La medida alcanza a una casa, una camioneta y participaciones en seis empresas. Los abogados de la familia cuestionan las pruebas sobre el origen ilícito del patrimonio y denuncian que no se escuchó a todos los afectados.
16:09 hs - Jueves 29 de Octubre de 2026
Tras la reciente solicitud de decomiso de los bienes de Andrés "Pillín" Bracamonte, barra de Rosario Central asesinado en 2024 e investigado por lavado de activos, los abogados Carlos Varela y Adrián Martínez, en representación de los herederos, presentaron una apelación con críticas a la resolución judicial y la investigación previa. En el planteo solicitaron que se revoque la medida dispuesta por la Justicia federal y cuestionaron tanto el procedimiento como los fundamentos utilizados para considerar acreditado el origen ilícito del patrimonio.
El decomiso comprende una casa ubicada en Álvarez Thomas 1870, una camioneta Ford Ranger y las participaciones societarias que Bracamonte tenía en seis empresas. La medida fue dictada el 22 de octubre por el juez federal Carlos Vera Barros, en una investigación por presunto lavado de activos, mediante el mecanismo de decomiso sin condena penal por la muerte del barra. La decisión se tomó después de un pedido de los fiscales federales y con intervención de la Unidad de Información Financiera (UIF).
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La apelación, en tanto, reclama la revocación del decomiso y la nulidad de lo resuelto. Sostiene que se extinguió el dominio sobre los bienes sin una fundamentación suficiente, sin dar intervención a todos los interesados y sin tener en cuenta la resolución de una jueza provincial de Segunda Instancia que en 2020, al momento de revocar la prisión preventiva de Bracamonte, había considerado insuficiente las pruebas sobre el presunto lavado de activos. “No hay modo racional de pasar de la ausencia de probabilidad a la certeza con el mismo material probatorio”, afirmaron al objetar que se considerara probado el origen ilícito de los activos.
Argumentos para apelar
"La decisión recurrida fue dictada con la forma de un decreto", plantea la presentación de Varela y Martínez al considerar que carece de los elementos formales y argumentativos necesarios para una resolución semejante. "Sin embargo, resuelve la cuestión patrimonial mayor gravedad que puede plantearse en un proceso penal: la extinción definitiva del dominio", analizaron.
También cuestionaron la fundamentación de la resolución al plantear que se dio por acreditada la ilicitud del origen de los bienes. "No identifica un solo elemento de prueba, no analiza el origen de ninguno de los bienes, no examina su relación temporal con los delitos precedentes y no responde a los requisitos que el Código Penal impone", precisaron.
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Otro eje de la apelación es la presunta vulneración del derecho de defensa, dado que la resolución hace eje en que se dio intervención a la defensora de menores y desde esa parte no hubo planteos. Los abogados sostienen que no fueron escuchados los herederos mayores de edad, como representantes legales de los menores, la excónyuge de Bracamonte ni otros terceros con derechos sobre los bienes y las sociedades alcanzadas. En ese sentido, señalaron que se privó de sus derechos patrimoniales a interesados que no tuvieron oportunidad de ser notificados, ofrecer pruebas ni controvertir los argumentos de la acusación.
Una resolución de 2020
La presentación dedica un tramo central a una resolución del 12 de noviembre de 2020, dictada por la exjueza de Segunda Instancia de Rosario Georgina Depetris, que había revocado la prisión preventiva de Bracamonte en una causa vinculada con el presunto lavado de activos. Según los abogados, aquel tribunal analizó delitos precedentes, bienes atribuidos a la excónyuge del exbarrabrava y operaciones de distintas sociedades comerciales, y concluyó que las evidencias reunidas no alcanzaban el grado de probabilidad requerido para sostener la medida cautelar.
Para la defensa, ese antecedente resulta decisivo porque parte de los bienes y las estructuras comerciales ahora alcanzados por el decomiso ya habían sido examinados judicialmente. Entre otros puntos, el fallo había considerado que las empresas Vanefra —luego denominada ATE Servicios Integrales—, SER-ECO, RUFFINO y KABRASI tenían operatorias comerciales reales, bienes acordes con sus objetos y facturación. También había valorado que la actividad vinculada con las licencias de taxi de la excónyuge era anterior a la relación con Bracamonte y que el inmueble de Álvarez Thomas había sido adjudicado al exbarrabrava durante la liquidación de la sociedad conyugal.
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Los abogados sostienen que aquella resolución de Depetris no fue mencionada en el dictamen fiscal ni considerada en la decisión que dispuso el decomiso. Además interpretan que no se incorporaron pruebas nuevas que pudieran refutar el fallo por el que Bracamonte recuperón la libertad en esa ocasión. Para las participaciones societarias y los bienes adquiridos posteriormente, como la Ford Ranger modelo 2014 comprada en octubre de 2023, cuestionaron que se los vinculara con el lavado únicamente por la coincidencia temporal con el período investigado, sin identificar el delito concreto que habría originado los fondos utilizados.
Decomiso de bienes de Pillín Bracamonte
El decomiso dispuesto por el juez federal Carlos Vera Barros comprende el inmueble de Álvarez Thomas 1870, una camioneta Ford Ranger y las participaciones societarias de Bracamonte en ATE Servicios Integrales SRL, SER-ECO SRL, RUFFINO SAS, KABRASI SRL, B+D Logística SRL y Welding & Company SRL. La decisión se tomó a pedido de los fiscales federales Diego Velasco, Juan Argibay Molina, Matías Scilabra y Federico Reynares Solari, con el respaldo de la UIF.
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La investigación patrimonial había comenzado en 2020 en el ámbito del Ministerio Público de la Acusación de Santa Fe, a partir de elementos hallados durante un allanamiento en el country Los Álamos, en Ibarlucea. La pesquisa derivó en una causa por presunto lavado de activos que también involucró al entonces titular de la Uocra Rosario, Carlos Vergara, en el marco de una investigación provincial por presuntas extorsiones a empresas constructoras del cordón industrial. La causa atravesó una disputa de competencia entre la Justicia provincial y la federal que fue resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en diciembre de 2025.
El decomiso se dispuso después de la muerte de Bracamonte, ocurrida el 9 de noviembre de 2024, cuando fue asesinado a balazos junto con su mano derecha, Daniel “Rana” Attardo, tras un partido de Rosario Central. La herramienta aplicada por el juez permite, bajo determinados requisitos legales, decomisar bienes sin una condena penal cuando se acredita su origen ilícito y la persona investigada falleció antes de que pudiera concluir el proceso.
