Cómo sigue la batalla que darán las defensas de Los Monos

Alegarán que no podrá aumentarse la pena de 9 años impuesta a "Guille" Cantero. Pero encontrarán argumentos en contrario.
31 de julio 2015 · 01:00hs

Las defensas de los distintos imputados en el abreviado de Los Monos, que fue parcialmente declarado nulo por un tribunal de tres jueces, se preparan para dar la batalla que invalide de la decisión de los magistrados, que básicamente rechazó la condena a nueve años pactada para Ariel Máximo "Guille" Cantero, tenido por jefe de la banda. Aunque las alternativas de la discusión venidera son múltiples hay un argumento insinuado que ya esbozan como carta de defensa del abreviado tal como fue celebrado: que las penas convenidas no pueden tocarse por una cuestión de apego a la legalidad y que el acuerdo no prosperó por un defecto formal que será subsanado por la misma fiscalía. Cuando eso ocurra, según uno de los principales defensores del grupo acusado, no habrá otra salida más que convalidar las penas del abreviado, tal como fueron definidas el 15 de abril pasado.

Quien sostuvo esta posición fue el abogado Fausto Yrure para quien el tribunal integrado por los jueces Edgardo Fertitta, José Luis Mascali y Julio Kesuani acepta en el texto de la resolución que no tiene atribuciones para modificar la calificación legal del hecho imputado a "Guille" —el homicidio de Diego Demare— sino que solamente señala que el abreviado tiene un defecto de fundamentación. La pena de "Guille", a su criterio, no puede modificarse. "El abreviado entra en un impasse pero esto no es ni un revés ni un final. La condena acordada por fiscales y defensores no puede modificarse en perjuicio de los imputados. Esto se basa en una ley vigente anterior al hecho del proceso", sostuvo Yrure a La Ocho.

El auto en el que, según los investigadores, planeaban fugarse. Luego de enviar la amenaza se instalaron en un departamento de alquiler temporario en el centro.

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En este punto Yrure tiene razón porque en el Código Procesal Penal de Transición de Santa Fe y en la ley de juicios abreviados contenido en el último Código de Procedimiento Penal así está establecido. Si hay revisión de la pena los jueces solo pueden considerar el cambio para beneficio y no perjuicio de los imputados.

Legal contra legal. Sin embargo este punto legal, señalaron ayer en Tribunales a este diario, tropieza contra otro arraigado concepto legal que tiene jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación. El que señala que los fallos tienen que estar fundamentados racionalmente en base a los principios lógicos del Derecho. Ahí se centrará la batalla que deberá darse en una eventual apelación.

"Guille" Cantero estaba procesado como autor material del homicidio de Diego Demarre, ocurrido el 27 de mayo de 2013, un día después del asesinato de su hermano "Pájaro" Cantero. La figura elegida por la jueza Alejandra Rodenas era homicidio calificado. La combinación de la figura con el rol implicaba para "Guille", si era condenado, una pena de prisión perpetua. En el abreviado las defensas pactaron con los fiscales Guillermo Camporini y Cristina Rubiolo un cambio en la calificación legal del hecho, que pasaba a ser homicidio simple agravado por uso de arma de fuego, y en el papel que jugó "Guille", que de ser imputado como matador resultaba partícipe secundario en ese hecho. Eso derivó en que "Guille" recibiera una pena de 9 años de prisión.

Lo que señalaron los tres jueces es que faltaba motivación, es decir, "una razonada y motivada explicación" de semejante cambio. En efecto en el acuerdo abreviado presentado hace tres meses no la hay.

Eventualmente las fiscalías podrán establecer la explicación que falta e insistir con la herramienta del abreviado. "Pero cuidado que no podrán hacerlo de cualquier manera", señaló una calificada fuente del Poder Judicial, que pidió reserva de su nombre.

