.

La investigación. Primero fueron demorados los familiares de la nena pero finalmente fue detenido Pablo, quien vivía cerca de la casa de la niña. El adolescente reconoció ante la policía que había sustraído a la beba, aunque habló de una muerte accidental. Luego confesó ante el entonces juez Jorge Cartelle.

En diciembre de ese año, la Sala I de la Cámara Penal de Rosario consideró probado que el adolescente ingresó a la casa de la beba, la sacó del cochecito y se fue con ella hasta una casa en construcción. Allí, según el dictamen fiscal, "introdujo en reiteradas ocasiones sus dedos en la cavidad anal y seguidamente oprimió el cuello de la beba hasta causar la muerte por asfixia mecánica".

Entonces Pablo adujo no tener "la mentalidad ni la capacidad" para cometer un crimen como ése. Su madre denunció que la confesión policial había sido inducida, pero el planteo fue desestimado porque el chico también había confesado ante el juez.

Durante el tratamiento tutelar se exploró el perfil psicológico del adolescente. Los informes detectaron "indicadores regresivos con rasgos psicopáticos" y un retardo en el desarrollo de su sexualidad. Plantearon que su personalidad muestra "una fuerte problemática de la sexualidad que permite explicar la entidad perversa de la acción sobre la niña".

El planteo del fiscal. Tras la declaración de responsabilidad de un joven debe transcurrir por lo menos un año, prorrogable hasta la mayoría de edad, para que el juez decida si le aplica o no condena. La causa contra Pablo llegó ahora a esa polémica instancia y Manfrín fue el primero en pronunciarse.

A cinco años del crimen, Manfrín planteó que a su criterio es "imprescindible la aplicación de una sanción penal, que debería ser acompañada por una asistencia psicológica". Aunque el resultado del tratamiento fue satisfactorio, evaluó que "debe ser conjugado con el grado de culpabilidad que le corresponde al menor".

Manfrín también consignó que el joven "contaba con posibilidades para actuar de una manera diferente" porque "el medio social y ámbito familiar en que se desenvolviera Pablo no puede ser considerado de alto riesgo ni con proclividad a la comisión de actos delictivos".

La segunda vez. La pena máxima que puede recibir un adulto por los delitos que le reprochan a Pablo es de 29 años. Al respecto, la Convención de los Derechos del Niño plantea que, en caso de ser necesaria una sanción, será la más breve que proceda. También la ley 22.278 que define el régimen penal de menores recomienda reducir la pena al grado de la tentativa.

Sin embargo, el fiscal interpretó que aplicar la tentativa no es obligatorio sino "una facultad fundamentada del juez". Amparó su postura en un voto de la jueza de la Corte Suprema Carmen Argibay en el caso Maldonado.

En suma, Manfrín solicitó 25 de prisión años porque el chico comprende la criminalidad, por el daño causado y por la gravedad del delito. Con el mismo enfoque, en mayo de 2007 había solicitado 25 años para un joven que en 2003 mató de siete tiros a un cadete, a quien finalmente le dieron 16 años.

En el causa que se le sigue a Pablo aún deben emitir su dictamen la defensa y la asesoría de menores. El criterio que prevalezca en el caso se conocerá recién entonces, cuando se expida la jueza de Menores Carolina Hernández.