Coherencia se precisa. "El hecho juzgado parte de una construcción histórica que es una sola. Ese hecho es lo que es en el inicio del expediente y no se puede modificar. Tampoco se pueden modificar las pruebas que indican los roles que cada imputado tuvo en ese hecho. Por lo tanto para prosperar en un juicio debe haber racionalidad. No se puede hacerle decir cualquier cosa al hecho histórico jurídico analizado. La fundamentación que propongan los fiscales, si lo hacen, tendrá que ser coherente. Y uno puede pensar que si no la hicieron en el texto del abreviado que se rechazó parcialmente es porque les resultó difícil o imposible obtener esa coherencia", indicó el portavoz consultado.

Los tres jueces que intervienen en el abreviado sostienen explícitamente en la resolución conocida anteayer que los magistrados tienen que controlar que las penas tengan que ver con los hechos objetivos de la causa. Se presume que si la fundamentación del abreviado venidero es desajustada no lo convalidarán. Para ellos el fallo debe ser una derivación razonada del hecho juzgado.

Pero también pesa el argumento que señala Yrure en el sentido que los jueces no pueden calificar un hecho en razón de lo que ya hicieron los fiscales y defensores en un acuerdo porque eso es lo que señala la ley. En virtud de eso Yrure dijo ayer: "El tribunal sin dudas se extralimitó. La propia resolución reconoce que el Código Procesal Penal solo controlen la admisibilidad del acuerdo. No pueden modificar la pena porque el límite punitivo lo pone el acusador, es decir, los fiscales".

Este caso seguirá, si se reformula el abreviado, ante el mismo tribunal de jueces. Y si las defensas apelan o recusan al tribunal actuante deberá intervenir la Cámara Penal.

"Guille" Cantero fue a notificarse de la negativa

Tres de los 14 imputados de la llamada Banda de Los Monos acudieron ayer a los Tribunales para notificarse del revés judicial que sufrieron luego de que tres jueces de Sentencia decidieron admitir el juicio abreviado que impone condenas a once de esas personas en el marco de la causa por asociación ilícita, pero declararon nula la parte del acuerdo que establecía penas atenuadas a tres de los acusados, entre ellos Ariel Máximo "Guille" Cantero, por el homicidio de Diego Demarre, ya que ponderaron que no había argumentos para sostener la modificación de la calificación penal de este asesinato y el rol del principal implicado, lo que beneficiaba a este último, sin explicaciones, con una menor sanción penal.

"Guille" Cantero fue acusado de ser el jefe organizador de la asociación ilícita y procesado como autor material del crimen de Demarre. El proceso abreviado fijó para "Guille" Cantero una condena a nueve años. Y a los dos procesados como partícipes, Leandro Vilches y Jorge Emanuel Chamorro, ocho años.

Pero a esta parte del acuerdo los jueces encargados de la revisión, Edgardo Fertitta, José Luis Mascali y Julio Kesuani, no lo aceptaron. De esta decisión fueron notificados ayer a la mañana los tres acusados en el juzgado de Sentencia Nº6. La reacción de las defensas de los implicados en el trámite fue dispar y otros no dieron a conocer su posición. Un allegado al caso planteó que los 14 imputados deberían rechazar el acuerdo. "Es un solo acuerdo para todos. El tratamiento legal de cada uno de los imputados es una falacia. Se puede hacer, pero es falso", afirmó el abogado que dialogó con LaCapital.

Con relación a la resolución de los tres magistrados la fuente consultada señaló. "Es una decisión equivocada porque no debería ser nula sino inadmisible, pero si fuera nula sería relativa porque no viola ningún principio constitucional ni de derecho. La nulidad es formal porque no está explicado el cambio de calificación".

El fiscal de Cámaras, Guillermo Camporini, uno de los impulsores del acuerdo, señaló: "A partir de cómo se manejan los juicios abreviados entendimos que la fundamentación reunía los requisitos y prueba de ello es que fue declarado admisible por el juez Luis Caterina en lo que refiere a Demarre. La nulidad es una cuestión opinable. El derecho no es como la matemática en la que dos más dos es cuatro. Tal vez la nulidad es una medida extrema que podría haberse obviado con haber convocado a las partes".

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